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Documento BOE-A-2022-24426

Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Santander y la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, de colaboración en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2022, páginas 193295 a 193298 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-24426

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P, el Excmo. Ayuntamiento de Santander y la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA han suscrito con fecha 14 diciembre de 2022 una adenda de modificación del convenio firmado el 17 de mayo de 2022 para la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 23 de diciembre de 2022.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., P.D. (Resolución de 24 de abril de 2019), la Gerente, María Boloqui Bastardés.

ANEXO
Adenda de modificación del convenio firmado el 17 de mayo de 2022 entre el Excmo. Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo M.P de colaboración en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de la Magdalena

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. doña Gema Igual Ortiz, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Santander (entidad con NIF P-3907500-G y domicilio social en Plaza del Ayuntamiento, s/n, 39002 Santander), en su calidad de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, cargo que ostenta desde su nombramiento y toma de posesión el 15 de junio de 2019, y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración del municipio de Santander, aprobado el 30 de septiembre de 2004.

De otra parte, doña Miriam Díaz Herrera, en nombre y representación de la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P. SA, anteriormente denominada Empresa Municipal Palacio de la Magdalena, SA de Santander (entidad con NIF A-39417084 y domicilio social en el Palacio de la Magdalena, avenida de la Magdalena, s/n, 39005 Santander), en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración de la misma y haciendo uso de los poderes que le fueron conferidos en Consejo de Administración celebrado el día 18 de julio de 2017, habiéndose elevado a público en escritura otorgada el día 20 de julio de 2017 ante el notario de Santander, don Iñigo Girón Sierra, bajo el número 1.704 de su protocolo y que constan inscritos en el Registro Mercantil de Santander, al tomo 1150, folio 186, hoja S-8560, inscripción 11.ª y que asevera vigentes.

Y de otra, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, M.P. (entidad con NIF Q-2818022-B y domicilio social en la calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.

Reconociéndose mutuamente las partes la capacidad legal suficiente para suscribir el presente documento

EXPONEN

I. Que tras la tramitación exigida en el ordenamiento jurídico, el Excmo. Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, M.P. (en adelante UIMP) firmaron el 17 de mayo de 2022 un convenio para colaborar en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena. Dicho convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 19 de mayo y publicado en el BOE el 30 de mayo. El convenio tiene una duración de cuatro años.

II. Que la cláusula cuarta del convenio, relativa a la cesión por parte de la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, a la UIMP del edificio del Palacio de La Magdalena, edificio de Caballerizas y edificio del Paraninfo como sede principal de sus actividades, establece en su apartado XIV que la UIMP asumirá, entre otros, los gastos de suministros (electricidad, agua, gas) durante el periodo de uso de las instalaciones por la UIMP (entre el 15 de junio y el 30 de septiembre de cada año).

Esa misma cláusula fija la cuantía máxima para cada anualidad de los compromisos económicos de la UIMP para los gastos de suministros que se abonarán a la Empresa Municipal Turismo de Santander, M.P., SA, siendo los importes máximos correspondientes al suministro de energía eléctrica los que se indican a continuación, para lo cual se aprobó y comprometió el correspondiente expediente de gasto plurianual por parte de la UIMP con cargo a la aplicación presupuestaria 33.101.322C.221.00:

2022: 54.390,00 euros.

2023: 56.402,43 euros.

2024: 57.417,67 euros.

2025: 58.278,94 euros.

III. Que con motivo del fuerte incremento que ha experimentado el precio de la energía eléctrica durante el año 2022, las partes han constatado que la previsión para este suministro que realizaron en el convenio ha quedado desfasada, siendo necesario proceder a su ajuste con el fin de que se pueda hacer frente a las facturaciones por este consumo. Asimismo, consideran conveniente actualizar también la cuantía máxima para este suministro en las anualidades siguientes.

En consecuencia, y de conformidad con la cláusula undécima del convenio y lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes unánimemente

ACUERDAN

Primero. Modificación del apartado XIV de la cláusula cuarta del convenio, en lo que se refiere al gasto máximo por suministro de energía eléctrica para 2022, 2023, 2024 y 2025.

Las partes acuerdan elevar el gasto máximo para el suministro de energía eléctrica hasta los importes que se indican a continuación:

2022: 76.320,75 euros.

2023: 79.144,62 euros.

2024: 80.569,22 euros.

2025: 81.777,76 euros.

Ello implica un gasto adicional para la UIMP de 91.323,31 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 33.101.322C.221.00, distribuido en las siguientes anualidades:

2022: 21.930,75 euros.

2023: 22.742,19 euros.

2024: 23.151,55 euros.

2025: 23.498,82 euros.

Por lo tanto, el cuadro con las cuantías máximas para cada anualidad de los compromisos económicos relativos a los gastos de mantenimiento, limpieza y suministros que abonará la UIMP a la Empresa Municipal Palacio de la Magdalena, SA que se incluye en el apartado XIV de la cláusula cuarta del convenio queda como sigue:

Denominación gasto Aplicación presupuestaria Cuantía máxima de gasto por anualidad

2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

Mantenimiento. 33.101.322C.212 125.625,12 130.273,25 132.618,17 134.607,44
Limpieza. 33.101.322C.227.00 27.748,81 28.775,52 29.293,48 29.732,88
Suministro agua. 33.101.322C.221.01 6.054,40 6.278,41 6.391,42 6.487,30
Suministro gas. 33.101.322C.221.02 9.151,99 9.490,61 9.661,44 9.806,37
Suministro energía eléctrica. 33.101.322C.221.00 76.320,75 79.144,62 80.569,22 81.777,76
  244.901,07 253.962,41 258.533,73 262.411,75
Segundo. Vigencia.

Una vez firmada, la presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. La adenda deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Su vigencia finalizará una vez concluida la vigencia del convenio firmado el 17 de mayo de 2022.

Tercero. Incorporación al convenio.

La presente adenda se firma para su incorporación al convenio suscrito el 17 de mayo de 2022 entre las partes, como parte inseparable del mismo, el cual mantendrá su efectividad en todo lo no modificado por la misma.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del convenio la del último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, M.P., Carlos Andradas Heranz, 9 de diciembre de 2022.–Por la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, Miriam Díaz Herrera, 12 de diciembre de 2022.–Por el Excmo. Ayuntamiento de Santander, Gema Igual Ortiz, 14 de diciembre de 2022.

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