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Documento BOE-A-2022-798

Resolución de 10 de diciembre de 2021, del Departamento de Formación Profesional y de la Dirección General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se implanta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el procedimiento abierto de manera permanente para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2022, páginas 5075 a 5076 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2022-798

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE número 205, de 25 de agosto), y una vez firmada la Resolución conjunta del Viceconsejero de Formación Profesional y de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se convoca el proceso de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, el Viceconsejero de Formación Profesional y la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de los Departamentos de Educación, y de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, resuelven anunciar los siguientes aspectos de la misma:

Primero.

Resolución conjunta de 23 de noviembre de 2021, del Viceconsejero de Formación Profesional y de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se implanta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el procedimiento abierto de manera permanente para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, de las unidades de competencia de las Cualificaciones Profesionales incluidas en la oferta existente en la Formación Profesional del País Vasco, vinculada al Catálogo Nacional de las Cualificaciones:

− Cualificaciones profesionales incluidas en los títulos.

− Cualificaciones profesionales de los Certificados de Profesionalidad incluidos en títulos.

− Cualificaciones profesionales de Certificados de Profesionalidad no incluidos en títulos de FP siguientes:

• Instrucción en yoga.

• Operaciones auxiliares en la organización de actividades y funcionamiento de instalaciones deportivas.

• Socorrismo en instalaciones acuáticas.

• Coordinación de servicios de socorrismo en instalaciones y espacios naturales acuáticos.

• Actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería.

• Instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina.

• Montaje de andamios tubulares.

• Instalación y mantenimiento de sistemas de aislamiento térmico, acústico y protección pasiva contra el fuego.

• Instalación y mantenimiento de ascensores y otros equipos fijos de elevación y transporte.

• Quesería.

• Carnicería y elaboración de productos cárnicos.

• Pescadería y elaboración de productos de la pesca y acuicultura.

• Confección y mantenimiento de artes y aparejos.

• Gestión de residuos urbanos e industriales.

• Servicios para el control de plagas.

• Limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales.

• Docencia de la formación profesional para el empleo.

• Empleo doméstico.

• Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales.

• Operaciones de fontanería y calefacción-climatización doméstica.

Resolución publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» de 10 de diciembre de 2021.

Segundo.

Se convoca el procedimiento abierto de manera permanente y sin limitación de plazas, para la evaluación y acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación para la totalidad de las unidades de competencia incluidas en la oferta de Formación Profesional de en la Comunidad Autónoma del País Vaco y en los Certificados de Profesionalidad indicados en el párrafo anterior.

Las actuaciones previstas en el procedimiento se llevarán a cabo en el marco del Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Tercero.

Las bases de la resolución de la convocatoria así como la solicitud de inscripción estarán disponibles a efectos informativos, en la dirección del Instituto Vasco del Conocimiento de la Formación Profesional, (www.ivac-eei.eus/es/reconocimiento-competencias/).

Cuarto.

La presentación de la solicitud de inscripción, debidamente cumplimentada, se realizará a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el BOPV en cualquiera de los centros indicados en el anexo II (https://ivac-eei.eus/es/reconocimiento-competencias/).

Asimismo podrán presentarse en los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de presentarse en una oficina del servicio de correos, se llevará en sobre abierto al objeto de que se haga constar por la oficina de correos la fecha de presentación.

Vitoria-Gasteiz, 10 de diciembre de 2021.–El Viceconsejero de Formación Profesional, Jorge Arévalo Turrillas.–La Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, María Gloria Múgica Conde.

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