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Documento BOE-A-2022-6117

Acuerdo Multilateral M344, en virtud del apartado 1.5.1 del ADR, relativo al transporte de detonadores electrónicos bajo los números ONU 0511, 0512 y 0513, hecho en Madrid el 4 de abril de 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 2022, páginas 51930 a 51930 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2022-6117
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2022/04/04/(1)

TEXTO ORIGINAL

ACUERDO MULTILATERAL M344

En virtud del apartado 1.5.1 del ADR, relativo al transporte de detonadores electrónicos bajo los números ONU 0511, 0512 y 0513.

1. Por derogación de la subsección 2.1.2.2, para los artículos que cumplan con la definición de detonadores electrónicos, como se describe en 2.2.1.4, glosario de denominaciones, y asignados a los números ONU 0511, 0512 o 0513; las entradas para detonadores eléctricos (números ONU 0030, 0255 o 0456), podrán seguir utilizándose.

2. Deberán cumplirse todas las demás disposiciones pertinentes del ADR.

3. El presente acuerdo será válido hasta el 31 de diciembre de 2022, para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes del ADR que hayan firmado este acuerdo. Si es revocado, con anterioridad a esa fecha por alguno de los firmantes, seguirá siendo válido hasta la fecha mencionada, únicamente, para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes del ADR firmantes del presente acuerdo, que no lo hayan revocado.

Madrid, 4 de abril de 2022.–La autoridad competente para el ADR en el Reino de España, Jaime Moreno García-Cano, Director General de Transportes Terrestres.

* * * *

El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 4 de abril de 2022, fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.

Madrid, 7 de abril de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 04/04/2022
  • Fecha de publicación: 14/04/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 04/04/2022
  • Vigencia en la forma indicada en el apartado 3, hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 7 de abril de 2022.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la sección 1.5.1 del Acuerdo de 30 de septiembre de 1957 (ADR), texto revisado (Ref. BOE-A-2019-9661).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE
  • Electrónica
  • Explosivos
  • Mercancías peligrosas
  • Transporte de mercancías
  • Transportes internacionales
  • Transportes por carretera

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