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Documento BOE-A-2022-3197

Acuerdo 22/2022, de 17 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el edificio del Ayuntamiento, en Puebla de Sanabria (Zamora), bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2022, páginas 23784 a 23786 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2022-3197

TEXTO ORIGINAL

Se trata de un singular ejemplo de arquitectura civil que sigue los modelos de casa consistorial desarrollados desde la época de los Reyes Católicos, aunque el grueso de su fábrica parece responder a los siglos XVIII y XIX. Ubicado en la plaza Mayor de la Villa, conforma un espacio patrimonial de gran interés junto a otros bienes de interés cultural como la Iglesia de Santa María del Azogue y el Castillo.

La entonces Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 29 de junio de 1983, acordó incoar procedimiento de declaración del edificio del Ayuntamiento, en Puebla de Sanabria (Zamora), como monumento histórico-artístico.

Retomado el expediente para su resolución, y elaborada una propuesta adecuada a la realidad actual del bien, se procede a continuar la tramitación del expediente como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, cumplimentando los trámites necesarios para su resolución.

La IE Universidad con fecha de 26 de noviembre de 2021 y el Instituto de Estudios Zamoranos «Florián de Ocampo» con fecha de 12 de enero de 2022, emiten informe favorable a la declaración.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, no se presentan alegaciones.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, el titular de la Consejería de Cultura y Turismo ha propuesto declarar el edificio del Ayuntamiento, en Puebla de Sanabria (Zamora), como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación, supliendo por vacante al titular de la Consejería de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 17 de febrero de 2022, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.

Declarar el edificio del Ayuntamiento, en Puebla de Sanabria (Zamora), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente Acuerdo.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por la declaración:

El punto de inicio de la delimitación se encuentra en la plaza Mayor, en la esquina sureste del edificio sito en el número 10 (parcela 03 de la manzana catastral 58875), continua en el sentido de las agujas del reloj hasta el vértice noroeste de la Iglesia de Santa María del Azogue (parcela 02, manzana 59873), incluyéndola en su totalidad.

El perímetro sigue su recorrido incluyendo las siguientes parcelas catastrales: 01, 02 y 03 de la manzana catastral 59878; 01, 02 y 08 de la manzana 59871; 01, 02, 03, 04, 05 y 07 de la manzana catastral 58876; y las parcelas 01, 02 y 03 de la manzana 58875 donde une con el punto de inicio de esta delimitación del entorno de protección.

Motivación: Atendiendo a la ubicación del monumento dentro del conjunto histórico de Puebla de Sanabria y dentro del área de influencia de otros monumentos del conjunto, se delimita un entorno de protección configurado por el conjunto de parcelas con fachada al monumento, entorno de protección mínimo en el que cualquier intervención que se realice pueda suponer un menoscabo en los valores que concurren en el monumento.

El entorno de protección es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

Valladolid, 17 de febrero de 2022.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco. El Consejero de Cultura y Turismo, P.S. (Acuerdo 20/2021, de 20 de diciembre del Presidente de la Junta de Castilla y León), la Consejera de Educación, Rocío Lucas Navas.

ANEXO
Ayuntamiento de Puebla de Sanabria

Puebla de Sanabria es una villa ubicada en el extremo noroccidental de la provincia de Zamora, asentada sobre un llano en la cima de una encrespada mole de roca, en un emplazamiento estratégico desde el que domina todo el valle, lo que determina la importancia de la Villa y su papel defensivo a partir de la Edad Media.

Declarada Conjunto Histórico por Decreto de 11 de marzo de 1994, la Villa conserva un interesante conjunto de arquitectura civil, entre el que destaca el edificio del Ayuntamiento.

Ubicado en la plaza Mayor de la Villa, el Ayuntamiento de Puebla de Sanabria conforma un espacio patrimonial de gran interés, junto a otros bienes de interés cultural como la Iglesia de Santa María del Azogue y el Castillo.

Se trata de un singular ejemplo de arquitectura civil que sigue los modelos de casa consistorial desarrollados desde la época de los Reyes Católicos, por lo que algunos autores lo datan en el siglo XV o XVI, aunque el grueso de su fábrica parece responder a los siglos XVIII y XIX. De planta rectangular, presenta dos alturas en la fachada principal hacia la plaza Mayor y media planta mas en las fachadas laterales para ajustarse a la fuerte pendiente de la rúa en su descenso hacia el núcleo de la villa.

El edificio está construido en mampostería, reservando los sillares en los refuerzos de ángulos y esquinas, y especialmente en la fachada principal, caracterizada por un granito más claro que produce un interesante contraste cromático con el resto.

La fachada presenta un orden armónico siguiendo cánones clasicistas, con un porche en la planta baja, en el que se abren tres amplios arcos de medio punto y columnas dóricas; sobre él, repitiendo el esquema y delimitado por una amplia moldura, se sitúa una galería porticada con cuatro arcos.

Los extremos de la fachada rematan con torrecillas gemelas de tres cuerpos separados por impostas y remarcados los paños ciegos con un somero rebaje dando las formas triangulares, cuadradas y curvas, rematando el conjunto con chapiteles piramidales y bolas. La cubierta es de pizarra de lajas irregulares, a la manera tradicional.

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