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Documento BOE-A-2022-4647

Resolución de 9 de marzo de 2022, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales, turnos libre, restringido y de discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2022, páginas 37952 a 37966 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2022-4647

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.8 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en su reunión conjunta de 21 de septiembre de 2021, acordaron la convocatoria de oposición para proveer diez plazas del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales, dotadas con las retribuciones establecidas en el Presupuesto de las Cortes Generales. Igualmente acordaron delegar en las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado la aprobación de las bases de la convocatoria.

De dichas plazas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reservan tres para su provisión por turno restringido entre personal funcionario de otros Cuerpos de las Cortes Generales que estén en posesión de la titulación a que se refiere la base Segunda, punto 1.b) de la presente convocatoria. Las plazas que no se cubran por este turno incrementarán el turno libre.

Asimismo, del total de las plazas convocadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva una para ser cubierta por personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que reúnan los requisitos de la presente convocatoria, superen las pruebas selectivas y, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En caso de que dicha plaza no se cubriera por este turno, incrementará el turno libre.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el I Plan de Igualdad de las Cortes Generales, aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2020, y se ajustará a las siguientes bases:

Primera. Tribunal.

1. El Tribunal calificador será nombrado por las Mesas de ambas Cámaras o, por delegación de estas, por las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado. En la composición del Tribunal se promoverá la presencia equilibrada de hombres y mujeres, estando compuesto de la siguiente forma:

Presidencia:

Un Secretario o Secretaria de la Mesa del Congreso de los Diputados o del Senado.

Vocales:

Un miembro del Congreso de los Diputados o del Senado.

El Secretario General del Congreso de los Diputados o el Letrado Mayor del Senado o, a propuesta del Letrado Mayor de las Cortes Generales, quien ostente la titularidad de alguno de los siguientes centros directivos: Secretaría General Adjunta o Dirección de Asistencia Técnico-Parlamentaria del Congreso de los Diputados o del Senado.

Quien ostente la titularidad de la Jefatura de Departamento de Redacción del Diario de Sesiones de la Dirección de Asistencia Técnico–Parlamentaria de la Secretaría General del Congreso de los Diputados o del Senado.

Secretaría:

Un miembro del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales que ocupe plaza de Redactor o Redactora.

Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado podrán efectuar la designación también, o delegarla en las Presidencias de las Cámaras, de los miembros del Tribunal, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, cuando menos, de tres de sus miembros. Las decisiones relativas a la tramitación del procedimiento se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad de la Presidencia del Tribunal.

2. Los miembros del Tribunal deberán firmar una declaración en la que manifiesten que no concurre ninguna de las causas de abstención previstas en la Tercera de las Normas sobre composición y funcionamiento de los Tribunales calificadores de los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos de funcionarios de las Cortes Generales. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal en los términos previstos en la citada norma Tercera.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Segunda de las Normas sobre composición y funcionamiento de los Tribunales calificadores de las pruebas selectivas para el acceso a los Cuerpos de funcionarios de las Cortes Generales, el nombramiento de nuevos miembros para sustituir a aquellos cuya abstención, recusación o renuncia sea efectiva, solo tendrá lugar si se produce antes de la celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas. A partir de entonces el nombramiento de nuevos miembros solo procederá si resultara imposible el quórum necesario para el funcionamiento válido del Tribunal.

3. El Tribunal podrá asesorarse de personas expertas en lingüística, así como de personas expertas en idiomas extranjeros, que tendrán voz, pero no voto, en los ejercicios correspondientes a su especialidad. Podrá también el Tribunal recabar el apoyo del personal auxiliar y colaborador que se determine.

4. El Tribunal actuará con sujeción a lo dispuesto en las Normas sobre composición y funcionamiento de los Tribunales calificadores de las pruebas selectivas para el acceso a los Cuerpos de funcionarios de las Cortes Generales aprobadas por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en su reunión conjunta del día 8 de abril de 1991 («Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Cortes Generales, serie B, n.º 7, de 26 de abril de 1991), modificadas por acuerdo de ambas Mesas en reunión conjunta del día 20 de mayo de 2004 («Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Cortes Generales, serie B, n.º 15, de 29 de junio de 2004), y de conformidad con las bases de esta convocatoria. Supletoriamente serán de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5. El Tribunal se regirá en sus actuaciones por los principios de publicidad, transparencia e imparcialidad y, de acuerdo con los artículos 14 y 23.2 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento de los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen el acceso a la función pública y, en particular, del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, de acuerdo con lo establecido en el I Plan de igualdad de las Cortes Generales, aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2020. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en su solicitud, participar en el proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

6. El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como para la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas.

Segunda. Requisitos para concurrir.

1. Para tomar parte en la oposición será necesario, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.2 y 10.4 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los requisitos siguientes, que deberán cumplirse en el momento en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión:

a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.

b) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario u otro equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Quienes concurran con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

c) No hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

d) Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño de las funciones correspondientes.

2. Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que cualquier aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o de la documentación aportada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales, podrá acordar la exclusión de dicha persona una vez evacuado el correspondiente trámite de audiencia.

