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Documento BOE-A-2022-9009

Resolución de 27 de mayo de 2022, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 2022, páginas 75313 a 75326 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-A-2022-9009

TEXTO ORIGINAL

El Rector en nombre y representación de la Universidad de Santiago de Compostela y el Secretario de Estado de Política Territorial en nombre y representación del Ministerio de Política Territorial, han suscrito un convenio para la realización de prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra, por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en dicha Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral.

El Convenio ha sido inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el día 19 de mayo de 2022, fecha en que ha comenzado su vigencia.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 27 de mayo de 2022.–El Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.

ANEJO
Convenio entre la Universidad de Santiago de Compostela y la Administración General del Estado (Ministerio Política Territorial-Secretaría de Estado de Política Territorial) para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de dicha universidad en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra

18 de mayo de 2022.

De una parte, don Antonio López Díaz, Rector de la Universidad de Santiago de Compostela, con CIF Q1518001A, que actúa en nombre y representación de ella en virtud del Decreto 57/2018, de 31 de mayo, publicado en el «Diario Oficial de Galicia» núm. 106, del 5 de junio de 2018, de su nombramiento, y por las facultades conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 85 del Decreto 14/2014, de 30 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela.

Y de otra parte, don Alfredo González Gómez, Secretario de Estado de Política Territorial del Ministerio de Política Territorial, en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 772/2021, de 31 de agosto, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que según lo previsto en los artículos 14 y 17 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Grado y Máster Universitario contendrán una formación teórica y práctica y entre esta formación práctica podrán incluirse prácticas externas. En este sentido, es necesario que la Universidad, a propuesta del órgano responsable del desarrollo del programa formativo, establezca acuerdos de colaboración con otras instituciones u organismos públicos y privados, así como con empresas o industrias. Todas estas colaboraciones deberán contar con la autorización previa de la Universidad, a propuesta del órgano responsable del desarrollo del estudio.

Segundo.

Que el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, establece en el apartado primero del artículo 2 que las prácticas académicas externas constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios y supervisada por las Universidades, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. A su vez, el apartado segundo señala que estas prácticas podrán realizarse en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional.

Tercero.

Que conforme a lo reseñado, el artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, las universidades o, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con las entidades colaboradoras previstas en el artículo 2.2 del real decreto y fomentarán que éstas sean accesibles para la realización de prácticas de estudiantes con discapacidad procurando la disposición de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.

Cuarto.

Las partes son conscientes de la importancia de las prácticas en instituciones públicas y/o privadas facilitando la preparación de los estudiantes para el ejercicio profesional y, por ello, están interesados en colaborar en el desarrollo de las citadas prácticas.

Quinto.

Que la Universidad tienen entre sus fines el acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con entidades que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo laboral.

Sexto.

Que el interés de la Administración General del Estado (Secretaría de Estado de Política Territorial del Ministerio de Política Territorial) en la suscripción del presente convenio se basa en el convencimiento de que la acogida de los estudiantes en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra supondrá una experiencia enriquecedora para los estudiantes en lo que se refiere a su preparación profesional y para los empleados públicos que podrán compartir experiencias laborales con el mundo universitario.

Séptimo.

Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de acuerdo con las siguientes cláusulas.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Este Convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña (estas dos anteriores conjuntamente), Lugo, Ourense y Pontevedra por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en esta Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral.

La cooperación entre ambas partes se concretará en el proyecto formativo al que se refiere al clausula tercera del presente convenio.

Podrán participar en el desarrollo de prácticas externas, estudiantes que se encuentren matriculados en las mismas conforme a lo indicado en el correspondiente plan de estudios y/u otras normas fijadas al respecto por la Universidad, y que hayan superado el 50 % de los créditos de las enseñanzas universitarias oficiales cursadas en la Universidad de Santiago de Compostela.

Segunda. Duración y horario de las prácticas.

Las prácticas académicas externas, curriculares, derivadas de este convenio tendrán la duración establecida en el correspondiente plan de estudios del título correspondiente.

Las prácticas académicas externas, extracurriculares, derivadas de este convenio tendrán una duración de un mínimo de 150 horas y un máximo de 750 horas.

