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Documento BOE-A-2022-19444

Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en las Escalas de Ayudante de Archivos y Bibliotecas y Auxiliar de Bibliotecas.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2022, páginas 159950 a 159959 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-19444

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento del mandato contenido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el sector público, con fecha 6 de mayo de 2022 esta Universidad aprobó la Oferta de Empleo Público (OEP) correspondiente al personal de administración y servicios derivada de su aplicación («Boletín Oficial de Aragón» n.º 94, de 18 de mayo).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2021, de 21 de diciembre, de universidades (LOU) y en el artículo 179.1 y 2 de los vigentes Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto del Gobierno de Aragón 1/2004, de 13 de enero (modificados por Decretos 27/2011, de 8 de febrero y 84/2016, de 14 de junio), este Rectorado en el ejercicio de sus competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la LOU, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, resuelve convocar proceso selectivo para el ingreso por turno libre en las escalas de Ayudante de Archivos y Bibliotecas y Auxiliar de Biblioteca de la Universidad de Zaragoza, por el sistema de concurso, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso, las plazas de las Escalas de la Universidad de Zaragoza indicadas, que se identifican en el Anexo I, que proceden de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2022, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» anteriormente citado, clasificadas en los grupos contemplados en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP):

Escala Ayudante de Archivos y Bibliotecas, Grupo A, Subgrupo A2: 5 plazas.

Escala Auxiliar de Biblioteca, Grupo C, Subgrupo C2: 21 plazas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2 LOU, la presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».

1.2 En lo no previsto por estas bases será de aplicación lo prevenido en EBEP, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los Estatutos de esta Universidad, en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y demás normativa de general y pertinente aplicación.

1.3 La persona aspirante presentará una solicitud para cada escala a la que se presente, haciendo constar su elección expresamente en la solicitud.

1.4 El proceso selectivo constará de una única fase de concurso, que se regirá por el baremo que consta como Anexo II a la presente convocatoria.

1.5 Este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

1.6 La adjudicación de las plazas a las personas aspirantes que superen este proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida.

1.7 La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten durante el desarrollo de este proceso se efectuará en el Tablón Oficial Electrónico de esta Universidad (e-TOUZ), accesible en sede.unizar.es. Asimismo, se publicarán en el «Boletín Oficial de Aragón» todas las resoluciones expresamente previstas en las presentes bases.

2. Requisitos de las personas candidatas

Todos los requisitos que se enumeran a continuación, excepto el contemplado en la base 2.6, deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

2.1 Nacionalidad.

Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 EBEP.

2.2 Edad.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad fijada legalmente para la jubilación forzosa.

2.3 Capacidad.

No padecer enfermedad ni estar afectada la persona por limitación física o psíquica que resulte incompatible con el desempeño de las funciones inherentes a la plaza convocada.

2.4 Habilitación.

No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as, ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.5 Titulación.

Estar en posesión de la titulación académica, o en condiciones de obtenerla, que se establece a continuación:

Para las plazas de la Escala de Ayudante de Archivos y Bibliotecas: Título Universitario de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o titulación equivalente.

Para las plazas de la Escala de Auxiliar de Biblioteca: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

2.6 Situación profesional.

No podrán participar en el presente proceso selectivo quienes tengan la condición de personal funcionario de carrera de la Escala de esta Universidad a la que pretendan optar, con independencia de la situación administrativa en la que se encuentren.

3. Solicitudes

3.1 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar por medio de la sede electrónica https://sede.unizar.es/solicita, en el formulario oficial habilitado para este procedimiento.

3.3 Para acceder a la sede electrónica la persona candidata podrá utilizar certificado electrónico digital, el sistema de identificación Cl@ve o identificación concertada válida en esta Universidad (N.I.P. y contraseña administrativa).

3.4 Asimismo podrán hacer uso de cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registros de esta Universidad, que pueden consultarse en la siguiente dirección: https://secregen.unizar.es/sites/secregen.unizar.es/files/users/secregen/listado_oficinas.pdf, o en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas indicando como órgano de destino U02100001 Universidad de Zaragoza.

