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Documento BOE-A-2022-19476

Orden CUD/1133/2022, de 15 de noviembre, por la que se otorga la garantía del Estado a tres obras de la Colección Várez para su exhibición en la colección permanente del Museo Nacional del Prado.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2022, páginas 160239 a 160241 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-19476

TEXTO ORIGINAL

A petición del Museo Nacional del Prado.

De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural y la disposición adicional cuadragésima octava de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del día 20 de septiembre de 2022, de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura y Deporte emitido con fecha 7 de octubre de 2022, y de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria con fecha 11 de octubre de 2022, y una vez fiscalizado de conformidad por la Intervención Delegada en el Departamento.

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes formulada el 26 de octubre de 2022, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:

Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.

Otorgar la garantía del Estado a las obras que figuran en la solicitud del museo y en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.

Segundo. Objeto.

1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras que figuran en el anexo de esta orden, de acuerdo con el valor y las condiciones expresadas en la solicitud del museo.

2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura y Deporte por la institución solicitante, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado.

Tercero. Cobertura de la garantía del Estado.

1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las obras que figuran en la solicitud del museo y en el anexo de esta orden, a los efectos de su exhibición en el Museo Nacional del Prado, sito en Paseo del Prado s/n, en Madrid, en la colección permanente, desde el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023.

2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado asciende a tres millones cincuenta mil euros (3.050.000 €). A los efectos de esta orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de garantía del Estado.

3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, deberán ser aseguradas por la institución solicitante de la garantía o el cedente de las obras.

Cuarto. Periodo de cobertura y efectos.

1. El periodo máximo de cobertura de la garantía del Estado, se iniciará y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2023, dado que las obras que figuran en el anexo ya se encuentran depositadas y expuestas en la colección permanente del Museo Nacional del Prado, hasta la devolución de las mismas en su lugar de origen o en otro designado por el cedente, con fecha límite de 31 de diciembre de 2023.

2. En caso de ampliación del depósito de las obras, la garantía del Estado podrá prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad del Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la correspondiente orden.

Quinto. Entrega y devolución de las obras.

1. Previamente al inicio de la garantía del Estado, personal técnico cualificado del Museo Nacional del Prado elaborará un informe exhaustivo sobre el estado de conservación. Obtenida la conformidad escrita del cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta correspondiente.

2. El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de las obras al cedente en su lugar de origen o en el lugar por él designado. En el acta de devolución deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentran las mismas.

Sexto. Obligaciones de la institución solicitante.

Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta orden, la institución solicitante de la garantía deberá:

1.º Enviar a la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte un certificado extendido por su Director/a acreditando la finalización de la garantía otorgada, y cualquier circunstancia que afecte a la misma, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras.

2.º Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y conservación de las obras así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta orden.

Séptimo. Incorporación de la solicitud y del anexo.

Se incorpora a esta orden, formando parte de la misma y de la solicitud de la garantía del Estado, el anexo que se cita en el apartado primero.

Octavo. Remisión electrónica de la garantía del Estado.

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte dará inmediata cuenta, por vía electrónica, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Madrid, 15 de noviembre de 2022.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura y Deporte, Víctor Francos Díaz.

ANEXO
N.º Prestador Clase de bien
1

Colección Várez.

Título: Natividad de Cristo con donantes.

Autor: Fernando Llanos.

Técnica y soporte: Óleo sobre tabla.

Medidas de la obra: 104,2 × 99 cm.

2

Colección Várez.

Título: Oración en el Huerto.

Autor: Paolo de San Leocadio.

Técnica y soporte: Óleo sobre tabla.

Medidas de la obra: 93,5 × 68,9 cm.

3

Colección Várez.

Título: Virgen con Niño.

Autor: Juan de Flandes.

Técnica y soporte: Óleo sobre tabla.

Medidas de la obra: 27 × 20,6 cm.

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