Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a Squirrel Capital, SL, por la realización de compras de acciones de Vértice Trescientos Sesenta Grados, SA, durante el año 2020, incumpliendo la prohibición de operar en los treinta días previos a la publicación de información financiera se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 313 quater de la Ley del Mercado de Valores, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 3 de octubre de 2022 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:
– Imponer a Squirrel Capital, SL, por la comisión de una infracción grave prevista en el artículo 295.18 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 19.11 del Reglamento (UE) número 596/2014, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por realizar compras de acciones de Vértice Trescientos Sesenta Grados, SA, durante el año 2020, incumpliendo la prohibición de operar en los treinta días previos a la publicación de información financiera, multa por importe de 250.000 euros (doscientos cincuenta mil euros).
La resolución que impone la sanción citada es firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 14 de diciembre de 2022.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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