Vista la propuesta efectuada por don Tomás Aguilera Lorenzo, en representación de Vendimar, SL con CIF: B80965957 y domicilio social en calle Mónaco, n.º 33. Pol. Ind. Europolis. Las Rozas (Madrid), sobre la «Bolsa de traslado de cadáveres en ataúd ECO CANVAS-100».
Considerando lo previsto en el artículo 40.b.3 del Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, en el que se especifica que la caja interior de los féretros especiales de traslado podrá ser de cualquier otro tipo de construcción, previamente aprobado por la extinta Dirección General de Sanidad, y para que sirva de notificación a los interesados,
Esta Dirección General de Salud Pública resuelve:
Aprobar la «Bolsa de traslado de cadáveres en ataúd ECO CANVAS-100» para su uso como caja interior de los féretros especiales de traslado internacional, puesto que cumple con todas las características técnicas sanitarias de estanqueidad y resistencia a la presión de los gases en su interior, así como la posibilidad de aplicar dispositivos de filtrado y depuración de los gases para equilibrar la presión interior y exterior.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria de Estado de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 24 de febrero de 2022.–La Directora General de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga.
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