Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a Codere, SA, por el suministro a la Comisión Nacional del Mercado de Valores del informe financiero correspondiente al primer semestre de 2019, conteniendo información no veraz y engañosa en relación con los resultados de sus filiales en México, Colombia y Panamá, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 313 quater de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 29 de junio de 2022 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:
– Imponer a Codere, SA, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.2 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el suministro a la Comisión Nacional del Mercado de Valores del informe financiero correspondiente al primer semestre de 2019, conteniendo información falsa y engañosa en relación con los resultados de sus filiales en México, Colombia y Panamá, multa por importe de cien mil euros (100.000 €).
La resolución que impone la sanción citada es firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 14 de diciembre de 2022.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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