Tercera. Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes para tomar parte en la oposición se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La solicitud deberá presentarse por vía electrónica, a través de la página web del Congreso de los Diputados (www.congreso.es) o del Senado (www.senado.es). La presentación por esta vía permitirá cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud, anexar documentos y realizar el registro electrónico de la solicitud. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación electrónica de la solicitud, se estará a lo que se establece en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En dicha solicitud se consignarán el nombre y dos apellidos, número de documento nacional de identidad, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, correo electrónico y título exigido en la presente convocatoria con su denominación oficial completa y centro que lo expidió, la opción de idiomas, en su caso, de acuerdo con lo señalado en la base Octava, apartado 5, así como el turno libre, restringido o de discapacidad por el que se opte.

Asimismo, se hará declaración expresa de reunir todos y cada uno de los requisitos que se señalan en la base Segunda de la convocatoria y de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del nombramiento.

Cada aspirante únicamente podrá presentarse por uno de los turnos: libre, restringido o de discapacidad. La contravención de esta norma supondrá la exclusión, en todos los turnos solicitados, de quienes no la hayan observado.

Cuarta. Aspirantes con grado de discapacidad.

1. Quienes tengan reconocido legalmente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento y deseen participar en las pruebas selectivas por el turno de discapacidad, deberán hacerlo constar así en la solicitud, acompañando el certificado acreditativo de dicha circunstancia.

2. En el supuesto de aspirantes que, habiéndose presentado por el turno de discapacidad, superasen los ejercicios correspondientes pero no obtuvieran plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por aspirantes al turno libre, se incluirán por su orden de puntuación en dicho turno.

3. Con independencia de que opten o no al turno de discapacidad, quienes participen en la convocatoria y, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las adaptaciones de tiempo o medios oportunas, debiendo reflejar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Con el fin de que el Tribunal pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, se deberá aportar, junto con la solicitud, dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de las instancias técnicas competentes.

Quinta. Abono de derechos de examen.

1. Para participar en la convocatoria se debe abonar mediante transferencia bancaria la cantidad de 15 euros en concepto de derechos de examen:

En el caso de clientes de CaixaBank (línea abierta clientes): Cuentas>Transferencias>Otros pagos>Pagos a terceros y a empresas>A una Entidad (pagos a terceros)>Código Entidad 0661553.

En el caso de transferencias realizadas desde entidades distintas a CaixaBank, se realizará la transferencia a la cuenta de CaixaBank número ES58 2100 5731 7202 0027 8586, abierta a nombre de las Cortes Generales.

En el justificante de realización de la transferencia, cuya copia se ha de unir a la solicitud, deberá figurar en el concepto, necesariamente, la indicación «RTECG«, así como el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad del aspirante.

2. Estarán exentas del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de dicha discapacidad.

b) Las personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo Estatal, que acrediten un periodo mínimo ininterrumpido de seis meses en situación de desempleo, inmediatamente anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento de dicho pago determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso el pago de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud para participar en el proceso selectivo.

4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a los aspirantes ni en caso de no presentarse a los ejercicios.

Sexta. Admisión de aspirantes.

1. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes y a la vista de las presentadas, el Tribunal hará pública en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», y en las páginas web de las Cámaras, la Resolución por la que se aprueben las relaciones provisionales de admitidos y excluidos, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso.

En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», podrán presentarse reclamaciones a la citada relación o subsanarse los defectos en que se haya incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión u omisión. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición de la persona interesada.

2. Transcurrido el plazo de subsanación, el Tribunal hará pública en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», y en las páginas web de cada Cámara, la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de admitidos y excluidos al proceso selectivo.

3. Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española, y la identificación se hará mediante nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

4. De acuerdo con lo establecido en el apartado primero del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales» y en las páginas web de las Cámaras, surtirá los efectos de la notificación.

Séptima. Embarazo de riesgo o parto.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de aquellas tendrá lugar antes de la publicación de la relación de aspirantes que han superado la oposición.

Octava. Estructura, desarrollo y calificación de los ejercicios.

1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de septiembre de 2022. El lugar, fecha y hora que se señalen para la iniciación de las pruebas se harán públicos en la misma Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales» y en la página web de cada Cámara, con quince días hábiles de antelación como mínimo.

2. Una vez comenzada la oposición, los sucesivos anuncios se harán públicos por el Tribunal en las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica, el Tribunal publicará, con anterioridad a la realización de los ejercicios, las instrucciones que sea necesario conocer y, en su caso, los criterios de corrección, valoración y superación de los mismos que sea necesario aplicar y que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Al concluir cada ejercicio se publicará en la página web de cada Cámara la relación de aspirantes que lo hayan aprobado, con indicación de la puntuación obtenida, así como la convocatoria del siguiente ejercicio.

3. El orden de actuación viene establecido por el resultado del sorteo público celebrado para determinar el orden de actuación de aspirantes en los procesos selectivos convocados o que se convoquen durante los años 2022 y 2023 en el ámbito de las Cortes Generales, cuya Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 48, de 25 de febrero de 2022. Conforme al resultado de dicho sorteo, el orden de actuación de los aspirantes al presente proceso selectivo se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Q». En el caso de que no existiera ningún aspirante cuyo apellido comenzara por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «R», y así sucesivamente.

4. Los aspirantes serán convocados para la celebración de los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, sin perjuicio de lo dispuesto en la base Séptima.