Los periodos y horarios de realización de las prácticas se compaginarán con la organización y funcionamiento de la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente.

Tercera. Proyecto formativo.

El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III del presente convenio.

Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad comunicará a la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente su previsión, en cuanto al número de alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las que los alumnos desarrollarán las prácticas en el respectivo curso académico, así como calendario y horarios de las prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes que participarán en el proyecto formativo no podrá ser superior a 4 personas por curso académico en la Delegación del Gobierno en Galicia/Subdelegación del Gobierno en A Coruña (conjuntamente) y 4 adicionales en cada Subdelegación.

En el plazo de quince días naturales desde la recepción de dicha previsión, los responsables de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente deberán, de forma expresa, dar su conformidad a la misma o proponer las adaptaciones que estimen convenientes para el correcto desarrollo de las prácticas.

Cuarta. Tutores.

La Universidad de Santiago de Compostela designará un tutor académico responsable del correcto desarrollo académico de cada una de las prácticas externas derivadas de este Convenio, que será preferentemente un profesor de la facultad o escuela en la que se encuentre matriculado el estudiante y, en todo caso, afín a la enseñanza a la que se vincula la práctica. Al tutor de la Universidad le corresponderán las obligaciones que se contemplan en el artículo 12.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en particular:

– El seguimiento y supervisión de las prácticas, resolviendo las posibles dudas de tipo académico que se pudieran plantear.

– El seguimiento del programa formativo desarrollado por el estudiante para verificar su correcto aprovechamiento.

Asimismo, la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente designará un tutor que será una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva, y será interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la unidad de prácticas externas. Al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno le corresponderán las obligaciones que se contemplan en el artículo 11.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en particular:

– Fijar el plan de trabajo del estudiante.

– Orientar y ayudar al estudiante en sus dudas y dificultades durante su estancia en la Delegación/Subdelegación del Gobierno.

– Realizar el informe correspondiente de evaluación del desarrollo de la práctica final de la misma.

Las partes podrán encomendar otras funciones tanto al tutor de la Administración como al tutor académico de la Universidad, responsabilizándose los tutores del seguimiento del proyecto formativo.

Quinta. Obligaciones que asumirán los estudiantes participantes en el programa de prácticas.

Los estudiantes participantes en el programa de prácticas, deberán cumplir las obligaciones previstas en el artículo 9.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en particular las siguientes:

a) Iniciar la práctica en la fecha y condiciones acordadas.

b) Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas.

c) Realizar con diligencia y aprovechamiento las actividades de las prácticas, de acuerdo con el programa y condiciones específicas aprobadas.

d) Comunicar al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno cualquier incidencia que afecte al desarrollo de la práctica formativa.

e) Guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en los lugares de prácticas con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros.

f) Los trabajos realizados en la práctica se sujetarán al régimen previsto en la legislación en materia de propiedad intelectual e industrial. En todo caso, sin perjuicio de lo anterior y conforme dispone el artículo 9.2.g) del citado Real Decreto, en los mismos se deberá guardar confidencialidad en relación con la información interna de la Delegación/Subdelegación de Gobierno y guardar secreto profesional sobre sus actividades, además de cumplir la normativa en materia de protección de los datos de carácter personal incorporados a los ficheros de los que es responsable la Delegación/Subdelegación del Gobierno y a los que hubiera podido tener acceso por motivo de las funciones inherentes a su actividad.

g) Otras que puedan establecerse de común acuerdo entre la Delegación/Subdelegación del Gobierno y la Universidad.

El estudiante que realice prácticas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno deberá firmar los documentos que se adjuntan como anexos I y II por los que declara su compromiso de asumir las obligaciones que le son impuestas (anexo I) y se compromete a cumplir las normas vigentes en la Delegación/Subdelegación del Gobierno en materia de confidencialidad y protección de datos de carácter personal (anexo II).

Sexta. Obligaciones de la Delegación del Gobierno en Galicia y de las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.

La Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente, en relación a las prácticas, asume las siguientes obligaciones:

a) Disponer de los recursos necesarios para el desarrollo de las prácticas.

b) Designar al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno y los representantes que le correspondan en la Comisión de seguimiento del presente convenio.

c) Dar conformidad o proponer las modificaciones que estime pertinentes a la previsión de la Universidad que se recoge en la cláusula tercera.

d) Observar las normas vigentes en todo lo relativo a la Seguridad e Higiene en el Trabajo e informar a los alumnos en prácticas de las mismas.

Séptima. Obligaciones de la Universidad de Santiago de Compostela.

La Universidad de Santiago de Compostela se compromete a:

a) Remitir a la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente, conforme a lo señalado en la cláusula tercera del presente convenio, antes del inicio de las prácticas el listado de los estudiantes seleccionados, el nombre del tutor académico, el calendario y horarios de las prácticas, así como las áreas de actividad del anexo III que los alumnos desarrollarán en dichas prácticas.

b) Velar por el control y cumplimiento por parte de los alumnos participantes en las prácticas, de los requisitos, condiciones y obligaciones que le son exigibles para acceder y llevar a cabo las mismas.

c) Encargarse, de forma previa al inicio del periodo de prácticas, de que cada alumno firme los documentos que se adjuntan como anexos I y II. De cada una de esas declaraciones deberá dar copia a la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente al menos 7 días antes del comienzo de las prácticas.

d) Tener suscritos, antes del comienzo del periodo de prácticas, los seguros a los que se hace referencia en la cláusula novena del presente convenio.

e) Cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad Social (en particular, alta en el Régimen General de la Seguridad Social y afiliación) que la normativa vigente establezca respecto de los estudiantes participantes en las prácticas.

Octava. Naturaleza de la relación entre el alumnado y la Delegación/Subdelegación del Gobierno.

La relación entre la Delegación/Subdelegación del Gobierno y los estudiantes en prácticas no supondrá más compromiso que el derivado del presente convenio, no existiendo en ningún caso relación estatutaria o laboral entre ambas partes ni implicará para la Administración General del Estado obligación contributiva alguna.

Asimismo, la realización de las prácticas académicas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno no supondrá la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.

Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en materia de Seguridad Social que deriven de la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo y su normativa de desarrollo, correspondiendo a la Universidad –y no a la Administración General del Estado– el cumplimiento de las mismas.

Novena. Seguro. Cobertura de riesgos.

El estudiante que participe en el programa de prácticas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno estará cubierto por el seguro escolar o, en su defecto, por un seguro de accidentes para el periodo de prácticas, cuyos gastos en ningún caso serán a cargo de la Delegación o Subdelegación del Gobierno. Si conforme dispone la cláusula octava, resultarán de aplicación al estudiante en prácticas las obligaciones en materia de seguridad social reguladas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018 y en la normativa que lo desarrolle, los citados seguros no resultarán precisos si la normativa aplicable previera para los supuestos regulados en la disposición la cobertura por parte del Sistema Nacional de Salud de la prestación de asistencia sanitaria. La Universidad deberá tener cubierto con un seguro la responsabilidad civil las incidencias que pudieran derivarse de la realización de las prácticas en la Delegación o Subdelegación del Gobierno. No se aplicará el régimen de cobertura de las normas laborales, dado que no hay contrato laboral en la relación establecida entre el estudiante y la Delegación/Subdelegación del Gobierno.

Décima. Régimen de permisos.

El régimen de permisos del estudiante será consensuado entre el tutor académico de la Universidad y el tutor de la Administración.

No obstante el estudiante tendrá derecho a los permisos necesarios para asistir a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de sus estudios, así como la asistencia, en su caso a las reuniones de los órganos de gobierno de la Universidad o visitas médicas debidamente justificadas. Para ello, deberá comunicarlo previamente y con antelación suficiente al tutor designado por parte de la Administración.

Undécima. Régimen de resolución anticipada de las prácticas.

En caso de que concurran causas sobrevenidas debidamente justificadas o incumplimientos de las obligaciones anteriormente reseñadas, cualquiera de las partes podrá resolver el período de prácticas.

En el supuesto de que la iniciativa sea de la Administración o de la Universidad se deberá elaborar un informe en el que se justifiquen los hechos o circunstancias que determinan la resolución anticipada de las prácticas y la fecha de finalización de las mismas, para su traslado a la otra parte.

