Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-3988

Resolución de 8 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Casual Robots, SL, para incrementar las capacidades y automatizar la actuación de los especialistas Tedax-NRBQ, desarrollando una plataforma robótica dotada de inteligencia artificial.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2022, páginas 30663 a 30667 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2022-3988

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 2 de marzo de 2022 el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Policía) y Casual Robots, S.L., con el objeto de incrementar las capacidades y automatizar la actuación de los especialistas Tedax-NRBQ, desarrollando una plataforma robótica dotada de inteligencia artificial, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución,

Madrid, 8 de marzo de 2022.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Policía) y Casual Robots, S.L., con el objeto de incrementar las capacidades y automatizar la actuación de los especialistas Tedax-NRBQ, desarrollando una plataforma robótica dotada de inteligencia artificial

A 2 de marzo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de lo previsto en el artículo 62.2. g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y con domicilio a efectos de notificaciones del presente convenio en la Calle Amador de los Ríos 2, 28071 de Madrid.

De otra parte, Casual Robots, S.L., con número de identificación fiscal B-87891495, con domicilio social en la Calle Lope de Rueda 17, 3.º D, 28009 de Madrid, representada en este acto por don Pablo Medrano de Arriba, mayor de edad, y mismo domicilio, haciendo uso de las facultades que se le tienen conferidas en escritura otorgada ante el Notario de Madrid, don Gregorio Javier Sierra Martínez, el 1 de agosto de 2017, con el número 2017/2969 de su protocolo, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que la Dirección General de la Policía, dependiente del Ministerio del Interior, es la principal responsable de la vigilancia policial de todas las capitales de provincia y núcleos urbanos que el Gobierno determine. Se encarga, entre otros, a través de sus numerosas especialidades, de investigaciones penales, judiciales, terroristas y asuntos sobre orden público y extranjería.

La Especialidad TEDAX-NRBQ tiene entre sus misiones, intervenir y actuar ante la presencia y detección de supuestos artefactos explosivos e incendiarios y todo tipo de agentes NRBQ, así como la recogida, transporte, análisis e investigación de los mecanismos, elementos y restos de dichos artefactos y de las sustancias o agentes.

Entre sus funciones están:

Técnico operativas:

– Intervenir ante la presencia de artefactos explosivos o agentes NRBQ.

– Apoyo técnico en investigaciones de hechos en que se hayan utilizado artefactos explosivos o agentes NRBQ.

Investigación y desarrollo:

– Diseño de nuevos medios materiales de desactivación e intervención NRBQ.

– Evaluación permanente y perfeccionamiento de los procedimientos.

Cooperación docentes:

– Formación de nuevos especialistas.

– Actualización y especialización permanente.

– Intercambio de conocimientos y de técnicas en los ámbitos nacional e internacional

Segundo.

Casual Robots es una empresa especializada en robótica de consumo aplicada a empresas, con un desarrollo global de contenidos en robótica profesional con incorporación en los mismos de inteligencia artificial y soluciones inmediatas y a medida del cliente.

Tercero.

De acuerdo a lo anterior, Casual Robots actualmente comercializa una gama de productos bajo su propia marca y con soluciones a medida.

Cuarto.

La Dirección General de la Policía y Casual Robots tienen intención de iniciar una colaboración para trabajar en el terreno de la Desactivación de Explosivos y Agentes NRBQ que incrementen las capacidades actuales de la Dirección General de la Policía, con el objetivo de automatizar en lo posible la actuación de los especialistas TEDAX-NRBQ en aquellos escenarios que por sus características se presenten como incompatibles para la actividad humana, reduciendo de esta forma el riesgo inherente aparejado en este tipo de amenazas.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este convenio es iniciar una colaboración en el terreno de la Desactivación de Explosivos y Agentes NRBQ que incrementen las capacidades actuales de Dirección General de la Policía, con el objetivo de automatizar en lo posible la actuación de los especialistas TEDAX-NRBQ en aquellos escenarios que por sus características se presenten como incompatibles para la actividad humana, reduciendo de esta forma el riesgo inherente aparejado en este tipo de amenazas.

Segunda. Compromisos de las Partes.

Por parte de la Dirección General de la Policía:

a.  Realizar acciones conjuntas de análisis y evaluación de tecnologías que puedan servir como base para la especificación y desarrollo de futuros productos o soluciones de interés para la empresa Casual Robots, S.L., en la consecución de los fines objetivo del convenio.

b. Custodiar, como si de sus propios medios se tratase, todo el material prestado por la empresa Casual Robots, S.L., para la consecución de los fines objetivo del convenio.

c. Devolver, a la mayor brevedad posible, todo el material prestado por la empresa Casual Robots, S.L., para la consecución de los fines objetivo del convenio.

d. Apoyar a la empresa Casual Robots, S.L., siempre que la acción lo requiera y exista disponibilidad, ofreciendo el soporte requerido para la consecución de los fines objetivo del convenio.