5. La oposición constará de los cinco ejercicios siguientes, siendo los cuatro primeros eliminatorios y el quinto optativo, y se podrán realizar simultáneamente para los turnos libre, restringido y de discapacidad:

Primer ejercicio. Contestación por escrito durante un tiempo máximo de hora y media de un cuestionario de cien preguntas con respuestas alternativas, de las cuales solo una es correcta.

Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se incluye en el bloque II. Ortografía y gramática, del anexo.

En el cuestionario figurarán cinco preguntas adicionales de reserva.

Los aspirantes podrán llevarse copia de sus ejercicios.

En un plazo máximo de tres días naturales desde la celebración del ejercicio se publicarán en las páginas web de las Cámaras el cuestionario de preguntas y las respuestas correctas, y se abrirá un plazo de cinco días hábiles para que puedan presentarse ante el Tribunal reclamaciones o impugnaciones de las preguntas.

Si como consecuencia de las reclamaciones se anulasen preguntas, se valorarán tantas preguntas de reserva como preguntas se hayan anulado, en el mismo orden en que aparecen en el cuestionario.

Si se anulasen más preguntas que el número de preguntas de reserva previstas, se prorrateará la calificación del ejercicio tomando en consideración el número de preguntas que fueran válidas.

Contra las resoluciones del Tribunal relativas a la impugnación de preguntas no cabrá ulterior recurso, sin perjuicio de la posibilidad de recurrir la publicación de las relaciones de aspirantes aprobados en los términos previstos en la base Undécima.

Una vez finalizado el plazo de impugnación de preguntas y resueltas por el Tribunal las reclamaciones planteadas, se procederá a la corrección anonimizada de la prueba y se publicará la relación de aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la oposición.

Segundo ejercicio. Consistirá en la realización de dos pruebas.

Primera prueba. Realización de una prueba consistente en la corrección ortotipográfica y de estilo de un corte de audio de 15 minutos de un discurso parlamentario elegido al azar entre los propuestos por el Tribunal. El aspirante dispondrá de la transcripción automática en formato Word en el ordenador que se le facilitará, en el que no estarán habilitados ni el corrector ortográfico ni otras ayudas a la redacción. Deberá asimismo justificar las correcciones realizadas, sobre la base de las normas y recomendaciones de la Real Academia Española. Para ello deberá utilizar el control de cambios de Word e imprimir en un único documento el texto corregido y los comentarios.

El tiempo de realización de la prueba será de 75 minutos.

Para la práctica de este ejercicio se facilitará a los aspirantes el corte de audio correspondiente y el sistema de reproducción con función de avance y retroceso y regulación de la velocidad de reproducción.

No se permitirá la utilización de diccionario ni la navegación por internet.

Segunda prueba. Realización de casos prácticos que se facilitarán por el Tribunal, en los que el aspirante tendrá que demostrar su competencia lingüística y conocimientos, efectuando las adaptaciones necesarias para integrar y dar coherencia a las intervenciones, salvando posibles errores y omisiones de los oradores. Deberá realizar, asimismo, una memoria de corrección justificativa, en los mismos términos a los señalados para la primera prueba.

El tiempo de realización de la prueba será de 90 minutos.

Tercer ejercicio. Realización de dos pruebas consistentes en la transcripción en formato Word y corrección ortotipográfica y de estilo de intervenciones parlamentarias elegidas entre varias propuestas por el Tribunal. Asimismo, el aspirante deberá reflejar las incidencias que, en su caso, sucedan durante las intervenciones y que ayuden a la mejor comprensión del texto. Se visualizarán los cortes de vídeo y, a continuación, se facilitarán los correspondientes archivos de audio. La duración de cada corte será de diez minutos. Concluida la visualización de la intervención, el tiempo de realización de cada prueba será de dos horas.

Para la práctica de este ejercicio se pondrán a disposición de los aspirantes los cortes de vídeo y de audio correspondientes, así como los medios y equipos informáticos necesarios, incluido el sistema de reproducción de audio con función de avance y retroceso y regulación de la velocidad de reproducción. El Tribunal podrá facilitar a los aspirantes el material necesario para la toma de notas durante la reproducción de los vídeos.

La transcripción y redacción se realizarán mediante ordenador con procesador de textos Word, que será facilitado a los aspirantes y en el que no estarán habilitados ni el corrector ortográfico ni otras ayudas a la redacción.

No se permitirá la utilización de diccionario ni la navegación por Internet.

Cuarto ejercicio. Desarrollo, durante un tiempo máximo de una hora, de un tema sacado a la suerte entre los que se incluyen en el bloque I del anexo de la convocatoria.

Para la selección del tema se sacarán a la suerte dos, entre los que el Tribunal elegirá el que hayan de desarrollar los aspirantes.

El ejercicio será realizado utilizando ordenador con procesador de textos Word que será facilitado a cada aspirante, en el que no estarán habilitados ni el corrector ortográfico ni otras ayudas a la redacción, ni la navegación por internet.

El ejercicio será posteriormente leído por cada aspirante ante el Tribunal en sesión pública.

Quinto ejercicio. De idiomas, y con carácter optativo para los aspirantes que, habiendo hecho constar en su solicitud su voluntad de realizar la prueba de uno o más idiomas extranjeros a elegir entre inglés, francés y alemán, hayan superado los cuatro ejercicios anteriores.

El ejercicio, igual para todos los idiomas, consistirá en las siguientes pruebas:

Traducción directa al castellano, con ayuda de diccionario, durante un tiempo de 45 minutos, de un texto de actualidad que se entregará en el idioma elegido.

