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Documento BOE-A-2022-20861

Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Ciudad de Melilla, para establecer las líneas de colaboración para la ejecución y posterior cesión del uso, explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento de la Ciudad de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 9 de diciembre de 2022, páginas 169520 a 169525 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-20861

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la segunda Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A. y la Ciudad Autónoma de Melilla, para establecer las líneas de colaboración para la ejecución y posterior cesión del uso, explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento de la Ciudad de Melilla, suscrita el 25 de noviembre de 2022, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de noviembre de 2022.–El Director General del Agua, Teodoro Estrela Monreal.

ANEXO
Segunda Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A. y la Ciudad Autónoma de Melilla, para establecer las líneas de colaboración para la ejecución y posterior cesión del uso, explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento de la Ciudad de Melilla

REUNIDOS

De una parte doña Teresa Ribera Rodríguez, Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrada por Real Decreto 524/2021, de 10 de julio, en uso de la competencia que establecen los artículos 48.2 y 61.k), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición Quinta, apartado 1.a) de la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo de delegación de competencias (BOE de 31 de mayo de 2021), modificada por la Orden TED/346/2022, de 20 de abril (BOE de 23 de abril de 2022).

De otra parte don Joaquín Páez Landa, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente de 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Hassan Mohatar Maanan, Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrado por Decretos de Presidencia núm. 376 y núm. 377, de fechas 12 y 13 de diciembre de 2019, respectivamente, actuando en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Melilla de acuerdo con las competencias atribuidas por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019 relativo a la distribución de competencias entre las Consejerías, publicado en el BOME extra núm. 43, de 19 de diciembre de 2019.

Las partes se reconocen, en el concepto en que intervienen, la capacidad legal y representación necesarias para formalizar la presente Adenda y,

EXPONEN

Primero.

Con fecha 1 de junio de 2021, se firmó el Convenio entre la Administración General del Estado, representada por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A. y la Ciudad Autónoma de Melilla, para establecer las líneas de colaboración para la ejecución y posterior cesión del uso, explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento de la Ciudad de Melilla, ulteriormente publicado en el BOE núm. 251, de 20 de octubre de 2021.

Segundo.

Una vez iniciadas las obras se formaliza una Adenda del citado Convenio con fecha 25 de abril de 2022, publicada por Resolución de 26 de abril de 2022, de la Dirección General del Agua en el BOE núm. 108 de 6 de mayo de 2022.

Tercero.

Con posterioridad a la aprobación de la Adenda anterior, se ha licitado la obra «Nueva línea eléctrica para el suministro de energía a las instalaciones de abastecimiento de la Ciudad Autónoma de Melilla» por un importe de 1.779.573,17 euros, habiendo quedado desierto el concurso al no haberse presentado ningún licitador.

Por otra parte, en cuanto al proyecto de la obra «Mejora del abastecimiento a la Ciudad Autónoma de Melilla, fase II, parte 1» redactado en el año 2019, debido a la pandemia de COVID-19, así como a la agresión militar e invasión de Ucrania por parte de Rusia, se ha hecho necesario una revisión al alza de los costes de materiales, maquinaria y mano de obra, ya que han sufrido importantes incrementos de precio.

Por tanto, se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar el desarrollo de algunos aspectos previstos en el Convenio vigente que exigen, a su vez, modificar los importes y anualidades contempladas. Se trata de un encargo a TRAGSA de la obra de la línea eléctrica y la redacción de una Adenda del proyecto de abastecimiento mencionado, lo que dará lugar a un importante incremento de sus presupuestos.

Cuarto.

De acuerdo con la Cláusula Duodécima del Convenio se acordó la constitución de una Comisión Mixta de Seguimiento para la dirección, seguimiento, vigilancia y control de su ejecución, así como de los compromisos adquiridos en el mismo.

En la Sesión celebrada el 21 de julio de 2022, por parte de los representantes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se expusieron los nuevos presupuestos que originan el encargo a TRAGSA de la obra de la línea eléctrica y la adenda del proyecto de la obra de abastecimiento. Estas nuevas circunstancias han sido compartidas por los representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla que son conocedores de la situación.

Debatidos estos extremos por todos los integrantes de la Comisión, se acuerda elevar a las partes firmantes la propuesta de segunda Adenda de Modificación al Convenio, de conformidad con lo establecido en el epígrafe a) del punto 2 de la Cláusula Duodécima.

En concreto, la modificación que se propone relativa a la obra «Nueva línea eléctrica para el suministro de energía a las instalaciones de abastecimiento de la Ciudad Autónoma de Melilla» da lugar a un nuevo presupuesto estimado de 2.799.208,64 euros, integrándose a las anualidades 2022 y 2023 que se especifican más adelante.

La modificación que se propone relativa al proyecto «Mejora del abastecimiento a la Ciudad Autónoma de Melilla, fase II, parte 1» da lugar a un nuevo presupuesto estimado de 11.505.333,14 euros, integrándose en las anualidades 2023, 2024 y 2025.

Esta operación se incluirá en el POPE (Programa Operativo Plurirregional de España) 2021-2027 con una aportación de 2.277.256 euros.

Quinto.

Como consecuencia de las modificaciones anteriores es necesario efectuar una ampliación de dos años de la vigencia actual del Convenio, hasta 31 de diciembre de 2025.

Sexto.

La presente Adenda se ha tramitado al amparo de lo establecido tanto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público como en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por cuanto antecede, las partes, de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, en relación con lo dispuesto en la Cláusula Undécima del Convenio, acuerdan por unanimidad la modificación del contenido del Convenio, mediante la suscripción de la presente Adenda, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto de la Adenda es la modificación del «Convenio entre la Administración General del Estado, representada por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A. y la Ciudad Autónoma de Melilla, para establecer las líneas de colaboración para la ejecución y posterior cesión del uso, explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento de la Ciudad de Melilla».

Segunda.

Se modifica el primer párrafo de la Cláusula Tercera del Convenio, relativa a la «Financiación relativa a la ejecución de las obras», al que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:

«Los proyectos, dirección y ejecución de las obras de infraestructuras enumeradas en esta cláusula (línea eléctrica, ampliación de la desalinizadora, mejora del abastecimiento Fase II Partes 1 y 2 y automatización de dicha red), suponen una inversión total de 35.436.585,30 euros incluyendo 10 % de Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) y comprenderá todos aquellos gastos necesarios para su correcta ejecución, incluyendo asistencias técnicas, direcciones de obra, ejecución de las mismas, así como el coste final a que asciendan las expropiaciones se financiarán de acuerdo con el siguiente esquema…»

Tercera.

Se modifica el punto primero de la cláusula tercera del convenio, al que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:

«1. "Nueva línea eléctrica para el suministro de energía a las instalaciones de abastecimiento de la Ciudad Autónoma de Melilla":

Presupuesto estimado de la obra: dos millones setecientos noventa y nueve mil doscientos ocho euros con sesenta y cuatro céntimos (2.799.208,64 euros).

Presupuesto estimado de la Asistencia Técnica a la Dirección de Obra: ochenta y nueve mil setecientos veintiséis euros (89.726,00 euros).

Presupuesto total inversión: dos millones ochocientos ochenta y ocho mil novecientos treinta y cuatro euros con sesenta y cuatro céntimos (2.888.934,64 euros).

La Dirección General del Agua se compromete a financiar con su presupuesto, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.05.452A.611 la totalidad de la inversión con las siguientes anualidades:

Año 2022, 100.000,00 euros.

Año 2023, 2.788.934,64 euros.»

Cuarta.

Se modifica el punto segundo de la Cláusula Tercera del Convenio, al que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:

«2. "Ampliación de la instalación de desalinización de agua de mar (IDAM) de Melilla. (Ciudad Autónoma de Melilla)".

