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Documento BOE-A-2022-5833

Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos de revisión y tablas salariales para el año 2021 del Convenio colectivo de la industria del calzado.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2022, páginas 48874 a 48877 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-5833
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/03/28/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de los acuerdos de revisión y tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo de la industria del calzado (Código de convenio n.º: 99000805011981), publicado en el BOE de 22 de julio de 2019, revisión y tablas que fueron suscritas con fecha 19 de enero de 2022, de una parte por las organizaciones empresariales Asociación de Empresas de Componentes del Calzado (AEC) y Federación de Industrias del Calzado Español (FICE), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO.–Industria y UGT-FICA, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de marzo de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA APROBACIÓN Y FIRMA DE LA REVISIÓN DE LA TABLA SALARIAL DEL TERCER AÑO DE VIGENCIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO 2019-2021

Asistentes: 

– Por CCOO-Industria:

Miguel Ángel Cerda Galvañ, Diego Belón Herce y Manuel Domínguez Bermejo.

– Por UGT FICA:

Julián González Prado y Javier Usón Montesinos.

En representación de las empresas:

– Por AEC (Asociación de empresas de componentes del calzado): Álvaro Sánchez Concellón.

– Por FICE (Federación de Industrias del Calzado Español): Enrique Navalón Cuenca, María Ángela Cano García, Juan Carlos Fernández de Salort y José M.ª Escrigas Galán.

En Madrid, siendo las 10 horas del día 19 de enero de 2022, se reúnen las personas al margen referenciadas, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio de la Industria del Calzado al objeto de aprobar la redacción y proceder a la firma de la revisión de la Tabla Salarial del Tercer año de vigencia del Convenio, año 2021, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.1.1.6 del mismo, habida cuenta que, debido a la variación anual del IPC, la tabla salarial del 2021 ha de incrementarse en un 0.5%

Examinada la tabla salarial revisada por los componentes de la Comisión Negociadora, y siendo conforme a lo establecido en el artículo anteriormente referenciado, se procede a su firma, adjuntándola a la presente Acta, con sus copias correspondientes.

A efectos de su firma se autoriza a los siguientes representantes:

– Por CCOO-Industria, a Manuel Domínguez Bermejo.

– Por UGT FICA, a Julián González Prado.

– Por AEC, a Álvaro Sánchez Concellón.

– Por FICE, a Enrique Navalón Cuenca.

Finalmente se autoriza a María Ángela Cano García, como la persona autorizada a tal efecto, para que proceda al envió telemático de la presente Acta y Tabla Salarial revisada del año 2021 a la Dirección General de Trabajo para el registro y publicación de la misma en el BOE.

ANEXO 2
Convenio del calzado

Tabla salarial 2021 (revisada con +0.5 %)

Tabla I. Personal con retribución Mensual o diaria (extras aparte).

Tabla II. Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido).

  Salario anual Revisión Salario anual Salario mes Salario día Salario mes Salario día Hora Prima
  2021 2021 (0,5%) 2021 revisado (Tabla I) (Tabla I) (Tabla II) (Tabla II) (Tabla II)

Grupo I. Personal Técnico Titulado

               
Ingenieros y Licenciados. 28.522,07 142,61 28.664,68 2.047,48 67,45 2.388,72 78,53  
Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados. 26.179,10 130,90 26.309,99 1.879,29 61,91 2.192,50 72,08  
Graduados Sociales y A.T.S., 26.179,10 130,90 26.309,99 1.879,29 61,91 2.192,50 72,08  
Personal Técnico no Titulado.                
Encargado General Fabricación. 26.174,14 130,87 26.305,01 1.878,93 61,89 2.192,08 72,07  
Encargado Depto.y Técnico Org. 25.484,49 127,42 25.611,92 1.829,42 60,26 2.134,33 70,17  
Encargado Sector, Programador y Modelista. 22.892,29 114,46 23.006,75 1.643,34 54,13 1.917,23 63,03  
Patronista. 20.979,90 104,90 21.084,80 1.506,06 49,61 1.757,07 57,77  
Encargado de Sección y Cronometrador. 19.463,12 97,32 19.560,44 1.397,17 46,02 1.630,04 53,59  
Subencargado de Sección. 17.093,46 85,47 17.178,93 1.227,07 40,42 1.431,58 47,07  

