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Documento BOE-A-2022-17817

Resolución de 21 de octubre de 2022, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de multa por la comisión de infracción muy grave a Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, y a sus cargos de administración y dirección don Germán Casaseca Hontoria, doña Sandra Aránzazu Daza Silva y don Guillermo Masso López.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2022, páginas 148713 a 148714 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2022-17817

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 27 de septiembre de 2022 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución sancionadora por la que finalizó el expediente de referencia IE/ST-2/2021, incoado a Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, y a sus cargos de administración y dirección, don Germán Casaseca Hontoria, doña Sandra Aránzazu Daza Silva y don Guillermo Masso López por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 25 de noviembre de 2021.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa, procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas a los citados expedientados en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España:

− Sanción de multa impuesta a Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, por importe de ciento treinta y seis mil euros (136.000 €) –tras la aplicación de la reducción del 20 % por pago voluntario contemplada en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 97.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

− Sanción de multa impuesta a doña Sandra Aránzazu Daza Silva, consejera y directora general de Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, por importe de trece mil seiscientos euros (13.600 €) –tras la aplicación de la reducción del 20 % por pago voluntario contemplada en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

− Sanción de multa impuesta a don Germán Casaseca Hontoria, presidente y consejero delegado de Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, por importe de trece mil seiscientos euros (13.600 €) –tras la aplicación de la reducción del 20 % por pago voluntario contemplada en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

− Sanción de multa impuesta a don Guillermo Masso López, consejero de Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, por importe de seis mil cuatrocientos euros (6.400 €) –tras la aplicación de la reducción del 20 % por pago voluntario contemplada en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

Madrid, 21 de octubre de 2022.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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