En virtud de lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que establece que los profesores titulares de escuela universitaria que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2007 posean el título de Doctor o lo obtengan posteriormente y se acrediten específicamente, según lo previsto en el artículo 57, accederán directamente al cuerpo de profesores titulares de universidad, en las plazas que estén ocupando.
A solicitud del interesado y una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos: poseer el título de doctor y estar acreditado al cuerpo de profesores titulares de universidad.
En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena,
Este Vicerrectorado resuelve:
Integrar a don Joaquín Francisco Roca González, con DNI número ***1017** funcionario del cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, en el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en su propia plaza, en el área de conocimiento de Tecnología Electrónica.
Para adquirir la condición de funcionario del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, el interesado deberá tomar posesión de su destino en el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Publíquese la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», notifíquese al interesado y comuníquese al Departamento de Automática, Ingeniería Eléctrica y Tecnología Electrónica, a la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la presente resolución pone fin a la vía administrativa y, al amparo del artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente resolución, o en su caso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente resolución.
Cartagena, 19 de diciembre de 2022.–El Rector, P.D. (Resolución de 21 de septiembre de 2020), el Vicerrector de Profesorado y Promoción Institucional, Luis Javier Lozano Blanco.
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