En el supuesto de que la iniciativa para la resolución anticipada de las prácticas sea del alumno, se deberá comunicar al tutor académico de la universidad y al de la Administración, los motivos que determinan la resolución y obtener el visto bueno de ambos tutores en el que se fije la fecha de finalización de las practicas.

Una vez producida la resolución anticipada de la práctica correspondiente, la Universidad podrá gestionar la incorporación de un nuevo estudiante, siempre que por la Administración se considerase adecuado y posible. La incorporación del nuevo estudiante se efectuará a la mayor brevedad posible mediante acuerdo de las partes implicadas.

Duodécima. Publicidad.

La participación de ambas instituciones deberá hacerse constar en cuanta información pública se edite en cualquier medio, incluidos los medios electrónicos, así como en las notificaciones a los beneficiarios o en los carteles exteriores descriptivos de las actuaciones. La Universidad se compromete a citar como colaboradora a la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente en la publicidad que realice sobre el Título de Graduado, Máster Universitario o Doctorado con el que se relacionan las prácticas formativas. La participación de la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente se hará acompañar de la leyenda «Gobierno de España».

Decimotercera. Comisión de seguimiento.

Se constituirá una Comisión de seguimiento del convenio donde se tratarán los problemas derivados de la interpretación y ejecución del convenio. Esta comisión de seguimiento, constituida por dos representantes de la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente, designados por su Secretario General, y dos representantes de la Universidad, designados por el Decano correspondiente, se reunirá al menos una vez al año durante la vigencia del presente convenio, sin perjuicio de que, con carácter potestativo y a instancia de las partes se reúna en más ocasiones.

La Comisión de seguimiento, además de resolver los problemas derivados de la interpretación y ejecución del convenio, tendrá los siguientes cometidos:

a) Velar por su estricto cumplimiento del convenio, analizando las actuaciones llevadas a cabo por ambas partes y los objetivos alcanzados.

b) Adaptar, en caso de que sea preciso, el proyecto formativo del anexo III a las circunstancias o necesidades concretas.

c) Proponer la prórroga del convenio y en su caso modificaciones al mismo, en forma de Adenda tras su aprobación por ambas partes.

Decimocuarta. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.

Este convenio, se realiza al amparo de lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las practicas académicas externas de los estudiantes universitarios, y su régimen jurídico es el expresamente establecido para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimoquinta. Duración del convenio y régimen de modificación.

La duración del convenio será de cuatro años con posibilidad de una prórroga expresa, antes del vencimiento del plazo, por cuatro años más. La duración total del convenio, incluida la prórroga, no excederá en ningún caso de los ocho años.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (modificado en este punto por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre), este convenio resultará eficaz con la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, fecha en que comenzará a computarse su duración. Asimismo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

En cuanto al régimen de modificación del convenio, conforme a la establecido en el artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, requerirá el acuerdo unánime de las partes firmantes del mismo.

Decimosexta. Causas de extinción.

El convenio se extingue por el cumplimiento de cualquiera de las circunstancias o causas de resolución que se contemplan en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En el caso de que se produjese la causa de resolución contemplada en el apartado c) del punto segundo del citado artículo 51 («incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes»), la parte afectada por el incumplimiento podrá convocar, mediante requerimiento, la Comisión de seguimiento de convenio a fin de que se pronuncie sobre la concurrencia y subsanación de la causa apuntada. Si en el seno de la Comisión no se llegase a ningún acuerdo satisfactorio para las partes o no llegase a reunirse en el plazo de quince días naturales desde el requerimiento, se entenderá resuelto el convenio desde la fecha de vencimiento del plazo de los quince días.

En todo caso, la resolución del convenio no afectará a las prácticas iniciadas durante su vigencia y pendientes de concluir en la fecha de su extinción; por lo que las partes deben salvaguardar los derechos de los estudiantes en prácticas y fijar un plazo improrrogable para la finalización de todos los efectos del convenio.

Decimoséptima. Resolución de controversias.

