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Documento BOE-A-2022-3903

Resolución de 8 de marzo de 2022, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se conceden los Premios Reina Letizia 2021, de Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2022, páginas 29654 a 29655 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2022-3903

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, se convocaron los Premios Reina Letizia 2021, de Promoción de la Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad, tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a tres años, por empresas que hayan implantado políticas innovadoras de inclusión laboral de las personas con discapacidad.

El artículo 10 de la Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de los Premios Reina Letizia, dispone que el jurado de cada una de las categorías, valorará las candidaturas y emitirá un informe, en el que se concretará el resultado de la valoración y la propuesta de concesión del premio, remitiéndolo al órgano instructor, quien formulará la propuesta de resolución, que remitirá al órgano competente para la resolución.

En consecuencia,

El Secretario General, vista la propuesta formulada por el órgano instructor del expediente, el informe del Jurado de los Premios, ha resuelto:

Primero.

Otorgar los Premios Reina Letizia 2021 de Promoción de la Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad a la siguiente candidatura, según las categorías establecidas en el apartado 2 de la Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convocan los Premios:

Reina Letizia, de Investigación, el Jurado acuerda adoptar el siguiente fallo:

Declarar desierta la modalidad de Premios Reina Letizia 2021 de Promoción de la Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad.

El motivo de este fallo es que la candidatura presentada no ha alcanzado la calidad y compromiso requeridos por la convocatoria.

Segundo.

Proceder a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.5 de la Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad.

También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de publicación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 8 de marzo de 2022.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

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