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Documento BOE-A-2022-16179

Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Protocolo General de Actuación entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, para la cooperación y/o colaboración de carácter académico, científico, técnico y/o de investigación u otro tipo de actividades en el campo de las Ciencias Sociales y Humanidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 4 de octubre de 2022, páginas 136265 a 136268 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2022-16179

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 19 de septiembre de 2022 se ha suscrito el Protocolo General de Actuación entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO).

Atendiendo a razones de interés público, se considera oportuno dotar a dicho Protocolo de la mayor publicidad posible, por lo que se procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 22 de septiembre de 2022.–El Director General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, Gabriel Castañares Hernández.

ANEXO
Protocolo General de Actuación entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO) para la cooperación y/o colaboración de carácter académico, científico, técnico y/o de investigación u otro tipo de actividades en el campo de las Ciencias Sociales y Humanidades

REUNIDOS

De una parte, doña Lilith Verstrynge Revuelta, Secretaria de Estado para la Agenda 2030, nombrada mediante Real Decreto 655/2022, de 26 de julio, publicado en el BOE número 179, de 27 de julio de 2022, actuando en virtud de las competencias enunciadas en el artículo 6.2.f) del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

De otra parte, el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (en adelante, CLACSO), se encuentra representado en este acto por su Directora Ejecutiva Dra. Karina Batthyány (DNI número ***5248*), con domicilio en Estados Unidos n.º 1168, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nombrada mediante el Acta de Asamblea General Ordinaria número 26, de fecha 17 y 18 de noviembre de 2018, obrante a fojas 87/154 del libro de Actas de Asambleas y Comisión Directiva número 6, rubricado el 22 de enero de 2016 bajo el número 3061-16, de la que surge su designación, con mandato vigente.

Las intervinientes se reconocen capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente Protocolo, a cuyo efecto

EXPONEN

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, suscrita por los Jefes de Estado y de Gobierno de 193 países en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York, por Resolución A/RES/70/1, «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», de 25 de septiembre de 2015, aprobó un conjunto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático. Los mismos constituyen una oportunidad única para sentar las bases de una transformación global que conduzca hacia modelos de desarrollo incluyentes y sostenibles, a nivel nacional e internacional. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son un conjunto de 17 objetivos y 169 metas destinadas a resolver los problemas sociales, económicos y ambientales que aquejan al mundo, cubriendo el periodo 2015-2030. Por primera vez una estrategia de estas dimensiones se asume desde una perspectiva holística: social, cultural, económica y medioambiental.

Que la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, es responsable de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de impulso, seguimiento y cooperación para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 cuenta, además, entre sus funciones, la de promover la implementación de la Agenda 2030 en España a través del impulso a la actividad y contribución de la sociedad civil organizada, el sector privado y otros actores comprometidos con ella, así como el diseño, la elaboración, y el desarrollo y evaluación de los planes y estrategias necesarios para el cumplimiento por España de la Agenda 2030 y, en concreto, de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, que fue aprobada en el Consejo de Ministros de fecha 8 de junio de 2021.

Que CLACSO, en tanto institución internacional no-gubernamental con estatus asociativo en la UNESCO (su estatuto fue instrumentado el 14 de octubre de 1967), está autorizada para funcionar con carácter de personería jurídica por resolución 1898 del 3 de octubre de 1989 ante la Inspección General de Justicia, y reúne actualmente más de 836 centros de investigación y posgrado en el campo de las ciencias sociales y las humanidades en más de 55 países, incluida España, donde existen 36 instituciones académicas asociadas.

Que CLACSO promueve la investigación social para el combate a la pobreza y la desigualdad, el fortalecimiento de los derechos humanos y la participación democrática y apoya la formación de redes de investigadores/as e instituciones que actúan en el campo de las ciencias sociales y las humanidades, en sintonía con los objetivos de la Agenda 2030. Entre sus múltiples objetivos asociados a la Agenda 2030, CLACSO busca tender puentes entre la investigación social y las políticas públicas, impulsando acciones innovadoras, creativas y viables ante los grandes desafíos sociales, educativos, culturales y ambientales, así como también apoyar la formación de redes de investigadores/as e instituciones que actúan en el campo de las ciencias sociales y las humanidades. Además, CLACSO busca intervenir en el debate público nacional y regional, aportando las perspectivas y contribuciones de la investigación social basada en resultados y colaborar con la formación de agentes gubernamentales, activistas sociales y profesionales en temas sociales, educativos, culturales y ambientales, acercándolos a problemáticas abordadas desde las ciencias sociales y a las evidencias que la investigación social aporta. Asimismo, entre sus objetivos ligados a la Agenda 2030, se encuentra generar condiciones de acceso abierto a la producción académica latinoamericana y caribeña, contribuyendo a la democratización del acceso al conocimiento y permitiendo su más activa utilización por parte de los gestores de políticas públicas, las organizaciones sociales y ciudadanas, la prensa y el propio sistema universitario.

