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La Comisión General de Educación, en su reunión de 21 de julio de 2022, ha aprobado los criterios de distribución, así como la distribución resultante del crédito destinado en el año 2022 al Programa de Cooperación Territorial de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad del Profesorado de Formación Profesional, por un importe de 5.148.928,45 euros.
Para general conocimiento, esta Secretaría General de Formación Profesional dispone la publicación del citado Acuerdo en los anexos a la presente resolución.
Madrid, 28 de septiembre de 2022.–La Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.
La financiación de este programa de cooperación territorial de Formación Profesional, no vinculado al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, alcanza la cantidad de 5.148.928,45 euros, que se imputarán al Fondo Social Europeo dentro del periodo 2021-2027. El período de ejecución está comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de diciembre de 2023, y su justificación se realizará antes del 31 de marzo de 2024.
Para las acciones de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad del Profesorado de FP, el crédito asignado asciende a 5.148.928,45 euros, siendo los criterios de distribución los siguientes:
– Coeficiente por número de docentes de FP de centros públicos de ESO, bachillerato y FP (50 %).
– Coeficiente por alumnado matriculado en todos los niveles de FP, modalidad presencial y a distancia, en centros públicos (20 %).
– Coeficiente por Tasa de riesgo de pobreza (5 %).
– Coeficiente por dispersión geográfica (tasa habitante por km2: 15 %).
– Coeficiente por dispersión geográfica de las administraciones públicas (10 %).
El Programa de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad del Profesorado tiene como objetivo ofrecer una respuesta acorde con el dinamismo permanente del mercado laboral, pues la constante evolución de un mercado de trabajo globalizado requiere la formación continua adecuada y actualizada del personal docente, que le capacite tanto para formar convenientemente a su alumnado como para ayudarle en el proceso de transición del mundo educativo al laboral, subvencionando tanto cursos destinados a la mejora de la Formación Profesional como los relacionados con la formación a lo largo de la vida. Las actuaciones subvencionables son:
– Cursos destinados a la mejora de la Formación Profesional y a la orientación profesional. Asimismo, son también elegibles los cursos relacionados con la gestión de ayudas cuando incidan en la mejora de la FP. Se podrá imputar, desde 2022, acciones formativas vinculadas a la digitalización y sostenibilidad de cada sector productivo.
– Cursos relacionados con la Formación a lo Largo de la Vida en general.
– Desarrollo de aplicaciones informáticas y bases de datos aplicables a acciones para la Formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado, excluida la adquisición de equipos.
Los gastos subvencionables asociados a la actuación se justificarán mediante costes simplificados, teniendo en cuenta que solo serán elegibles aquellas actuaciones que cumplan con las medidas de información, comunicación y publicidad.
En la sesión de la Comisión General de Educación, celebrada el día 21 de julio de 2022, se han acordado los criterios de distribución, así como el reparto resultante del crédito destinado en el año 2022 al Programa de Cooperación Territorial de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad del Profesorado de Formación Profesional, por un importe de 5.148.928,45 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322B.454.09 de los Presupuestos Generales del Estado para 2022, resultando por Comunidades Autónomas el siguiente reparto:
Presupuesto Prof. año 2022 |
Senda financiera 2022 (Euros) |
Remanente 2019 Cap. 4 reintegrado a tesoro (Euros) |
Remanente 2019 Cap. 8 reintegrado a tesoro (Euros) |
Remanente 2019 Cap. 4 a descontar (Euros) |
Remanente 2019 Cap. 8 a descontar (Euros) |
Remanente 2020 reintegrado a tesoro (Euros) |
Remanente 2020 a descontar (Euros) |
Importe a distribuir 2022 descontados los remanentes no ejecutados en 2019 y/o 2020 (Euros) |
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Andalucía. | 915.486,52 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 915.486,52 |
Aragón. | 201.609,33 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 201.609,33 |
Asturias (Principado de). | 160.937,12 | 0,00 | 0,00 | 0,15 | 0,00 | 0,00 | 109.846,60 | 51.090,37 |
Balears (Illes). | 201.975,23 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 201.975,23 |
Canarias. | 363.832,63 | 18.822,62 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 20.658,12 | 343.174,51 |
Cantabria. | 132.694,38 | 75.342,95 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 132.694,38 |
Castilla y León. | 341.831,70 | 138.113,78 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 75.050,93 | 266.780,77 |
Castilla-La Mancha. | 325.031,55 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 325.031,55 |
Cataluña. | 649.853,07 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 649.853,07 |
Comunitat Valenciana. | 553.199,18 | 828.604,78 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 124.325,10 | 428.874,08 |
Extremadura. | 209.417,87 | 39.427,85 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 8.623,02 | 200.794,85 |
Galicia. | 343.492,93 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 343.492,93 |
Madrid (Comunidad de). | 444.203,31 | 1.133.542,20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 753.753,95 | 0,00 | 444.203,31 |
Murcia (Región de). | 206.326,78 | 208.449,91 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 206.326,78 |
Navarra. | 0,00 | 0,00 | 139.170,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
Rioja (La). | 99.036,85 | 62.114,85 | 32.887,77 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 5.696,10 | 93.340,75 |
Totales. | 5.148.928,45 | 2.504.418,94 | 172.057,77 | 0,15 | 0,00 | 753.753,95 | 344.199,87 | 4.804.728,43 |
Se ha aprobado y acordado la distribución definitiva para cada comunidad autónoma que figura en la tabla adjunta, una vez aplicados los criterios de distribución y detraídos los remanentes no ejecutados de los años 2019 y 2020 en el caso de que los hubiera.
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