Lectura pública ante el Tribunal del texto en idioma extranjero y de la traducción realizada por el aspirante y breve conversación en el idioma elegido, relacionada con la materia sobre la que verse el texto de la traducción.

Cada aspirante deberá acudir provisto del diccionario que desee utilizar durante el ejercicio.

6. Los ejercicios primero, segundo y tercero se corregirán de forma anonimizada; el Tribunal adoptará las medidas necesarias para ello.

En los ejercicios cuarto y, en su caso, quinto, una vez que los aspirantes hayan terminado de escribir, introducirán su ejercicio en un sobre, cuya solapa firmarán junto con la persona que ejerza la función de Secretaría del Tribunal. Los sobres quedarán bajo la custodia de dicha Secretaría y, cuando corresponda, de acuerdo con el apartado 3 de esta base Octava, serán abiertos por cada aspirante ante el Tribunal para proceder a la lectura de su examen, momento en el que, en su presencia, se procederá a realizar una copia de su ejercicio, que quedará en poder del Tribunal durante la lectura del mismo.

Tanto la lectura de los ejercicios escritos, como las exposiciones orales, serán grabadas en audio.

7. Los ejercicios de la oposición se calificarán de acuerdo con las siguientes normas:

Primera. Criterios de valoración de los ejercicios segundo a quinto:

Segundo y tercer ejercicios: El Tribunal valorará la capacidad del aspirante para corregir los errores léxicos, sintácticos, semánticos y procedimentales del discurso, de acuerdo con lo solicitado en cada prueba, así como el respeto al estilo del orador.

El Tribunal valorará la competencia lingüística del aspirante, su conocimiento de las normas de la Real Academia Española y el contenido de la memoria de corrección.

Cuarto ejercicio: El Tribunal valorará el rigor y conocimiento de los temas. Asimismo, se valorará la claridad, coherencia, sistematización y corrección de la exposición.

Quinto ejercicio: Serán criterios de valoración el conocimiento y la precisión lingüística en la traducción y la fluidez y naturalidad de la comunicación en la breve conversación con el Tribunal.

Segunda. Puntuación de los ejercicios:

El primer ejercicio será eliminatorio, se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario obtener, como mínimo, 50 puntos para aprobarlo.

Cada respuesta correcta se valorará con un punto. Las contestaciones erróneas se penalizarán con la mitad del valor de una respuesta. No se valorarán las respuestas en blanco ni las nulas (con más de una respuesta marcada).

No podrán superar este ejercicio más aspirantes que el quíntuplo de plazas convocadas en cada turno. Si varios aspirantes obtuviesen la puntuación mínima resultante de la aplicación de los mencionados criterios, se entenderá que todos ellos lo han superado.

El segundo ejercicio será eliminatorio, se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario obtener, como mínimo, 50 puntos para aprobarlo y, a su vez, 25 puntos como mínimo en cada una de las pruebas.

El tercer ejercicio será eliminatorio, se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario obtener, como mínimo, 50 puntos para aprobarlo y, a su vez, 25 puntos como mínimo en cada una de las pruebas.

El cuarto ejercicio será eliminatorio, se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario obtener, como mínimo, 50 puntos para aprobarlo.

El ejercicio optativo de idiomas se calificará con un máximo de 30 puntos, 10 puntos como máximo para cada idioma, y será necesario obtener en cada uno 5 puntos, como mínimo, para que sea valorado. Este ejercicio solo podrán realizarlo quienes hayan superado los cuatro ejercicios anteriores.

Tercera. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los cuatro primeros ejercicios de la oposición, a la que se sumará la puntuación obtenida en el ejercicio optativo de idiomas, que solo influirá en el orden de la lista de aprobados.

Cuarta. Empates:

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2.º La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

3.º La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

4.º En caso de continuar el empate se atenderá al número de faltas ortográficas cometidas en todos los ejercicios de la oposición.

Novena. Propuesta del Tribunal.

1. El Tribunal no podrá proponer un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

2. El Tribunal publicará en la página web de cada Cámara, la relación de los aspirantes que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con indicación de la misma, hayan obtenido plaza. Dicha relación, una vez comprobada la documentación a que se refiere la base Décima de la presente convocatoria, será elevada, a través del Letrado Mayor de las Cortes Generales a las Presidencias de ambas Cámaras, en unión de la correspondiente propuesta de nombramiento, acompañando el expediente de la oposición con todos los ejercicios y las actas de las reuniones del Tribunal.

Décima. Presentación de documentación y adquisición de la condición de personal funcionario de las Cortes Generales.

1. Los aspirantes propuestos por el Tribunal para ocupar plaza deberán entregar en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la propuesta de nombramiento, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, junto con los documentos siguientes:

a) Título original al que se refiere la base segunda, punto 1.b) de esta convocatoria.

b) Documento Nacional de Identidad.

c) Quienes hubieran optado por el cupo de reserva de discapacidad deberán presentar la certificación original del órgano competente que acredite su condición legal de persona con discapacidad con grado igual o superior al treinta y tres por ciento y su capacidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas si no lo hubieren aportado anteriormente.

d) Declaración responsable de reunir el requisito previsto en la base Segunda 1.c) de la convocatoria de no hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

e) Certificado médico que acredite que se reúnen las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño de las funciones correspondientes.

2. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados como personal funcionario, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

3. En caso de no presentación de la documentación acreditativa requerida, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes, o de cualquier otra causa que impida definitivamente su nombramiento como personal funcionario, el Tribunal elaborará una propuesta de nombramiento con la relación complementaria de los aspirantes que hubieran aprobado todos los ejercicios de los que consta el proceso selectivo y sigan a los inicialmente propuestos hasta completar el total de plazas convocadas, por orden de puntuación alcanzada.

Los aspirantes incluidos en la relación complementaria deberán presentar la documentación acreditativa exigida en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación en las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado.

4. Concluido el proceso de selección, los aspirantes que lo hubieran superado y que acrediten en los términos y plazos indicados en la convocatoria cumplir los requisitos exigidos, cuyo número no podrá superar al de las plazas convocadas, serán nombrados como personal funcionario mediante Resolución conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, que se les notificará y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales».

5. El juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, obediencia a las leyes y ejercicio imparcial de sus funciones y la toma de posesión de quienes hubiesen superado el proceso de selección, se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación del nombramiento como personal funcionario de las Cortes Generales.

Undécima. Recursos.

1. La presente convocatoria podrá ser recurrida ante las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75.1.b) del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Asimismo, las resoluciones del Tribunal y los actos de trámite del mismo que determinen la imposibilidad de continuar el proceso selectivo o que produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos podrán ser impugnados ante las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, reunidas en sesión conjunta, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación. El resto de reclamaciones se resolverán por el propio Tribunal, que podrá habilitar la apertura de plazos específicos para ello, si así lo requieren las circunstancias, para asegurar la debida marcha del proceso selectivo y sin que sean susceptibles de ulterior recurso, salvo lo dispuesto en el párrafo primero de este apartado.

3. Las resoluciones adoptadas por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, reunidas en sesión conjunta, pondrán fin a la vía administrativa.

Madrid, 9 de marzo de 2022.–La Presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet Lamaña.– El Presidente del Senado, Ander Gil García.

ANEXO
Programa de temas para la oposición al Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las cortes generales

Bloque I. Derecho constitucional, parlamentario y administrativo

1. Las fuentes del Derecho en España. La Constitución como norma jurídica. Normas con fuerza de ley. Leyes orgánicas y leyes ordinarias.

2. Las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos. Los tratados internacionales. Normas de rango inferior a la ley.

3. La Constitución española de 1978: estructura y principios básicos. El Estado social y democrático de Derecho. La reforma de la Constitución.

4. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución española: garantías. Los estados de alarma, excepción y sitio.

5. La Corona en la Constitución española. Las funciones constitucionales del Rey. El refrendo. La sanción de las leyes.

6. El sistema electoral español. Elecciones generales al Congreso de los Diputados y al Senado. Los derechos de participación política. El referéndum. Los partidos políticos. Financiación.

7. Las Cortes Generales (I). El Congreso de los Diputados y el Senado: estructura, composición y funciones. Relaciones entre las Cámaras.

8. Las Cortes Generales (II). Los Reglamentos del Congreso de los Diputados y del Senado: procedimiento de reforma.

9. Las Cortes Generales (III). El estatuto de los parlamentarios. Inviolabilidad e inmunidad. El suplicatorio, su tramitación. Los Grupos Parlamentarios.

10. Las Cortes Generales (IV). La Presidencia y la Mesa de las Cámaras: designación, periodo de mandato y cese. Competencias. La Junta de Portavoces.

11. Las Cortes Generales (V). Los órganos funcionales de las Cámaras. El Pleno. Las Comisiones: clases, competencias y estructura. La Presidencia de las Comisiones. Las ponencias y subcomisiones. La Diputación Permanente.

12. Las Cortes Generales (VI). El funcionamiento del Congreso de los Diputados y del Senado. La constitución de las Cámaras. La convocatoria. El orden del día. Las sesiones. Los debates. Las votaciones. La disciplina parlamentaria.

13. El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa. El procedimiento legislativo ordinario. Proyectos y proposiciones de ley. Las enmiendas y votos particulares: concepto, clases y tramitación.

14. Procedimientos legislativos especiales. Proyectos y proposiciones de Ley Orgánica. Estatutos de autonomía. Tratados y convenios internacionales. Competencia legislativa plena de Comisiones. Lectura única de un proyecto de ley. Procedimiento de urgencia.

15. Los presupuestos generales del Estado: concepto y estructura. Tramitación legislativa. Enmiendas al proyecto de ley de presupuestos.

16. Los procedimientos de control del Ejecutivo (I). La investidura. La moción de censura y la cuestión de confianza.

17. Los procedimientos de control del Ejecutivo (II). Las interpelaciones. Las preguntas. Proposiciones no de ley y mociones. El debate de comunicaciones, programas e informes del Gobierno y de otros órganos estatales.

18. Las Secretarías Generales del Congreso de los Diputados y del Senado. El letrado mayor de las Cortes Generales y los secretarios generales de las Cámaras. Estructura y órganos de la Administración parlamentaria. Tipos de personal de las Cortes Generales y Cuerpos de funcionarios. Funciones del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas.

19. Los funcionarios de las Cortes Generales: ingreso, cese y situaciones. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios de las Cortes Generales. Derechos de participación y negociación: Junta de Personal y Mesa Negociadora. Régimen disciplinario.

