De conformidad con lo previsto en la Ley de 4 de mayo de 1948 y Real Decreto de 8 de julio de 1922, en su redacción dada por el Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo, de acuerdo con la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España y Títulos del Reino y oído el Consejo de Estado,
Vengo en rehabilitar, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, a favor de don Álvaro de Figueroa y Zapatería, para sí, sus hijos y sucesores, el título de Marqués de Villabrágima, previo pago del impuesto correspondiente.
Dado en Madrid, el 5 de abril de 2022.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
MARÍA PILAR LLOP CUENCA
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