Contido non dispoñible en galego
De conformidad con la propuesta de la comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, convocado mediante Resolución de la Universidad Rovira i Virgili y el Instituto Catalán de la Salud, de 11 de enero de 2022 (BOE núm. 18, de 21 de enero de 2022) y corrección de errores de 2 de marzo de 2022 (BOE núm. 22, de 11 de marzo de 2022) y tras cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas con lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña y en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre; el Acuerdo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña GOV/40/2022, de 8 de marzo, por el cual se aprueba el Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili y se dispone la publicación de su texto íntegro; y de acuerdo con la normativa para la contratación de profesorado, aprobada por el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2009 y posteriormente modificada, resuelvo:
Nombrar profesor Titular de Universidad al Dr. Francisco Javier Avilés Jurado, en el área de conocimiento de Otorrinolaringología, del Departamento de Medicina y Cirugía de esta Universidad con plaza asistencial vinculada de Facultativo especialista en el Hospital Universitario Joan XXIII de Tarragona.
La persona candidata deberá tomar posesión de la plaza en el plazo máximo de veinte días a partir del día siguiente a la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», delante de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, la persona interesada podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tarragona, 29 de marzo de 2022.–La Rectora, María Josefa Figueras Salvat.
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