20. Las publicaciones de las Cortes Generales, con especial referencia al Diario de Sesiones. Las Cortes de Cádiz de 1812: origen del Diario de Sesiones, de la taquigrafía parlamentaria y del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales.

21. El Defensor del Pueblo. Forma de designación y funciones. Relaciones con las Cortes Generales. El Tribunal de Cuentas: composición y funciones.

22. El Gobierno (I). Funciones constitucionales. Composición. Relaciones con las Cortes Generales.

23. El Gobierno (II). Formación: elección y cese del Gobierno y de su presidente. El Consejo de Ministros. Las comisiones delegadas del Gobierno. Órganos de colaboración y apoyo del Gobierno.

24. La Administración General del Estado. Órganos superiores y directivos: los ministros. Los secretarios de Estado. Los subsecretarios, secretarios generales, secretarios generales técnicos y los directores generales y subdirectores generales. Órganos territoriales: delegados y subdelegados del Gobierno.

25. Sector público institucional. Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal. Creación, modificación y extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Las autoridades administrativas independientes. El sector público fundacional. La administración consultiva: el Consejo de Estado.

26. Las comunidades autónomas. Los estatutos de autonomía. Organización institucional de las comunidades autónomas. La distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. Las relaciones de las comunidades autónomas con el Estado.

27. La Administración local. El municipio. La provincia. La organización municipal y provincial. Otras entidades locales.

28. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Los interesados en el procedimiento. Procedimiento administrativo común: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La obligación de resolver. El silencio administrativo.

29. Políticas de igualdad de género y contra la violencia de género. La Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El I Plan de Igualdad de las Cortes Generales: objetivos, ejes de actuación y medidas. Implantación, seguimiento y evaluación del Plan de Igualdad. Discapacidad y dependencia.

30. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia y acceso a la información pública en el Congreso de los Diputados y en el Senado. Protección de datos de carácter personal.

31. Administración electrónica. Características generales. Sede electrónica. Registros parlamentarios y administrativos: concepto y funciones. Documentos electrónicos.

32. El Poder Judicial. Configuración constitucional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Fiscal General del Estado y el Ministerio Fiscal.

33. El Tribunal Constitucional: composición y naturaleza. Los procesos de control de la constitucionalidad de las normas con fuerza de ley. El recurso de amparo. Los conflictos de competencia entre el Estado y las comunidades autónomas. Los conflictos en defensa de la autonomía local. Los conflictos entre órganos constitucionales del Estado.

34. La Unión Europea (I). Los tratados originarios y modificativos. El proceso de ampliación. Evolución y situación actual.

35. La Unión Europea (II). El sistema institucional. El Consejo Europeo. El Consejo de la Unión Europea. La Comisión Europea. El Parlamento europeo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Otras instituciones y órganos.

36. La Unión Europea (III). Las competencias de la Unión: competencias exclusivas y competencias compartidas. Otras competencias. Las fuentes del Derecho de la Unión Europea. Derecho primario y Derecho derivado: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes. Otras fuentes del ordenamiento comunitario.

Bloque II. Ortografía y gramática

1. El género. Definición. Características fundamentales. Los sustantivos comunes en cuanto al género; Clases morfológicas de los sustantivos comunes en cuanto al género. Los sustantivos ambiguos en cuanto al género. Los sustantivos epicenos. El género de los nombres que designan seres inanimados. El número. Caracterización. Manifestaciones gramaticales del número. El plural de los compuestos, los nombres propios, las abreviaturas, las siglas y los préstamos. Preferencias léxicas o morfológicas por el singular o por el plural.

2. La flexión verbal. Información morfológica de las formas verbales. Distribución de los morfemas flexivos. La conjugación regular. Verbos irregulares, definición y tipos. Verbos con irregularidades consonánticas. Pretéritos fuertes y participios irregulares. Verbos de conjugación especial. Verbos defectivos.

3. La derivación nominal. Nombres de acción y efecto. Nombres de cualidad, estado y condición. Nombres de persona, instrumento y lugar. Nombres de conjunto, lugar y tiempo. La derivación adjetival. Aspectos generales. Sufijos derivativos característicos de los adjetivos calificativos. Sufijos derivativos característicos de los adjetivos de relación. Sufijos de sentido activo y de sentido pasivo. Otros sufijos adjetivales. La derivación adverbial.

4. La derivación verbal. Clases de verbos derivados. Pautas morfológicas más productivas en la derivación verbal. Aspectos históricos de los esquemas derivativos verbales. La derivación apreciativa. Caracterización. Los sufijos diminutivos. Los sufijos aumentativos. Los sufijos despectivos.

5. La prefijación. El concepto de prefijación. Sus límites. Clases de prefijos. Propiedades de los prefijos. Prefijos de sentido locativo. Prefijos de sentido temporal y aspectual. Prefijos de incidencia argumental. Prefijos cuantificativos, gradativos y escalares. Prefijos negativos. Prefijos opositivos y de actitud favorable. Prefijos adjetivales. La composición. Concepto. Estructura interna de los compuestos. Compuestos de doble sustantivo. Compuestos de doble adjetivo. Compuestos de nombre y adjetivo. Compuestos de verbo y nombre. Otras pautas de composición menos productivas. La composición neoclásica.

