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Documento BOE-A-2022-5591

Resolución de 15 de marzo de 2022, del Instituto Catalán de la Viña y el Vino, por la que se resuelve favorablemente la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Priorat.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 2022, páginas 46739 a 46739 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2022-5591

TEXTO ORIGINAL

En fecha 30 de diciembre de 2021, se ha publicado en el DOGC núm. 8574 y en el BOE núm. 313, respectivamente, la Resolución de la Directora General del Instituto Catalán de la Viña y el Vino, de fecha 22 de diciembre de 2021, mediante la que se dio publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Priorat y se inició el trámite de oposición por un plazo de dos meses.

Finalizado el trámite de oposición, no se ha presentado ningún escrito ni alegación, y, en consecuencia, procede resolver favorablemente la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Priorat.

En virtud del artículo 26.7 de la Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura, procede publicar esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado».

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas, resuelvo:

Primero.

Adoptar la decisión favorable a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Priorat.

Segundo.

Publicar esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

Dar publicidad al pliego de condiciones modificado de la Denominación de Origen Protegida Priorat, que se puede consultar en la página web del INCAVI y en el siguiente enlace:

http://incavi.gencat.cat/.content/005-normativa/plecs-condicions-do-catalanes/Arxius-plecs/PC-Priorat-DOQ-nov-21-control-de-canvis.pdf

Cuarto.

Enviar el expediente de la modificación del pliego de condiciones solicitada al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de su remisión a la Comisión Europea, de acuerdo con el artículo 15.2 del Real decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y su oposición.

Vilafranca del Penedès, 15 de marzo de 2022.–La Directora General del Instituto Catalán de la Viña y el Vino, Alba Balcells Barril.

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