Por todo lo expuesto, las Partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Protocolo, como marco previo y general, en el que se declara las intenciones de colaboración entre las Partes, pero sin establecer ninguna obligación jurídicamente, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del protocolo.

Definir y desarrollar, de forma conjunta, programas de intercambio y colaboración de carácter académico, científico, técnico y/o de investigación en el ámbito de las Ciencias Sociales y Humanidades y su contribución al logro de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

Segunda. Actuaciones de las partes.

Las partes se comprometen a establecer los procedimientos correspondientes para la generación de actividades de colaboración en torno al desarrollo de la Agenda 2030 entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y CLACSO. Las mismas pueden ser de carácter académico, científico y/o de investigación en el ámbito de interés común.

Tercera. Comisión de seguimiento.

Tras la firma del presente Protocolo, se constituirá una Comisión de Seguimiento, de composición paritaria, integrada por una persona representante de cada una de las partes firmantes. Estará presidida por la persona que designe la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 que también designará a la persona que asuma las labores de Secretaría.

Esta Comisión tendrá las siguientes funciones:

– Velar por el cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por las partes, así como por el desarrollo de las actuaciones programadas.

– Dirimir las cuestiones que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Protocolo.

Las decisiones de esta Comisión se adoptarán siempre por acuerdo de la mayoría, con el voto de calidad de la presidencia en caso de empate.

La comisión se constituirá en el plazo de un mes a contar desde la entrada en vigor del presente Protocolo y se reunirá un mínimo de una vez cada cinco meses y siempre que lo solicite alguna de las partes.

En lo no previsto en el presente Protocolo, el régimen de organización y funcionamiento de la Comisión será el previsto para los órganos colegiados, en el capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarta. Naturaleza del Protocolo.

Este Protocolo General de Actuación tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable el establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El presente Protocolo, queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, tal y como se establece en su artículo 47.1, no suponiendo la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles.

Las Partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o cumplimiento del presente Protocolo serán dirimidas en el seno de la Comisión de Seguimiento.

Quinta. Vigencia.

Este Protocolo surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá vigencia durante el plazo de un (1) año a contar desde su entrada en vigor, existiendo la posibilidad de prorrogarse por periodos anuales por acuerdo de las Partes, salvo que cualquiera de las Partes comunique a la otra, con al menos un mes de antelación a la fecha de fin de vigencia de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad expresa de no prorrogar.

Sexta. Modificación.

Cualquier actualización o modificación del presente Protocolo General de Actuación se realizará mediante acuerdo unánime de las Partes y se instrumentalizará documentalmente, conforme al procedimiento seguido para su formalización.

Séptima. Causas de extinción.

Este Protocolo General de Actuación se podrá extinguir por acuerdo expreso de las Partes, por finalización del plazo de vigencia o por la imposibilidad sobrevenida de cumplir el objetivo propuesto.

En los supuestos de extinción, se comunicará ésta por escrito a las otras Partes con una antelación mínima de dos meses, y se realizará un informe de las actuaciones realizadas hasta la fecha de extinción.

Para la terminación de las actuaciones en curso y demás efectos de la extinción del Protocolo por causa distinta a su cumplimiento, se estará a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Confidencialidad de la información y protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a que los tratamientos de los datos de carácter personal que tengan lugar en virtud de este Protocolo, se realizarán de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, además del resto de legislación vigente en esta materia.

Novena. Publicidad.

En cualquiera de las actividades derivadas del presente Protocolo, así como en las publicaciones o material divulgativo realizado al amparo del mismo, se hará constar que es el resultado de la colaboración de las partes firmantes, debiendo figurar los correspondientes logotipos.

Todas las imágenes que pudieran aparecer en los diferentes soportes de publicidad o difusión deberán adecuarse a los establecido en los manuales de imagen corporativa de las partes firmantes del Protocolo.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se suscribe el presente documento, en Madrid, el lunes 19 de septiembre de 2022.–Por la Secretaría para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Secretaria de Estado para la Agenda 2030, Lilith Verstrynge Revuelta.–Por el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO), la Directora Ejecutiva, Karina Battyány.

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