De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden APA/1024/2020, de 27 de octubre, por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de la isla Dragonera, y se definen su delimitación, zonas y usos, y en uso de las facultades conferidas por el citado artículo, que faculta a la Secretaría General de Pesca para elaborar el censo de las embarcaciones de pesca marítima profesional con derecho a faenar en el ámbito de la reserva marina, esta Secretaría General, oído el sector interesado, y consultada la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, resuelve lo siguiente:
1. Publicar, como anexo I a la presente Resolución, el censo de embarcaciones en activo autorizadas a faenar, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, en aguas de la reserva marina a que se refiere la citada Orden APA/1024/2020.
2. Publicar como anexo II, la relación de embarcaciones que causan baja y el motivo de esta.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.4 de la citada Orden ARM/3535/2008, mantener la contingentación del censo en un total de 8 embarcaciones, con una potencia total máxima de 760,00 CV, GT totales máximas de 44,8, y número total máximo de tripulantes: 24.
Madrid, 4 de octubre de 2022.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
N.º | Nombre | Matricula y folio | C.R.G.F.P. |
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1 | GERMANS TORRES. | 3.ª-PM-1-3-05 | 26572 |
2 | PONERO. | 3.ª-PM-1-5-21 | 100364 |
3 | REME TONI TERCERO. | 3.ª-PM-1-1836 | 3474 |
4 | SITO PRIMERO. | 3.ª-PM-1-1996 | 24110 |
5 | SCRAT. | 3.ª-PM-1-4-17 | 58970 |
N.º | Nombre | Matricula y folio | C.R.G.F.P. |
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1 | HERMANOS GONZALEZ. | 3.ª-PM-1-1971 | 13877 |
2 | HEMANOS LOPEZ SEGUNDO. | 3.ª-PM-1-1-03 | 26745 |
N.º | Nombre | Matricula y folio | C. R.G.F.P. | Motivo |
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1 | BLANCHE. | 3.ª-PM-4-325 | 3473 | Baja provisional. |
2 | MORON II. | 3.ª-PM-1-1871 | 3468 | Baja definitiva. |
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