Grupo II. Empleados Mercantiles

               
Jefe de Compras y Ventas. 25.350,57 126,75 25.477,33 1.819,81 59,95 2.123,11 69,80  
Agente de Compras y Viajantes. 20.666,42 103,33 20.769,75 1.483,55 48,87 1.730,81 56,90  
Oficial de ventas. 20.451,43 102,26 20.553,68 1.468,12 48,36 1.712,81 56,31  
Dependiente. 15.323,05 76,62 15.399,66 1.099,98 36,23 1.283,31 42,19  
Personal Administrativo.                
Jefe de Sección. 23.728,67 118,64 23.847,31 1.703,38 56,11 1.987,28 65,34  
Jefe de Negociado. 22.769,68 113,85 22.883,53 1.634,54 53,84 1.906,96 62,69  
Oficial de Primera. 19.463,12 97,32 19.560,44 1.397,17 46,02 1.630,04 53,59  
Oficial de Segunda. 17.817,09 89,09 17.906,17 1.279,01 42,13 1.492,18 49,06  
Auxiliar y Telefonista. 15.479,38 77,40 15.556,78 1.111,20 36,60 1.296,40 42,62  
Grupo IV.–Oficios varios.                
Conductor Transportista y Maestro de Mesilla. 17.693,38 88,47 17.781,85 1.270,13 41,84 1.481,82 48,72  
Encargado de Almacén y Listero. 16.672,21 83,36 16.755,57 1.196,83 39,42 1.396,30 45,91  
Almacenero y Chofer Distribuidor. 16.295,13 81,48 16.376,61 1.169,76 38,53 1.364,72 44,87  
Oficial de almacén. 15.749,07 78,75 15.827,82 1.130,56 37,24 1.318,98 43,36  
Vigilante y Pesador. 15.058,95 75,29 15.134,24 1.081,02 35,61 1.261,19 41,46  
Ordenanza, Portero y Mozo de Almacén. 14.989,40 74,95 15.064,35 1.076,02 35,45 1.255,36 41,27  
Empleados de Limpieza. 14.598,13 72,99 14.671,13 1.047,94 34,52 1.222,59 40,19  

Grupo III. Fabricación

               
Nivel 5.. 16.306,58 81,53 16.388,11 1.170,58 38,56 1.365,68 44,90 9,35
Nivel 4.. 15.749,07 78,75 15.827,82 1.130,56 37,24 1.318,98 43,36 9,03
Nivel 3.. 15.191,55 75,96 15.267,51 1.090,54 35,92 1.272,29 41,83 8,71
Nivel 2.. 14.963,30 74,82 15.038,12 1.074,15 35,38 1.253,18 41,20 8,58
Nivel 1         14.806,79 74,03 14.880,83 1.062,92 35,01 1.240,07 40,77 8,49
 ANEXO 2 bis
Tabla salarial de reparadores de calzado y duplicado de llaves

Tabla salarial 2021 (revisada +0,5%)

Tabla I. Personal con retribución mensual o diaria (extras aparte).

Tabla II. Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido).

  Salario anual Revisión Salario anual Salario mes Salario día Salario mes Salario día Hora Prima
  2021 2021 (0,5%) 2021 revisado (Tabla I) (Tabla I) (Tabla II) (Tabla II) (Tabla II)

Reparadores de Calzado y Duplicados de llaves

               
Reparadores / Duplicadores (+ de 6 años). 16.027,82 80,14 16.107,96 1.150,57 37,90 1.342,33 44,13  
Reparadores / Duplicadores (+1 a 6 años). 15.470,32 77,35 15.547,67 1.110,55 36,58 1.295,64 42,60  
Reparadores / Duplicadores (1.er año). 14.280,00 71,40 14.351,40 1.025,10 33,77 1.195,95 39,32  

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/03/2022
  • Fecha de publicación: 09/04/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-10744).
Materias
  • Calzado
  • Convenios colectivos

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