Por parte de Casual Robots, S.L.:

a. Realizar acciones conjuntas de análisis y evaluación de tecnologías que puedan servir como base para la especificación y desarrollo de futuros productos o soluciones de interés para la Dirección General de la Policía en la consecución de los fines objetivo del convenio.

b. Poner a disposición de la Dirección General de la Policía de forma temporal, siempre que la acción lo requiera y exista disponibilidad, prototipos o equipos de demo para la consecución de los fines objetivo del convenio.

c. Apoyar a la Dirección General de la Policía, siempre que la acción lo requiera y exista disponibilidad, ofreciendo el soporte requerido para la consecución de los fines objetivo del convenio.

Tercera. Incumplimiento de obligaciones y compromisos asumidos.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente convenio, no generará indemnización entre las partes, al tratarse de un acuerdo que no genera obligación económica alguna.

Cuarta. Financiación.

Las actuaciones previstas en el presente Convenio no generarán gasto ni darán lugar a contraprestación financiera alguna entre las partes firmantes, por lo que no presenta impacto económico cuantificable.

Quinta. Comisión Mixta de seguimiento.

Se crea una comisión de seguimiento, encargada de velar por el exacto cumplimiento de lo establecido en el presente convenio y resolver los problemas de interpretación y las incidencias que puedan plantearse en el mismo. Para la ejecución de este Convenio, así como para resolver las posibles divergencias que pudieran surgir en la interpretación de sus términos, y con el fin de estimular y coordinar las actuaciones de las partes, se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento integrada paritariamente por cuatro (4) miembros (dos (2) en representación de cada una de las partes). Asimismo, podrán asistir a las reuniones de esta Comisión los expertos que se designen en cada caso por las partes, necesarios para el mejor desarrollo de los correspondientes trabajos.

Los puntos de contacto a efectos de recepción y envío de notificaciones en relación con el convenio, serán los siguientes:

Dirección General de la Policía:

Dirección: Calle Julián González Segador s/n.

C.P.: 28043 Madrid.

Tel: +34 91 582 2677 / 2691 / 2673

E-mail: tedax.nrbq@policia.es

Casual Robots:

Dirección: Calle Lope de Rueda 17, 3.º D.

C.P.: 28009 Madrid.

Tel: +34 91 037 8527 / +34 654 192 190

E-mail: info@casualrobots.com

La Comisión se reunirá con carácter ordinario o extraordinario, al menos una (1) vez al año en sesión ordinaria y a la solicitud de cualquiera de las partes con carácter extraordinario. Se levantará acta al final de las reuniones, en la que se reflejen de manera escrita y detallada los acuerdos adoptados por sus miembros.

El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se adecuará a lo dispuesto para los órganos colegiados en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Vínculo contractual.

El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del mismo.

Séptima. Protección de Datos.

Si durante la ejecución del presente convenio las partes tratasen datos de carácter personal, éstas se obligan al cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; y, en lo que le sea de aplicación, la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

Octava. Confidencialidad de la información.

La Dirección General de la Policía y la Empresa Robótica «Casual Robots», se comprometerán a mantener el secreto de todos los datos e informaciones facilitados por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente convenio, debiendo ambos mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, total o parcialmente, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del mismo, salvo en los casos y mediante la forma legalmente previstos.

Novena. Régimen de modificación del convenio.

La modificación del contenido del convenio requerirá el acuerdo unánime de los firmantes. Cualquier modificación, resolución o prórroga del presente convenio será inscrita igualmente en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Décima. Vigencia.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz una vez sea inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, serán publicados en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, en el Boletín Oficial del Estado; teniendo una duración de cuatro (4) años, pudiendo acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales o su extinción.

La prórroga del convenio será igualmente comunicada en el plazo de cinco días desde que ocurra el hecho inscribible, al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

Undécima. Naturaleza Jurídica y Legislación aplicable.

Este convenio queda sometido al régimen jurídico de los convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo naturaleza administrativa.

Duodécima. Resolución de conflictos y Jurisdicción competente.

Las dudas o controversia que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por conciliación en la Comisión Mixta de Seguimiento, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Decimotercera. Causas de extinción.

Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimocuarta. Publicidad.

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente convenio electrónicamente, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–Por Casual Robots, Pablo Medrano de Arriba.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid