El Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al derecho español la Directiva 2013/55/UE, de 20 de noviembre, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012, relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI), establecen la posibilidad de exigir la superación de medidas compensatorias, con carácter previo al reconocimiento profesional, para aquellos casos de solicitantes cuya formación no cumpla con los requisitos mínimos existentes en el Estado miembro de acogida.
Con base a lo expuesto, este Ministerio, como autoridad competente de España para el reconocimiento de las cualificaciones de las profesiones sanitarias reguladas, conforme al Real Decreto 852/2021, de 5 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, dispone:
Los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea que figuran en el anexo I, de esta Orden, cuyas cualificaciones profesionales, adquiridas en otros Estados miembros no pueden ser reconocidas para el ejercicio de sus respectivas profesiones por no cumplir con las exigencias previstas en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, deberán complementar sus cualificaciones profesionales con medidas compensatorias consistentes en la superación de una prueba de aptitud, conforme a lo establecido en el artículo 23 del citado Real Decreto.
El contenido de las pruebas de aptitud tendrá en cuenta aquellas materias cuyo conocimiento es fundamental para el ejercicio de las diferentes profesiones que concurren a las pruebas, y en las que la formación recibida por los solicitantes presenta diferencias sustanciales de duración o contenido respecto a la formación exigida en España, conforme a las órdenes por las que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión o de las órdenes que aprueban el programa formativo de las correspondientes especialidades en Ciencias de la Salud.
En este contexto se da continuidad a las convocatorias previas, que se relacionan a continuación:
Titulada/o en el ámbito de la Biología especialista en Análisis Clínicos, según Orden SSI/184/2013, de 24 de enero, por la que se convoca a la realización de prueba de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional para ejercer en España la profesión de especialista en análisis clínicos y se nombra el Tribunal que ha de evaluarla.
Enfermera/o Responsable de Cuidados Generales, según Orden SSI/ 743/2015, de 9 de abril, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud a determinados nacionales de estados miembros de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación profesional para ejercer en España la profesión de enfermera responsable de cuidados generales y se nombra el tribunal.
Enfermera/o especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, según Orden SSI/1097/2014, de 16 de junio y Orden SND 1359/2021, de 25 de noviembre, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud a determinados nacionales de estados miembros de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación profesional para ejercer en España la profesión de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria y se nombra el tribunal.
Enfermera/o especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecología (Matronas), según Orden SSI/2345/2015 de 23 de octubre y Orden SSI/ 613/2017 de 9 de junio por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud a determinados nacionales de estados miembros de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación profesional para ejercer en España la profesión de matrona.
Enfermera/o especialista en Enfermería Pediátrica, según Orden SSI/1285/2014, de 7 de julio, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud a determinados nacionales de estados miembros de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación profesional para ejercer en España la profesión de enfermera especialista en Pediatría y se nombra el Tribunal.
Enfermera/o especialista en Enfermería de Salud Mental, según Orden SSI/1159/2014, de 18 de junio, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud a determinados nacionales de estados miembros de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación profesional para ejercer en España la profesión de enfermera especialista en Salud Mental y se nombra el Tribunal.
Farmacia, según Orden SSI/320/2015, de 17 de febrero, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional para ejercer en España la profesión de Farmacéutico y se nombra el Tribunal.
Farmacéutica/o especialista en Farmacia Hospitalaria, según Orden SSI/185/2013 de 24 de enero de 2013 y Orden SSI/851/2014 de 12 de mayo, por la que se convoca a la realización de prueba de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional para ejercer en España la profesión de especialista en Farmacia Hospitalaria y se nombra el Tribunal que ha de evaluarla.
Fisioterapeuta, según Orden SSI/540/2017, de 24 de mayo, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud a determinados nacionales de estados miembros de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación profesional para ejercer en España la profesión de fisioterapeuta y se nombra el tribunal.
Medica/o especialista de Anestesiología y Reanimación, según Orden SSI/411/2017, de 19 de abril, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional para ejercer en España la profesión de médico especialista en Anestesiología y Reanimación y se nombra el Tribunal.
Médica/o especialista en Medicina de la Educación Física y Deporte. Sin convocatoria previa.
Podología, según Orden SPI/1991/2011, de 5 de julio, y Orden SSI/ 1806/2013, de 17de septiembre de 2013, por la que se convoca a la realización de prueba de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional para ejercer en España la profesión de Podólogo y se nombra el Tribunal.
Titulada/o en el ámbito de la Psicología especialista en Psicología Clínica, según Orden/SSI/ 2197/2012, de 25 de septiembre, por la que se convoca la realización de prueba de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional para ejercer en España la profesión de Psicólogo Clínico y se nombra el Tribunal que ha de evaluarla.
La prueba de aptitud consistirá en el abordaje de las áreas de conocimiento, en su caso, consideradas deficitarias en la resolución condicionada emitida a tal efecto.
Los aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento y precisen algún tipo de adaptación para la realización de la prueba, remitirán a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad copia auténtica de la certificación oficial acreditativa de este reconocimiento y escrito motivado especificando las adaptaciones necesarias, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta orden, haciendo constar su número de expediente y la cualificación que pretende reconocer.
La persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional resolverá las solicitudes de adaptación, a la vista de la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Por Resolución de la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio de Sanidad, se anunciará la fecha y lugar de celebración de las pruebas, y se publicarán los miembros del Tribunal designados para elaborar el contenido de las mismas y calificar a los aspirantes.
