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Documento BOE-A-2022-6188

Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2022, páginas 52173 a 52176 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-6188

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y d) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en uso de las atribuciones conferidas a esta Secretaría de Estado por el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se efectúa convocatoria para la provisión de puesto de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Subdirección General de Recursos Humanos, Paseo de la Castellana 67 (Nuevos Ministerios) 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado como Anexo II a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: https://sede.mitma.gob.es o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

A cada instancia se acompañará el curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Cuarta.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Quinta.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 30 de marzo de 2022.–La Secretaria de Estado, P. D. (Orden TMA/221/2022, de 21 de marzo), el Secretario General de Infraestructuras, Francisco Javier Flores García.

ANEXO I

N.º orden

Denominación del puesto N.º plaza Localidad

NIV.

CD

Complemento especifico

Euros

Adscripción Experiencia y conocimientos
            GR/SB ADM. EXC.
 

SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

               
 

Secretaría General de Infraestructuras

               
 

Dirección General de Carreteras

               
  Subdirección General de Conservación                
1

Subdirector/Subdirectora General (5216029).

1 Madrid. 30 32.102,42 A1 AE  

– Experiencia en dirección de contratos relativos a inventarios e inspecciones de elementos de las carreteras en servicio (puentes, túneles, seguridad vial, firmes).

– Experiencia en programación de actuaciones de rehabilitación, mejora y adecuación de las carreteras.

– Experiencia en dirección de contratos relativos a sistemas de gestión de conservación de carreteras.

– Experiencia en supervisión de proyectos de conservación de carreteras.

– Conocimiento de la legislación sectorial de carreteras, en especial la relativa a la conservación de las carreteras, así como de la legislación de contratos del sector público.

– Experiencia en tramitación de expedientes de emergencias asociados a problemas de

conservación de carreteras.

– Experiencia en coordinación y control de las concesiones de carreteras sin pago directo del usuario.

ANEXO II

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