3.5 La tasa por derechos de participación en el concurso deberá abonarse dentro del plazo de presentación de solicitudes a través del formulario disponible en la Sede Electrónica, mediante Terminal de Pago Virtual en caso de optar por la presentación electrónica, o bien mediante transferencia bancaria al número de cuenta: ES74 2085 0168 5803 0001 7984, de la entidad financiera Ibercaja, haciendo constar como concepto «Referencia de la Convocatoria, escala a la que opta y nombre completo de la persona interesada», siendo el importe:

28,90 euros en caso de presentarse a las plazas del Grupo A, Subgrupo A2.

12,76 euros en caso de presentarse a las plazas del Grupo C, Subgrupo C2.

El pago de la tasa no supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.

3.6 Tendrán derecho a la exención de tasas:

a) Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos e hijas, conforme a la normativa vigente de aplicación.

b) Los miembros de familias numerosas, en los términos dispuestos en el artículo 12.1.c) de la Ley 4/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las familias numerosas. Tendrán derecho a una exención total los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los que fueran de la categoría general.

c) Las víctimas de violencia de género a las que se refiere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género, en las condiciones en ella previstas.

d) Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

e) La personas que acrediten no haber tenido ningún ingreso durante el periodo indicado en el apartado anterior o que sus ingresos no hayan superado el importe del salario mínimo interprofesional en tal periodo.

3.7 Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus datos identificativos, según el siguiente procedimiento: https://www.unizar.es/sg/pdf/acuerdos/2021/2021-06-29/12.6%20Acuerdo%20anonimizacion%20victimas%20violencia.pdf

4. Documentación a acompañar con las solicitudes

4.1 Deberán adjuntarse a la solicitud, en formato pdf, los siguientes documentos:

a) Fotocopia legible del DNI NIE o pasaporte que, en todos los casos, deberá estar en vigor.

b) Fotocopia de la titulación indicada en la base 2.5. para la escala a la que el aspirante haya dirigido su solicitud.

c) En caso de no optar por la presentación a través del formulario oficial habilitado en la sede electrónica, deberá presentarse debidamente cumplimentada la solicitud disponible en la siguiente dirección: https://recursoshumanos.unizar.es/sites/recursoshumanos.unizar.es/files/archivos/pas/Impresos/solicitud_concurso.pdf

d) En caso de optar por el pago a través de transferencia o ingreso bancario, comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de participación en el concurso conforme a lo indicado en la base 3.5.

e) Justificación de la circunstancia acreditativa de la exención o reducción de la tasa por derecho de participación.

f) Documentos acreditativos de todos los méritos, enumerados en el Anexo II, que relacione la persona aspirante para su valoración, a excepción de aquellos que obren en esta Universidad, para los que será suficiente su mera cita en la solicitud.

4.2 La no presentación de la documentación de los apartados a), b), c), d) y e) dará lugar a la exclusión provisional del proceso.

5. Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Rector dictará resolución, aprobando la relación provisional de personas candidatas admitidas y excluidas, especificando en este último caso la causa o causas de exclusión y otorgando un plazo de diez días hábiles para su eventual subsanación.

5.2 Transcurrido el plazo para subsanación y una vez resueltas las que se hubieren presentado, se dictará resolución que declare aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas.

5.3 Las anteriores resoluciones rectorales se publicarán en el Tablón Oficial Electrónico de esta Universidad (e-TOUZ), accesible en sede.unizar.es.

6. Tribunal calificador

6.1 El tribunal calificador del presente proceso, configurado respetando el contenido de la medida 4.2 del Plan de Igualdad de esta Universidad, aprobado por su Consejo de Gobierno en sesión de 23 de febrero de 2016, está compuesto por las siguientes personas:

Titulares:

Presidente: D. Raúl Gálvez Cubría.

Secretaria, que actuará con voz, pero sin voto: D.ª Eva M.ª Aladrén Sierra.

Vocal: D.ª Eva M.ª Noriega Migueles.

Vocal: D. Roberto Salvanés Durán.

Vocal: D.ª M.ª Mercedes Herrero Pueyo.

Vocal: D. Pascual Miguel Ballestín.

Suplentes:

Presidenta: D.ª M.ª Isabel Gómez Gálvez.

Secretario, que actuará con voz, pero sin voto: D. José M.ª Blanco Magdalena.

Vocal: D. José Manuel Ubé González.

Vocal: D.ª M.ª Cruz Joven Pérez.

Vocal: D. José Gabriel Calés Montull.