La existencia de cualquier tipo de discrepancia entre las partes en relación con la interpretación o ejecución de lo establecido en el presente convenio no resuelto en el seno de la Comisión de seguimiento, se resolverá por los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en su legislación reguladora.

Decimoctava. Régimen de protección de datos personales.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD).

Asimismo, las entidades firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la entidad que las hubiera quebrantado responderá de las infracciones en que hubiera incurrido.

La Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente tiene la consideración de responsable del tratamiento de los datos personales de los alumnos comunicados por la Universidad, ya que determina los medios y los fines de los tratamientos de datos necesarios para la realización de las prácticas universitarias que constituyen el objeto de este Convenio.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman el presente convenio electrónicamente, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante (arriba indicada).–Por la Universidad de Santiago de Compostela, el Rector, Antonio López Díaz.–Por el Ministerio de Política Territorial, el Secretario de Estado de Política Territorial, Alfredo González Gómez.

ANEXO I
Deberes de los estudiantes en prácticas

El estudiante se compromete a atender al cumplimiento de los siguientes deberes:

– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la Universidad.

– Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente bajo la supervisión del tutor académico de la Universidad.

– Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.

– Incorporarse a la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.

– Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente conforme a las líneas establecidas en el mismo.

– Elaborar la memoria final de las prácticas una vez finalizado el período de prácticas, que entregará a su tutor académico, en la que deben recogerse las circunstancias relativas a la realización de las prácticas, atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.

– Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.

– Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia las actividades desarrolladas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenece.

– Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o que pueda establecerse de común acuerdo entre Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente y la Universidad.

Firmado:

El estudiante,

Don ........................................................

ANEXO II
Cláusula de protección de datos de carácter personal y confidencialidad

El alumno manifiesta conocer la comunicación de sus datos personales a la entidad colaboradora en calidad del responsable del tratamiento con la finalidad del desarrollo de las prácticas, pudiendo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición ante dicho responsable.

El estudiante se compromete a guardar plena confidencialidad respecto a los datos de carácter personal incorporados a los ficheros de los que es responsable la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente y a los que puede tener acceso por motivo de las funciones inherentes a su actividad.

Firmado:

El estudiante,

Don ........................................................

ANEXO III
Proyecto formativo

Durante su estancia en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña (en estas dos anteriores conjuntamente), Lugo, Ourense y Pontevedra, el alumno conocerá, intervendrá y participará en las actividades que se desarrollan, entre otras, en las áreas o ámbitos de actividad siguientes:

Jurado provincial de expropiación forzosa:

– Conocer la documentación que integra un expediente expropiatorio: trámites.

– Conocer el contenido del expediente de justiprecio, incluido recurso de reposición y Contencioso Administrativo.

– Conocer el funcionamiento de las sesiones del Jurado en materia de rústica y asistencia como oyente a dichas sesiones.

– Instruir la tramitación de los expedientes en reclamación de intereses de demora.

– Asistir como oyente en las sesiones del Jurado en materia urbana, conocer la estructuración del orden del día de la sesión según los vocales convocados a cada punto, conocer la integración en el Jurado en calidad de vocales técnicos de los funcionarios-arquitectos designados por los municipios cuando actúan como Administración Expropiante.

– Contenidos: expedientes anulados por sentencia, expedientes iniciados a instancia del expropiado, extralimitación en la expropiación sobre el proyecto expropiatorio, expedientes mixtos con parte urbana y parte rústica, recursos de reposición y recurso extraordinario de revisión.

Servicio de asuntos jurídicos:

– Conocer la documentación que integra un expediente de autorización de actividades con armas de fuego que tengan lugar fuera de los campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizadas.

– Conocer la documentación que integra un expediente de sanciones administrativas, seguridad ciudadana y seguridad privada.

– Conocer la documentación que integra un expediente sancionador en diferentes materias: Armas (tenencia, uso, custodia, carencia de la documentación requerida para las armas reglamentaria), Drogas (tenencia ilícita y consumo público de drogas en lugares públicos y tolerancia de dicho consumo ilegal o tráfico en locales o establecimientos públicos) y Espectáculos deportivos.