6. El sustantivo y el grupo nominal. El sustantivo y sus clases. Sustantivos contables y no contables. Sustantivos colectivos. Sustantivos cuantificativos y clasificativos. Los nombres propios. El grupo nominal. Los complementos del nombre. Posición relativa de los modificadores del sustantivo.

7. El adjetivo y el grupo adjetival. Definición y características generales. Clases fundamentales de adjetivos. Propiedades morfológicas del adjetivo y sus repercusiones sintácticas. El adjetivo y otras clases de palabras. Los adjetivos de relación. Posición del adjetivo en el grupo nominal. El grupo adjetiva: su estructura; modificadores y complementos del adjetivo. Locuciones adjetivas.

8. El artículo. Definición, clases y propiedades del artículo. Formas de los artículos. Usos del artículo determinado. Elipsis y anáfora en los grupos nominales introducidos por determinantes. El artículo neutro lo. Relaciones entre al artículo indefinido y otros elementos afines. Valores semánticos y pragmáticos del artículo indefinido. Grupos nominales definidos e indefinidos en contextos presentativos o existenciales. Uso genérico del artículo; la genericidad y la relación artículo-pronombre. Especificidad e inespecificidad de los grupos nominales. La ausencia del artículo: los grupos nominales sin determinante.

9. El pronombre personal. Caracterización. Formas de los pronombres personales. Pronombres personales y relaciones de correferencia. Los pronombres átonos: naturaleza y posición. Variación formal en los pronombres átonos de tercera persona: leísmo, laísmo y loísmo. Pronombres átonos en la duplicación de complementos. Las formas de tratamiento.

10. Los demostrativos. Los demostrativos como expresiones deícticas. Caracterización de los demostrativos. Los demostrativos este, ese, aquel y el artículo definido. Los adverbios demostrativos. Los posesivos. Características fundamentales, inventario y clasificación. Funcionamiento gramatical de los posesivos. Aspectos semánticos de los posesivos.

11. Los cuantificadores. Caracterización. Los cuantificadores del español. Clases de cuantificadores. Palabras y expresiones parcialmente asimilables a los cuantificadores. Combinaciones de los cuantificadores con otras clases de palabras. Los cuantificadores en las estructuras partitivas y pseudopartitivas. El ámbito de los cuantificadores. Los cuantificadores fuertes. Cuantificadores débiles o indefinidos: los cuantificadores existenciales; los cuantificadores de indistinción; los cuantificadores evaluativos. Los numerales. Caracterización. Numerales cardinales. Numerales ordinales. Numerales fraccionarios y multiplicativos.

12. Relativos, interrogativos y exclamativos; sus grupos sintácticos. Características fundamentales de relativos, interrogativos y exclamativos. Grupos sintácticos relativos, interrogativos y exclamativos. Particularidades de los pronombres relativos, interrogativos y exclamativos. El determinante posesivo relativo cuyo y los cuantificadores cuanto y cuánto. Los adverbios relativos, interrogativos y exclamativos. Los relativos inespecíficos.

13. El verbo. Tiempo y aspecto. El aspecto léxico. Los tiempos del modo indicativo. Concepto de tiempo verbal. Clasificación de los tiempos verbales. El aspecto verbal. El aspecto léxico o modo de acción. El presente. El pretérito perfecto compuesto. El pretérito perfecto simple. El pretérito imperfecto. El futuro simple. El condicional simple. Tiempos compuestos no orientados directamente desde el momento del habla.

14. El verbo. Tiempo y aspecto. Los tiempos del modo subjuntivo. Interpretaciones de los adjuntos temporales. La concordancia de tiempos. Los tiempos del modo subjuntivo. Tiempo, aspecto y adjuntos de localización temporal. La concordancia de tiempos.

15. El verbo. El modo. El concepto de modo. Modo dependiente e independiente. El modo en las subordinadas sustantivas. El modo en las subordinadas relativas. Elección del modo con las partículas.

16. El verbo. Las formas no personales. El infinitivo. Los infinitivos nominales. Los infinitivos verbales, propiedades generales. El sujeto de los infinitivos verbales. Construcciones de infinitivo verbal. El gerundio, características generales y funciones. El gerundio predicativo. Interpretaciones semánticas del gerundio. El sujeto de gerundio. El participio. El verbo. Las perífrasis verbales. Caracterización y tipos. Perífrasis de infinitivo: las perífrasis modales, las perífrasis tempoaspectuales. Perífrasis de gerundio. Perífrasis de participio.

17. La preposición y el grupo preposicional. Conceptos generales. Las preposiciones del español. Locuciones preposicionales. El significado de las preposiciones y las locuciones preposicionales. Grupos sintácticos complejos formados con preposiciones.

18. El adverbio y el grupo adverbial. El adverbio y sus clases. Adverbios adjetivales. Adverbios cuantificativos. Adverbios de lugar. Adverbios de tiempo. Adverbios de aspecto, sus relaciones con otras clases de adverbios. Adverbios de modo o manera. Adverbios oracionales. Conectores discursivos adverbiales. Locuciones adverbiales.

19. La conjunción. Sus grupos sintácticos. Las construcciones coordinadas. El concepto de conjunción; conjunciones coordinantes y subordinantes. La coordinación: categorías coordinables. La coordinación copulativa. La coordinación disyuntiva. La coordinación adversativa. Las conjunciones subordinantes.