Los gastos derivados de la gestión de estas pruebas, salvo los gastos indemnizables por razón del servicio y asistencias a las que se refiere el párrafo siguiente, se imputarán al concepto presupuestario 26.12 311 O 226.07.
Las asistencias y gastos indemnizables por razón del servicio devengados por los miembros del Tribunal, así como por el personal designado al efecto por la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional para la realización de las actividades necesarias para el desarrollo de las pruebas, serán las correspondientes a la categoría segunda de las previstas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Dichas asistencias se harán efectivas con cargo al concepto presupuestario 26.12 311 O 233, con el límite del número máximo autorizado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Contra esta orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Sanidad en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de poder presentar cualquier otro recurso que se estime oportuno. En caso de interponerse recurso de reposición no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del primero.
Madrid, 6 de octubre de 2022.–La Ministra de Sanidad. P.D. (Orden SND/1093/2021, de 7 de octubre), la Directora General de Ordenación Profesional, Celia Gómez González.
Biología. Especialidad Análisis Clínicos
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
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3711 | 20/06/2011 | 2.ª |
Enfermero/a Responsable de Cuidados Generales
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
6774 | 02/10/2014 | 2.ª |
5652 | 15/11/2013 | 2.ª |
5285 | 17/05/2013 | 2.ª |
3506 | 17/04/2012 | 2.ª |
Enfermería. Especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
5530 | 17/10/2012 y 5/3/2018 | 3.ª |
8929 | 19/02/2018 | 2.ª |
Enfermería. Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matronas)
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
7522 | 30/04/2015 | 3.ª |
8153 | 18/10/2017 | 1.ª |
Enfermería. Especialidad de Enfermería Pediátrica
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
3724 | 08/02/2013 | 2.ª |
9297 | 09/02/2017 | 1.ª |
8743 | 09/02/2017 | 1.ª |
5520 | 25/07/2013 | 2.ª |
4372 | 03/03/2014 | 2.ª |
3967 | 08/02/2013 | 2.ª |
2553 | 08/02/2013 | 2.ª |
2042 | 08/02/2013 | 2.ª |
3251 | 08/02/2013 | 2.ª |
Enfermería. Especialidad de Enfermería de Salud Mental
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
2949 | 06/07/2011 | 2.ª |
5478 | 03/03/2014 | 2.ª |
6415 | 06/11/2013 | 2.ª |
10032 | 20/11/2017 | 1.ª |
Farmacia
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
1880 | 16/11/2011 | 2.ª |
2383 | 16/11/2011 | 2.ª |
Farmacia. Especialidad de Farmacia Hospitalaria
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
1096 | 28/042011 | 3.ª |
2199 | 28/04/2011 | 3.ª |
5042 | 08/08/2012 | 2.ª |
5961 | 15/04/2014 | 1.ª |
14132 | 29/01/2021 | 1.ª |
Fisioterapia
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
6868 | 06/08/2014 | 2.ª |
5623 | 06/11/2013 | 2.ª |
16114 | 10/0172022 | 1.ª |
13218 | 14/01/2022 | 1.ª |
14169 | 10/02/2020 | 1.ª |
10414 | 28/09/2017 | 2.ª |
15031 | 21/10/2021 | 1.ª |
13659 | 07/11/2019 | 1.ª |
9902 | 10/08/2017 | 2.ª |
9983 | 28/04/2017 | 1.ª |
5488 | 25/10/2013 | 2.ª |
15035 | 01/02/2021 | 1.ª |
13952 | 01/02/2021 | 1.ª |
13887 | 21/02/2020 | 1.ª |
14876 | 28/09/2021 | 1.ª |
14718 | 22/07/2020 | 1.ª |
13550 | 19/08/2019 | 1.ª |
4919 | 06/11/2013 | 1.ª |
12862 | 08/03/2021 | 1.ª |
12966 | 31/07/2019 | 1.ª |
11621 | 16/07/2018 | 1.ª |
11181 | 15/12/2017 | 1.ª |
14334 | 22/07/2020 | 1.ª |
10943 | 16/01/2018 | 1.ª |
14387 | 10/08/2021 | 1.ª |
10861 | 28/08/2018 | 1.ª |
13382 | 03/03/2020 | 1.ª |
8269 | 27/07/2017 | 1.ª |
2496 | 12/05/2011 | 1.ª |
12712 | 07/11/2019 | 1.ª |
14026 | 05/02/2020 | 1.ª |
14876 | 28/09/2021 | 1.ª |
16297 | 22/06/2022 | 1.ª |
17602 | 22/06/2022 | 1.ª |
14227 | 22/06/2022 | 1.ª |
17526 | 22/06/2022 | 1.ª |
17356 | 22/06/2022 | 1.ª |
14789 | 01/02/2021 | 1.ª |
16114 | 10/01/2022 | 1.ª |
16864 | 18/04/2022 | 1.ª |
14825 | 21/10/2021 | 1.ª |
16784 | 23/09/2022 | 1.ª |
17968 | 27/08/2022 | 1.ª |
Medicina. Especialidad de Anestesiología y Reanimación
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
6816 | 05/02/2016 | 2.ª |
Medicina. Especialidad de Medicina de Educación Física y del Deporte
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
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7631 | 08/072015 | 1.ª |
Podología
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
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834 | 03/11/2009 | 3.ª |
4072 | 19/07/2011 | 2.ª |
5394 | 05/02/2013 | 2.ª |
7378 | 29/01/2015 | 1.ª |
Psicología. Especialidad de Psicología Clínica
Expediente |
Fecha resolución Dirección General Ordenación Profesional |
Número de convocatoria |
---|---|---|
1046 | 09/03/2011 | 2.ª |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid