De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III, del título III, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, comprobado el cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria,
Esta Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado ha dispuesto resolver parcialmente la referida convocatoria, de acuerdo con el informe de la unidad proponente, según se detalla en el anexo adjunto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del domicilio del interesado, a su elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 28 de marzo de 2022.–La Subsecretaria de Justicia, P.D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Abogada General del Estado, Consuelo Castro Rey.
Puesto adjudicado | Puesto de cese | Datos personales | |||||||||
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N.º orden convocatoria |
Centro directivo denominación p. de trabajo | Nivel | Grupo | Localidad | Puesto | Nivel | M.º | Localidad | Apellidos y nombre | N.R.P. | Cuerpo |
ABOGACÍA GENERAL DEL ESTADO | |||||||||||
Dirección del Servicio Jurídico del Estado | |||||||||||
Secretaría General | |||||||||||
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