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Documento BOE-A-2022-1708

Resolución de 25 de enero de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se establecen los precios públicos de entrada al Real Jardín Botánico.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2022, páginas 14789 a 14790 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2022-1708
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/01/25/(5)

TEXTO ORIGINAL

El Real Jardín Botánico, que pertenece al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), se incluye dentro de la Red de Museos de España de acuerdo con el Anexo II del Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Red de Museos de España, sometiéndose además a la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. El artículo 2 de esta Ley señala que «Sin perjuicio de las competencias que correspondan a los demás poderes públicos, son deberes y atribuciones esenciales de la Administración del Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 44, 149.1.1, y 149.2 de la Constitución, garantizar la conservación del Patrimonio Histórico Español, así como promover el enriquecimiento del mismo y fomentar y tutelar el acceso de todos los ciudadanos a los bienes comprendidos en él.» La Administración del Estado debe por lo tanto garantizar el acceso de los ciudadanos a los bienes que forman el Patrimonio Histórico Español, entre los que se encuentra el Real Jardín Botánico, que ha sido clasificado como Jardín Histórico y Artístico.

En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Presidencia del CSIC por los artículos 7 y 11 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, de acuerdo con el artículo 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, previa autorización de la Ministra de Ciencia e Innovación, dispongo:

Primero. Aprobación de los precios públicos de entrada al Real Jardín Botánico.

1.1 Precio de entrada individual.

Se establecen los siguientes precios de entrada individual:

a) Entrada completa: 6 euros (incluye visita al Jardín y exposiciones).

b) Entrada sencilla: 4 euros (solo visita al Jardín y las exposiciones del Invernadero de los Bonsáis).

c) Entrada sencilla reducida para estudiantes entre 18-25 años y adultos de familias numerosas, previa acreditación: 1 euro (solo visita al Jardín y las exposiciones del Invernadero de los Bonsáis).

d) Entrada completa reducida para estudiantes entre 18-25 años y adultos de familias numerosas, previa acreditación: 3 euros (incluye visita al Jardín y exposiciones).

e) Entrada sencilla reducida para mayores de 65 años, previa acreditación: 1 euro (solo visita al Jardín y las exposiciones del Invernadero de los Bonsáis).

f) Entrada completa reducida para mayores de 65 años, previa acreditación: 3 euros (incluye visita al Jardín y exposiciones).

g) Billete individual simple para visitantes en grupos de 10 o más personas: 2 euros (solo visita al Jardín y las exposiciones del Invernadero de los Bonsáis).

h) Billete individual completo para visitantes en grupos de 10 o más personas: 4 euros (incluye visita al Jardín y exposiciones).

1.2 Precio de entrada para actividades de grupos.

a) Visita guiada público general: 8 euros persona (aforo máximo 20 personas).

b) Visita guiada grupos: 70 euros por grupo (aforo máximo hasta 20 personas).

c) Visitas para grupos escolares: 70 euros.

d) Tarifa general para talleres: 150 euros por grupo.

1.3 Visita en régimen de gratuidad.

La entrada al Real Jardín Botánico será gratuita para las personas que a continuación se enumeran:

a) Menores de 18 años.

b) Profesores debidamente acreditados.

c) Personal del CSIC.

d) Miembros de la Sociedad de Amigos del Real Jardín Botánico.

e) Mecenas del Real Jardín Botánico.

f) Miembros del Consejo Internacional de Museos (ICOM).

g) Miembros de las asociaciones con las que el RJB haya firmado el acuerdo correspondiente.

h) Prensa debidamente acreditada.

i) Desempleados, presentando justificante de desempleo y documento de identidad.

j) Personas con discapacidad, de acuerdo con la definición que realiza el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derecho de las personas con discapacidad y su inclusión social, debidamente acreditadas.

k) Acompañante de la persona con discapacidad señalada en la letra anterior, siempre y cuando aquélla sea imprescindible para que esta pueda realizar su visita.

l) Cada martes después de las 14 horas.

Segundo. Condiciones generales de venta de entradas.

La venta de las entradas al Real Jardín Botánico se realizará en las taquillas y/o a través de sistemas telemáticos u otros canales de venta, con el fin de facilitar su adquisición y dar un mejor servicio al visitante.

En los casos de venta telemática u otros canales de venta, no se podrá incrementar el precio de la entrada previsto en el apartado anterior, que incluye los cargos adicionales que se deriven de la gestión.

Tercero. Vigencia indefinida.

Estos precios tienen una vigencia indefinida, requiriéndose para su modificación la aprobación de una nueva Resolución de la Presidencia del CSIC.

No obstante, lo anterior, las tarifas pueden ser reducidas temporalmente con discrecionalidad por parte de la dirección del Real Jardín Botánico, con motivo del cierre parcial de instalaciones u otras situaciones sobrevenidas que reduzcan las prestaciones al público y durante el tiempo previsto. Por otra parte, pueden ser aumentadas con motivo de exposiciones o eventos temporales que exijan un cobro específico para su disfrute.

La dirección del Real Jardín Botánico podrá establecer actividades nuevas, no previstas en esta Resolución, durante el año en curso, siempre y cuando el precio que se fije cubra la totalidad del gasto real ejecutado. Solo podrán establecerse mediante resolución de la Secretaría General del CSIC.

Cuarto. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de enero de 2022.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rosa Menéndez López.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/01/2022
  • Fecha de publicación: 02/02/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 03/02/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 7 y 11 del Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-591).
    • el art. 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Consejo Superior de Investigaciones Científicas
  • Jardines
  • Precios

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