Vocal: D.ª M.ª Pilar Tajada Rodrigo.

6.2 Las personas que componen dicho tribunal deberán abstenerse de intervenir si concurre en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), o si hubiesen participado en tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

A los efectos anteriores, la persona que ejerce la presidencia del tribunal podrá solicitar a sus componentes declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de estas circunstancias. En todo caso, las personas candidatas podrán recusar a cualquier componente del tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada ley.

6.3 Previa convocatoria de la persona que ejerce la presidencia del tribunal, se constituirá el Tribunal en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», adoptando en dicha sesión las decisiones que considere convenientes para el desarrollo del concurso.

A partir de su constitución y para actuar válidamente, requerirá de la asistencia del Presidente/a y la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes.

6.4 Es competencia del tribunal la resolución de todas las cuestiones que puedan suscitarse durante el desarrollo del proceso selectivo.

6.5 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista, limitándose dicho personal a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Su designación corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal.

6.6 A los solos efectos de recepción de comunicaciones e incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Sección de Selección y Formación, del Servicio de Personal y administración y servicios y Nóminas (est01tribunal@unizar.es).

6.7 En ningún caso podrá el tribunal declarar que han superado el proceso selectivo un número de personas superior al de plazas convocadas, por lo que cualquier propuesta en dicho sentido será nula de pleno derecho.

6.8 De acuerdo con lo regulado en el artículo 30 y en el Anexo IV del RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal tendrá la categoría Segunda, de actuar en sesión conjunta para todas las plazas, o las categorías que se indican, en función de las plazas, de actuar en sesiones independientes:

Plazas del Grupo A, Subgrupo A2: Categoría Segunda.

Plazas del Grupo C, Subgrupo C2: Categoría Tercera.

7. Fase de concurso

7.1 Una vez aprobada por el Sr. Rector la lista definitiva de personas aspirantes admitidas, el Servicio de PAS y Nóminas remitirá a la Presidencia del tribunal las solicitudes completas de todas ellas junto con la documentación acompañada.

Asimismo, la mencionada unidad remitirá certificación de todos y cada uno de los méritos enumerados en el Anexo II que consten en dicha unidad y hayan sido alegados expresamente por quienes figuren en dicha lista.

7.2 El tribunal valorará los méritos que acrediten las personas aspirantes, referidos al día de publicación de la Convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con el baremo que se incluye como Anexo II.

No se valorarán los méritos que habiéndose alegados no hayan sido debidamente acreditados.

7.3 El Tribunal publicará la lista, de acuerdo con lo establecido en la base 1.7, con las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para solicitar la revisión de su propia calificación otorgada por el tribunal, transcurrido el cual se publicará la calificación final de la valoración de los méritos.

7.4 Una vez completados los procesos anteriores, el tribunal procederá a ordenar a las personas aspirantes según el orden de puntuación obtenido y siempre que hayan obtenido, al menos, 40 puntos, elevando al Sr. Rector la propuesta de nombramiento de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo como personal funcionario de carrera de la Escala correspondiente.

En caso de empate, éste se resolverá conforme a los criterios establecidos en el Anexo II.

Dicha resolución será publicada en el Tablón Oficial Electrónico de esta Universidad (e-TOUZ), accesible en sede.unizar.es.

7.5 Finalizadas las actuaciones, la Presidencia del tribunal remitirá al Servicio de PAS y Nóminas el expediente completo con todos los documentos aportados por las personas aspirantes para que, por dicha unidad, se preparen los correspondientes nombramientos.

8. Presentación de documentos y nombramiento

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación prevista en la base 7.4, las personas propuestas para ser nombradas deberán presentar en el Servicio de PAS y Nóminas de la Universidad de Zaragoza los siguientes documentos:

a) Si ostenta nacionalidad española, copia electrónica o fotocopia del documento nacional de identidad, y original para su cotejo.

Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, copia electrónica o fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.

Los familiares de los anteriores, referidos en artículo 57.2 del EBEP, además, copia electrónica o fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano/a del país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que dicho vínculo subsiste y no existe separación legal o, en su caso, que la persona aspirante viva a sus expensas o esté a su cargo.

b) Original y fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada de:

El título exigido en la base 2.5, o en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios equivalentes para su obtención así como abonado los derechos para la expedición del título correspondiente.

La titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y de la credencial que acredite su homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el siguiente modelo https://recursoshumanos.unizar.es/sites/recursoshumanos.unizar.es/files/archivos/impresos_comunes/anexoiv.pdf.

8.2 Quienes dentro de dicho plazo no presenten la anterior declaración jurada o promesa, salvo casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados.

8.3 Si del examen de la documentación aportada resultase que la persona carece de alguno de los requisitos exigidos para poder participar en la presente convocatoria, quedarán anuladas las actuaciones relacionadas con la omisión o carencia de la documentación, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad documental. En ese caso, se requerirá al tribunal para que formule propuesta de nombramiento a favor de la siguiente persona en la lista de calificación final del proceso si existe tal.

8.4 Quienes tengan la condición de personal al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos/as de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para la formalización de su nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración de la que dependieran, con expresión del número y grupo de trienios, fecha de su cumplimiento y circunstancias obrantes en su hoja de servicios. Si dicha Administración es la Universidad de Zaragoza, la mencionada certificación se expedirá de oficio por el Servicio de PAS y Nóminas.

8.5 La elección de los puestos de trabajo por las personas aspirantes deberá realizarse por orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo, según la petición de destino, a la vista de los puestos de trabajo ofertados.

8.6 Cumplimentados los trámites anteriores, el Sr. Rector procederá al nombramiento de las personas propuestas por el tribunal como funcionarias de carrera de la Escala correspondiente de la Universidad de Zaragoza mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

8.7 La toma de posesión derivada del nombramiento anterior se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el diario oficial indicado.

9. Protección de datos de carácter personal

9.1 La Gerencia de la Universidad de Zaragoza es la responsable del tratamiento de los datos personales recabados de las personas que participen en el presente proceso selectivo, que son necesarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

9.2 Los datos personales de las personas participantes en este proceso aparecerán publicados en las comunicaciones de las diferentes fases del procedimiento y, sobre ellos, podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, limitación, portabilidad, supresión y oposición previstos en los artículos 12 y siguientes de la mencionada ley, en la forma determinada por dicha norma.

10. Norma final

10.1 Las presentes bases y cuantos actos administrativos se dicten en el seno de este proceso selectivo podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la LPACAP.

10.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOE, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Zaragoza, 15 de noviembre de 2022.–El Rector, P.D. (Resolución de 21 de enero de 2021), el Gerente, Alberto Gil Costa.

ANEXO I
Identificación plazas convocadas
Grupo Escala Número Puesto
A2 AYUDANTE DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS. 11531
A2 AYUDANTE DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS. 15401
A2 AYUDANTE DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS. 13363
A2 AYUDANTE DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS. 16153
A2 AYUDANTE DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS. 15115
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 10540
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 13195
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 10682
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 13212
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 10954
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 13404
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 10955
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 13452
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 11547
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 16117
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 11548
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 16571
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 11931
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 16607
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 11933
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 16608
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 12178
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 20905
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 12615
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 21105
C2 AUXILIAR DE BIBLIOTECAS. 13193
ANEXO II
Valoración de méritos

1. La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos.

2. La puntuación mínima necesaria para superar este concurso será de 40 puntos.

Servicios prestados

A) Servicios prestados en las diferentes Administraciones Públicas con vínculo de carácter temporal o como funcionario/a interino/a en la Escala a la que opta (máximo 80 puntos). Su valoración se efectuará de la siguiente forma:

A.1. Servicios prestados con vínculo de carácter laboral temporal o como funcionario/a interino/a en la Universidad de Zaragoza:

En la Escala a la que opta:

– 8 puntos por año, o parte proporcional, si han sido prestados en los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

– 3 puntos por año o parte proporcional en el resto de la experiencia en este apartado.

En escalas, distintas a la convocada, de la Universidad de Zaragoza:

– 2 puntos por año, o parte proporcional, con un máximo a valorar de 10 años.

A.2. Servicios prestados con vínculo de carácter temporal o como funcionario/a interino/a en la Escala a la que opta de otras Universidades Públicas:

– 4 puntos por año, o parte proporcional, si han sido prestados en los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

– 1,5 puntos por año o parte proporcional en el resto de la experiencia en este apartado.

