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La Audiencia Provincial de Segovia (Sección N. 1) dictó con fecha 13 de julio de 2021 sentencia número 21, revocada parcialmente por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, modificando la dictada por la Audiencia Provincial absolviendo al acusado del delito de falsedad documental y condenando a don Carlos Arias Funez, funcionario de carrera, con destino en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública, como autor responsable de un delito de malversación de caudales públicos y por el delito de exacciones legales, condenándosele, entre otras, a la pena de inhabilitación especial para cargo o empleo público durante el periodo de 1 año y 4 meses.
Habiéndose declarado la firmeza de la sentencia en fecha 9 de febrero de 2022.
Considerando lo dispuesto en la propia sentencia y en los artículos 63.e) y 66 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en los que se establece que la pena principal o accesoria de inhabilitación especial, que tuviera carácter firme, produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia.
Esta Subsecretaría, en uso de las facultades que tiene conferidas, resuelve:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo de Auxiliares Postales y de Telecomunicación-Escala de Clasificación y Reparto de don Carlos Arias Funez, con la anotación correspondiente en el Registro Central de Personal, y con efectos del día de publicación de esta orden en el BOE.
Madrid, 19 de mayo de 2022.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, P.D. (Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, María del Pilar Paneque Sosa.
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