Servicios comunes (Asuntos generales, régimen interior y RR. HH.):

– Conocer la documentación que integran los expedientes en materia de personal funcionario y laboral: provisión de puestos, expedientes de compatibilidad, de actividades públicas y privadas, formalización de ceses y tomas de posesión en los puestos de trabajo, procedimientos de jubilación por edad y por incapacidad y, en este último supuesto, remisión al Equipo de Valoración de Incapacidades de los funcionarios en incapacidad temporal en los plazos legalmente fijados, elaboración de propuestas de resolución, recepción de alegaciones, elaboración de Resoluciones sobre Jubilación, remisión a los órganos judiciales de los expedientes recurridos

– Expedientes de averiguación de causas en los supuestos de accidentes laborales, enfermedades profesionales, fallecimientos o incapacidad en acto de servicio, prolongación de la permanencia en el servicio activo, licencias y permisos, reducciones de Jornada, reconocimientos de trienios, excedencias, certificados de méritos para concursos de traslados.

Área de trabajo e inmigración y extranjería:

– Conocer la documentación que integra un expediente de asistencia Sanitaria a trabajadores españoles en el extranjero y a sus familias en España: Tramitación de Altas, Bajas, cobros de impagados, estadísticas, etc.

– Certificado de emigrantes retornados: emisión de certificados de emigrante retornado a los españoles que acrediten haber trabajado en el extranjero y así lo soliciten.

– Conocer la documentación que integra un expediente de Pensiones Asistenciales por Ancianidad a favor de los españoles emigrantes retornados: Tramitación de los correspondientes expedientes en los que se informa de las pensiones, se gestionan e informan las solicitudes y se envían a la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, que reconocen estas prestaciones.

– Conocer la documentación que integra un expediente de Ayudas y subvenciones correspondientes a los Programas de Actuación a favor de los españoles emigrantes y retornados: Tramitación de los expedientes de las solicitudes presentadas e información sobre las diferentes ayudas y subvenciones.

– Conocer la documentación que integra un expediente de Contratación colectiva de trabajadores en origen: Ofertas genéricas y nominativas de empleo de carácter estable y ofertas de empleo de carácter temporal.

– Conocer la documentación que integra un expediente sancionador por contratación irregular de trabajadores extranjeros.

Oficina de extranjería:

– Recepción de la declaración de entrada y tramitación de las prórrogas de estancia, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, autorizaciones de residencia, autorizaciones de trabajo y excepciones a la obligación de obtener autorización de trabajo, autorizaciones de regreso, así como la expedición y entrega de aquéllas.

– La recepción de la solicitud de cédula de inscripción y de título de viaje para la salida de España, así como su expedición y entrega.

– Conocer la documentación que integran los procedimientos sancionadores por infracciones a la normativa en materia de extranjería y en régimen comunitario y de los recursos administrativos que procedan.

– Información, recepción y tramitación de la solicitud de protección internacional y de las solicitudes del estatuto de apátrida.

– Conocer la documentación que integra un expediente de solicitud de tarjeta de residencia familiar de ciudadano de la Unión Europea y de certificados de inscripción de los ciudadanos de la Unión Europea en el Registro Central de Extranjeros, cuya expedición y entrega corresponde a los servicios policiales de la Oficina.

Área de industria:

– Conocer la documentación que integra un expediente de autorización, declaración de utilidad pública, evaluación de impacto ambiental y aprobación de proyectos de instalaciones de transporte y generación de energía eléctrica así como de gasoductos de la red básica de gas natural. Autorización de puesta en servicio e inspección de las instalaciones.

– Conocer la documentación que integra un expediente de autorización del suministro de explosivos a empresas consumidoras.

– Expedición de carnés que habilitan al personal que interviene en la manipulación, manejo y uso de explosivos.

– Conocer la documentación que integra un expediente de autorización y puesta en marcha de fábricas de explosivos, depósitos de explosivos y polvorines auxiliares.

– Conocer la documentación que integra un expediente de elaboración de informes, e inspección de establecimientos de venta y talleres de productos pirotécnicos.

– Información en los procedimientos de autorización de espectáculos pirotécnicos.

– Expedición de carnés de experto pirotécnico y de aprendiz pirotécnico.