Presupuesto estimado de la obra: catorce millones seiscientos noventa y dos mil ochocientos sesenta y dos euros con ochenta y cinco céntimos (14.692.862,85 euros).

Presupuesto estimado de la Asistencia Técnica a la Dirección de Obra: cuatrocientos cincuenta y un mil diecinueve euros con veintinueve céntimos (451.019,29 euros).

Presupuesto total inversión: quince millones ciento cuarenta y tres mil ochocientos ochenta y dos euros con catorce céntimos (15.143.882,14 euros).

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.105.452A 611, se compromete a financiar la inversión mediante:

a) Fondos FEDER, del Programa Operativo de Melilla-FEDER 2014-2020, Objetivo Temático OT6, Objetivo Específico 6.2.2. “Promover la gestión eficiente e integral de las reservas de agua, incluyendo la reducción de pérdidas en la distribución y la realización de infraestructuras para asegurar el abastecimiento humano”. Para ello, la Dirección General del Agua ha solicitado la reasignación de los fondos FEDER que tenía asignados, para que sea la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir la nueva beneficiaria. El importe de fondos FEDER asignados es de nueve millones ochenta y seis mil trescientos veintinueve euros con veintiocho céntimos (9.086.329,28 euros). El porcentaje de cofinanciación es del 60% de la inversión total de la actuación. Dicha financiación por parte de la Confederación estará condicionada a que se haga efectiva la reasignación por parte de la Dirección General anteriormente citada.

b) Fondos propios del Organismo, el 40% de la inversión total de la actuación.

Las anualidades previstas para esta inversión son:

Año 2021, 1.796.503,85 euros.

Año 2022, 10.721.999,68 euros.

Año 2023, 2.625.378,61 euros.»

Quinta. 

Se modifica el punto tercero de la Cláusula Tercera del Convenio, al que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:

«"3. Mejora del abastecimiento de la Ciudad Autónoma de Melilla, Fase II Parte 1".

Presupuesto estimado de la obra: once millones quinientos cinco mil trescientos treinta y tres euros con catorce céntimos (11.505.333,14 euros).

Presupuesto estimado de la Asistencia Técnica a la Dirección de Obra. Doscientos sesenta y ocho mil ochenta euros con treinta y ocho céntimos (268.080,38 euros).

Presupuesto total inversión: once millones setecientos setenta y tres mil cuatrocientos trece euros con cincuenta y dos céntimos (11.773.413,52 euros).

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.105.452A. 611, se compromete a financiar la inversión mediante:

a) Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2021-2027; 2.277.256 euros que supone un 19,34 % de la inversión.

b) Fondos propios del Organismo; 9.496.157,52 euros que supone un 80,66 % de la inversión.

La parte de la financiación de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir correspondiente al POPE estará condicionada a que se haga efectiva la reasignación por parte de la Dirección General del Agua.

Las anualidades previstas para esta inversión son:

Año 2023, 572.400,45 euros

Año 2024, 6.182.607,21 euros

Año 2025, 5.018.405,86 euros.»

Sexta.

Se modifica la Cláusula Novena del Convenio a la que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:

«El presente Convenio será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el “Boletín Oficial del Estado”, según lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 citada, y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, coincidente con el plazo necesario para la realización de las inversiones en él contenidas, con posibilidad de prórroga en los términos previstos en la referida Ley 40/2015 y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La prórroga será acordada antes de que finalice el plazo de vigencia, por mutuo acuerdo de las partes, mediante la formalización de la correspondiente Adenda, previo cumplimiento de todos los trámites y requisitos que resulten exigibles de conformidad con las disposiciones aplicables.»

Séptima.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente Adenda, será de aplicación lo dispuesto en el Convenio suscrito por las partes con fecha 1 de junio de 2021 y en su Adenda primera de 25 de abril de 2022.

Octava.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad las partes suscriben electrónicamente la presente Adenda de modificación del Convenio, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.–Por la Ciudad Autónoma de Melilla, el Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Hassan Mohatar Maanan.–Por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., Joaquín Páez Landa.

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