A.3. Servicios prestados con vínculo de carácter temporal o como funcionario/a interino/a en la Escala a la que opta de otras Administraciones Públicas:

– 2 puntos por año o parte proporcional.

Su acreditación deberá efectuarse mediante la presentación del correspondiente certificado de servicios previos (Ej. Anexo I del Real Decreto 1461/1982, BOE número 159 de 5 de julio) expedido por la Administración Pública en la que se hubieren prestado, acompañado de un certificado donde se relacionen las funciones desarrolladas en los puestos de la Escala a la que opta, excepto que correspondan a esta Universidad, en cuyo caso se expedirán de oficio por el Servicio de PAS y Nóminas.

Superación de procesos selectivos y titulación académica oficial

En el caso de escalas en las que haya habido procesos selectivos en los últimos 20 años, el apartado B será el siguiente:

B) Superación de procesos selectivos en los últimos 20 años y titulación académica oficial distinta de la exigida para acceder al subgrupo (máximo 20 puntos). Su valoración se efectuará de la siguiente forma:

B.1. Superación de procesos selectivos de la Escala a la que opta de la Universidad de Zaragoza (máximo 18 puntos).

– 9 puntos por cada prueba y/o ejercicio superado de un proceso selectivo de oposición o concurso oposición convocado por la Universidad de Zaragoza, entendiendo por prueba y/o ejercicio superado, el conjunto de exámenes o pruebas o ejercicios necesarios para pasar a la siguiente parte de la fase de oposición.

Su acreditación se expedirá de oficio por el Servicio de PAS y Nóminas, para lo cual la persona interesada indicará el proceso selectivo de que se trate y el número de ejercicios superados.

B.2. Titulaciones académicas oficiales (máximo 2 puntos). Se valorará con 2 puntos estar en posesión de, o en condiciones de obtener, una titulación académica oficial de superior nivel que sea distinta a la exigida para acceder al Cuerpo, Escala, Clase de Especialidad o Categoría Profesional al que se opta.

En el caso de escalas en las que no haya habido procesos selectivos en los últimos 20 años, el apartado B será el siguiente:

B) Pertenencia a listas de espera en vigor según la Resolución vigente por la que se regulan las listas de espera para cubrir puestos de trabajo por personal temporal de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza y titulación académica oficial distinta de la exigida para acceder al subgrupo (máximo 20 puntos). Su valoración se efectuará de la siguiente forma:

B.1. Pertenencia a listas de espera vigentes (máximo 18 puntos)

– 9 puntos por pertenencia a cada una de las listas de espera; no computando como lista distinta, a estos efectos, la de distintas provincias.

Su acreditación se expedirá de oficio por el Servicio de PAS y Nóminas, para lo cual la persona interesada indicará la lista de espera de la que se forme parte.

B.2. Titulaciones académicas oficiales (máximo 2 puntos). Se valorará con 2 puntos estar en posesión de, o en condiciones de obtener, una titulación académica oficial de superior nivel que sea distinta a la exigida para acceder al Cuerpo, Escala, Clase de Especialidad o Categoría Profesional al que se opta.

Desempate en el proceso selectivo

Cuando dos o más concursantes obtengan idéntica puntuación total, deberá procederse a desempatar mediante el siguiente procedimiento:

– Se otorgará el puesto a quien más puntuación obtenga en el apartado A.

– De persistir el empate, se otorgará el puesto a quien más puntuación hubiera tenido en el apartado A sin la aplicación del límite de 80 puntos, es decir, contando todos los servicios prestados en las diferentes Administraciones Públicas en la Escala a la que opta.

– De persistir el empate, se otorgará el puesto a quien hubiera obtenido mayor número de ejercicios aprobados de los indicados en el apartado B.

– De persistir el empate, se otorgará el puesto a quien hubiera obtenido mayor puntuación en el proceso selectivo más reciente.

– De persistir el empate, la Comisión adoptará las medidas oportunas que podrán consistir en la realización de un ejercicio práctico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/11/2022
  • Fecha de publicación: 23/11/2022
  • Convocatoria. Turno libre: Escala Ayudantes de Archivos y Bibliotecas. Grupo A2 5 plazas; Escala Auxiliar de Biblioteca. Grupo C2. 21 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 7 de diciembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-21536).

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