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Documento BOE-A-2022-3666

Acuerdo 24/2022, de 24 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se declaran las ruinas del Palacio Medieval, en Laguna de Contreras (Segovia), bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2022, páginas 27624 a 27626 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2022-3666

TEXTO ORIGINAL

Las ruinas del Palacio Medieval en Laguna de Contreras constituyen un relevante ejemplo de arquitectura civil medieval que sitúa sus orígenes en el siglo XIII. Se trata de un conjunto compuesto por restos de una fortificación con cerca almenada y sendas torres, así como parte de su antigua iglesia, Capilla de las Ánimas, junto a la que se extiende el Palacio de los Contreras, palacio barroco adyacente a la muralla. El conjunto se encuentra muy modificado en los siglos XVII y XVIII y sobre todo en el siglo XX.

La entonces Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 13 de mayo de 1983, acordó incoar procedimiento de declaración de las ruinas del Palacio Medieval, en Laguna de Contreras (Segovia), como monumento histórico-artístico.

Retomado el expediente para su resolución, y elaborada una propuesta adecuada a la realidad actual del bien, se procede a continuar la tramitación del expediente como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, cumplimentando los trámites necesarios para su resolución.

La I.E. Universidad, con fecha de 27 de enero de 2022, y la Real Academia de Historia y Arte de San Quirce, con fecha de 23 de diciembre de 2021, emiten informe favorable a la declaración.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, no se presentan alegaciones.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, el titular de la Consejería de Cultura y Turismo ha propuesto declarar las ruinas del Palacio Medieval, en Laguna de Contreras (Segovia), como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación, supliendo por vacante al titular de la Consejería de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 24 de febrero de 2022, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.

Declarar las ruinas del Palacio Medieval, en Laguna de Contreras (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente Acuerdo.

Segundo.

Delimitar el entorno de protección:

El punto de inicio de la delimitación del entorno de protección se encuentra en el vértice oeste de la vivienda sita en el número 1 de la Calle La Iglesia, parcela 12 del polígono catastral 42439.

Desde este punto y en el sentido de las agujas del reloj, sigue el perímetro que forman los límites de las parcelas catastrales 12, 11, 10 y 09 del polígono 42439; 13, 12, 11, 10, 09, 07 y 06 del polígono 43432; 16, 15, 14, 13, 12, 11, 10, 09, 08, 07, y 06 del polígono 42429, para a continuación cruzar la calle Cava y rodear en su totalidad la manzana catastral 42423, donde se ubican el Palacio y la Iglesia, hasta unir con el punto de inicio de esta delimitación.

MOTIVACIÓN

El área de protección descrita, constituye un entorno visual y ambiental inmediato dentro de la trama urbana en la que se inserta el Palacio-Fortaleza, por lo que cualquier intervención que modifique el volumen, la tipología, la morfología y el cromatismo y que se realice en este entorno podría suponer una alteración en las condiciones de percepción del bien o del propio carácter del espacio urbano.

El entorno de protección es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

Valladolid, 24 de febrero de 2022.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura y Turismo, P.S. (Acuerdo 20/2021, de 20 de diciembre del Presidente de la Junta de Castilla y León), La Consejera de Educación, Rocío Lucas Navas.

ANEXO
Ruinas del palacio medieval en Laguna de Contreras (Segovia)

Laguna de Contreras se sitúa en la cuenca del río Duratón, comarca privilegiada en la arqueología e historia segoviana.

El Palacio fortificación de Laguna de Contreras, que se levanta en la margen derecha del arroyo de la Hoz, constituye un bien relevante del patrimonio cultural como palacio-fuerte cisterciense del siglo XIII, único ejemplo de arquitectura civil del estilo Císter en la provincia de Segovia.

En 1130 Alfonso VII el Emperador concedió al obispo don Pedro «ecclesiam beati Petri de Revenga cum ea villa que justa est sita Lagunellas», las áreas húmedas de las conocidas como Lagunillas y los límites de su territorio con sus montañas, prados y fuentes, solares, molinos, pescados y árboles frutales, así como los terrenos áridos, que es la actual villa de Laguna de Contreras. Se incluía en la confirmación de la cesión la iglesia de San Pedro el Vengador con casa de campo y monasterio.

Lagunillas contaba con un concejo y una fortaleza en el centro, gobernada ésta por un alcaide. Ambos cargos, civil y militar, eran nombrados por el obispo, señor de la villa. Gracias al proceso de toma de soberanía por el cabildo catedral con ocasión de sede vacante conocemos algo de la fortaleza que ha llegado en ruinas a nuestros días.

En poder de la mitra segoviana permanecería hasta finales del siglo XVI en que pasaría a manos de la familia Suárez de la Concha. En 1623 ya consta el título de Vizconde de Laguna de Contreras, que ha dado lugar a su actual denominación.

Se trata de un conjunto compuesto de restos de una fortaleza y capilla, rodeado en origen por una cerca de mampostería y tapial de planta rectangular que en la actualidad se encuentra casi desaparecida. En el siglo XVIII se construyó la iglesia dedicada a la Asunción de Nuestra Señora que no forma parte de la fortaleza pero se encuentra en sus inmediaciones.

La documentación del siglo XVI permite recrear a grandes rasgos el aspecto de la fortaleza en aquel momento. Constaba de una cerca construida de piedra y tapial, provista de camino de ronda y almenas. En una esquina había una garita. La cerca encerraba un espacio rectangular, con los lados cortos a saliente y poniente. La puerta se abría al este y en la parte alta había unas camarillas.

Vecina a la puerta estaba la iglesia y adosada una torre, con pisos de madera, escalera del mismo material y suelos de barro. Una segunda torre estaba en el lado opuesto. De ella se dice que era de cal y canto, con los suelos igualmente de barro.

Varias cámaras, una de ellas con chimenea, componían la «casa» de la fortaleza. Complementaban ésta las trojes y los establos. A poniente se encontraba una amplia huerta, delimitada por los lados norte, sur y occidental por una muralla almenada.

En la actualidad este conjunto, que ha sido objeto de diversas intervenciones de adaptación a un uso residencial con viviendas privadas, se encuentra muy modificado conservándose los restos de la cerca o muralla, de mampostería en la parte baja, tres o cuatro metros, y de tapial en la parte alta, con curiosas almenas. La puerta de ingreso se abre mediante arco rebajado resultado de una reforma del siglo XVI. Hacia la derecha sobresale el ábside cuadrado de la iglesia.

Entre los edificios singulares que conforman este conjunto, destaca la antigua iglesia que hoy se la conoce como Capilla de las Ánimas, de la que solo resta el ábside y el arranque de las paredes laterales. El ábside es una estructura rectangular, que arranca de un arco doblado y apuntado de sillería. Al interior, la bóveda de lajas y medio cañón apuntado puede fecharse en el siglo XIII. La cornisa sobre la que apoya, biselada, y los sencillos canecillos del exterior, sin ninguna decoración figurada, corroboran la data.

La casona de los Contreras se extiende a lo largo de buena parte de la muralla meridional, desde el punto en que comenzaba la huerta hasta casi el ángulo noroeste de la misma. Se aprovechó la muralla en toda su altura. Consta de dos plantas, la planta baja de mampostería y la alta de tapial. En ésta se abren tres grandes ventanales, con dinteles de ladrillo y sobresalientes rejas, que conservan la carpintería antigua. En la planta baja se han abierto algunas ventanas y una puerta. La fachada hacia el interior del recinto de mampostería con los huecos recercados de ladrillo, se levantó por completo en el siglo XVII.

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