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Documento BOE-A-2022-3660

Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Maceda, para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense).

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2022, páginas 27561 a 27563 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-3660

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001», otorgada el 25 de febrero de 2022, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 3 de marzo de 2022.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, don Rubén Quintas Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Maceda, nombrado en el Pleno extraordinario de 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

EXPONEN

I. Que en fecha 9 de abril de 2021 (BOE número 94, de 20 de abril de 2021) se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001, con una duración de 4 años y un plazo de ejecución previsto hasta el 31 de diciembre de 2023.

II. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las aportaciones económicas para la buena marcha y ejecución del Convenio.

III. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

IV. Que según lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la tramitación de esta adenda le resultan de aplicación las medidas de agilización en la tramitación previstas en el artículo 59 citado Real Decreto.

V. Que por todo lo expuesto, procede modificar el Convenio original; esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

El objeto de la presente Adenda es reajustar el importe de las anualidades previstas en el anexo I del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Maceda para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense), actuación cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020. PdM Miño-Sil ALXG0SBET29UR2001, otorgado el 9 de abril de 2021.

Segunda. Modificación del anexo I anualidades previstas.

Se modifica el anexo I del siguiente modo:

Administración

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

Total

Euros

CHMS, O.A. 69.962,53 1.842.078,09 107.959,38 2.020.000,00
Ayuntamiento de Maceda. 6.926,98 57.921,91 135.151,11 200.000,00
  Total. 76.889,51 1.900.000,00 243.110,49 2.220.000,00
Tercera. Eficacia.

La presente Adenda modificativa resultará eficaz tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre; adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial de Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Maceda, Rubén Quintas Rodríguez.

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