20. La interjección. Sus grupos sintácticos. La interjección entre los enunciados exclamativos. Aspectos fónicos, gráficos y sintácticos de las interjecciones. Clases de expresiones interjectivas. Interjecciones apelativas o directivas. Interjecciones expresivas o sintomáticas. Los grupos interjectivos.

21. El sujeto. Características generales. Aspectos semánticos de la noción de sujeto; alternancias en las que participa. Sujetos expresos y sujetos tácitos. La concordancia entre sujeto y verbo.

22. El complemento directo. Transitividad e intransitividad. Definición y caracterización. Sustitutos pronominales del complemento directo. El complemento directo preposicional. La transitividad y la interpretación del complemento directo. Presencia y ausencia de complemento directo. Alternancias de transitividad. Complementos directos lexicalizados.

23. El complemento indirecto. Clases. Constitución del complemento indirecto. Complemento indirectos seleccionados o argumentales. Complementos indirectos no seleccionados o no argumentales.

24. El complemento de régimen preposicional. Definición y límites con otras funciones. Complementos de régimen no verbales. Alternancias preposicionales. Valores de los complementos de régimen.

25. El atributo. El atributo en las oraciones copulativas. Definición y variedades de atributo. Clases de expresiones predicativas. Interpretación de los grupos nominales en las oraciones copulativas. Concordancia del atributo. El atributo en las oraciones copulativas con ser y estar. El verbo parecer.

26. El atributo. Construcciones semicopulativas. Los complementos predicativos. Las construcciones absolutas. El atributo en las construcciones semicopulativas. Los verbos semicopulativos de cambio. Atributos con otros auxiliares semicopulativos. Los complementos predicativos. Complementos predicativos en contextos preposicionales. Las construcciones absolutas.

27. Los adjuntos. El complemento circunstancial. Caracterización de los adjuntos. Clasificación de los adjuntos. Adjuntos de manera, instrumento, medio y compañía. Adjuntos de cantidad, lugar y tiempo. Adjuntos causa finalidad.

28. Las funciones informativas. Información conocida e información nueva. El concepto de tópico. El concepto de foco. Los adverbios de foco. Las copulativas enfáticas.

29. Oraciones activas, pasivas, impersonales y medias. Oraciones activas y pasivas. La pasiva perifrástica. Las construcciones inacusativas. Las oraciones impersonales; impersonales no reflejas. Impersonales con se o impersonales reflejas. La pasiva refleja. Las construcciones medias y los verbos pronominales.

30. La modalidad. Los actos de habla. Construcciones imperativas, interrogativas y exclamativas. El concepto de modalidad. Los enunciados imperativos. Las oraciones interrogativas. La exclamación.

31. Oraciones subordinadas sustantivas. Caracterización y clases. Las subordinadas sustantivas declarativas. Interrogativas y exclamativas indirectas. Discurso directo y discurso indirecto.

32. Oraciones subordinadas de relativo. Características fundamentales. Oraciones introducidas por relativos complejos. Diferencias entre las relativas especificativas y explicativas. Particularidades de las relativas sin antecedente expreso. Relativas de pronombre pleonástico o reasuntivo.

33. Construcciones comparativas, superlativas y consecutivas. Características generales de las construcciones comparativas. La comparación de desigualdad. La comparación de igualdad. Otras construcciones comparativas y pseudocomparativas. Las construcciones superlativas. Las construcciones consecutivas.

34. Construcciones causales, finales e ilativas. Causa y finalidad. Locuciones causales y finales: problemas de segmentación y análisis. Construcciones causales internas al predicado. Construcciones causales externas al predicado. Construcciones finales internas al predicado. Construcciones finales externas al predicado. Sujetos y verbos en las construcciones finales y causales. Construcciones ilativas.

35. Construcciones condicionales y concesivas. Características generales de las construcciones condicionales y concesivas. Condicionales del enunciado y de la enunciación. La expresión del énfasis en el período condicional. Tiempo y modo en las oraciones condicionales. Construcciones condicionales sin la conjunción si. Construcciones concesivas. Construcciones concesivas sin la conjunción aunque.

36. La negación. Conceptos fundamentales. Clases de negación. La alternancia negativa. El ámbito de la negación; los cuantificadores en entornos negativos. Inductores negativos. Términos de polaridad negativa; aspectos léxicos, semánticos y sintácticos. Otras formas de interpretar la negación. La elipsis en las oraciones negativas; fragmentos negativos y negaciones idiomáticas.

37. La representación gráfica de los fonemas vocálicos y consonánticos en español. El acento prosódico. El acento gráfico. Signos diacríticos. Signos de puntuación y signos auxiliares: usos. El uso de las letras mayúsculas y minúsculas.

38. La representación gráfica de las unidades léxicas. La escritura de palabras con sufijos y prefijos. La escritura de expresiones onomatopéyicas. Secuencias que pueden escribirse en una o más palabras. Las abreviaciones gráficas. La ortografía de las expresiones procedentes de otras lenguas. La ortografía de los nombres propios. La ortografía de las expresiones numéricas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/03/2022
  • Fecha de publicación: 24/03/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el Tribunal calificador, por Resolución de 28 de marzo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-8614).
  • SE PUBLICA el Tribunal calificador, por Resolución de 1 de diciembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-21147).

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