– Conocer la documentación que integra un expediente de autorización de fábricas de armas, armerías, campos, galerías y polígonos de tiro e inspección de sus instalaciones.

Área de sanidad y política social:

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados del transporte internacional de viajeros y de los medios de transporte internacional:

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados de la importación, exportación o tránsito de mercancías:

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de atención al público, información y tramitación de solicitudes de participación en los programas de mayores del IMSERSO.

Área de agricultura y pesca:

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia control y certificaciones de exportaciones e importaciones de sanidad vegetal y sanidad animal.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de certificación del origen de carnes con destino a la exportación.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de control y seguimiento del Programa de Ayuda Alimentaria a los más necesitados.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de inspecciones y participación en subastas y concursos ganaderos de razas puras de rubia gallega.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de controles previos a la autorización de establecimientos de productos zoosanitarios.

– Conocer la documentación que integra un expediente sancionador por infracciones de pesca marítima.

Alta inspección de educación:

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de información acerca de la homologación/equivalencia de títulos académicos extranjeros a efectos académicos.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de tramitación de expedientes de homologación/equivalencia de estudios extranjeros.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de entrega de credenciales de homologación y certificados de equivalencia de estudios extranjeros.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de los reconocimientos/acreditaciones profesionales en el ámbito del Ministerio de Educación.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de colaboración e información en la gestión de becas de educación, ayudas, concursos y premios del Ministerio de Educación.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de información acerca de los planes de estudios nacionales, autonómicos y de las convocatorias del Ministerio de Educación.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de información acerca de itinerarios educativos y formativos, así como de las diferentes vías de acceso a los estudios reglados y no reglados.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de reconocimiento de firmas en documentos académicos universitarios como trámite previo a su legalización para que surtan efecto en otros Estados.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de coordinación del Plan Director para la convivencia y mejora de la seguridad de los centros educativos y su entorno, en coordinación con las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Área de fomento:

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de Sector Ferroviario: expedientes sancionadores por infracciones relativas a la infraestructura y al dominio público ferroviario, expedientes de paralización de obras o instalaciones ilegales en zonas de dominio público o de protección de la infraestructura ferroviaria, y de suspensión de usos prohibidos, no autorizados o que no se ajusten a las condiciones establecidas en las autorizaciones, así como la recuperación de la legalidad viaria.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de Sector de carreteras: subvención al transporte regular de viajeros por carretera, expedientes sancionadores por faltas leves en materia de protección del dominio público viario y de sus zonas de protección, expedientes de paralización de obras o instalaciones ilegales en zonas de dominio público o de protección de la infraestructura viaria y de suspensión de usos prohibidos, no autorizados o que no se ajusten a las condiciones establecidas en las autorizaciones.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de Acuerdo de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura para la actuación conjunta en el Patrimonio Histórico Español a través del 1,5 % cultural.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de solicitudes de autorización de vuelos publicitarios con aerostatos, trabajos aéreos de escritura con humo, instalaciones de globos publicitarios, exhibición de ultraligeros y cualquier otro tipo de actividad que pueda afectar a la navegación aérea.

Servicio regional del instituto geográfico nacional (IGN):

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de información geográfica básica a instituciones públicas o privadas.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de asistencia técnica en materia de información geográfica relativa a Cartografía, Geodesia, Geofísica o Astronomía.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de coordinación y desarrollo de actividades de difusión de la cartografía (colegios, ferias del libro…).

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de delimitaciones territoriales y replanteo de líneas límite.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de actualización de la cartografía de series nacionales, cartografía derivada, cartografía temática y bases de información geográfica.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de control y mantenimiento de la red sísmica y de las redes geodésicas y de nivelación.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de comercialización de los productos del Instituto Geográfico Nacional y del Centro Nacional de Información Geográfica en la «Casa del Mapa».

Protección civil:

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de elaboración, actualización y gestión de protocolos y planes de actuación de protección civil en los riesgos de inundaciones, nevadas, incendios forestales, sísmicos, químicos, accidentes aéreos, contaminación marina, maremotos, accidentes de transportes de mercancías peligrosas por carretera, accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de información y asesoramiento en materia de protección civil y emergencias.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de planificación y gestión de emergencias estatales.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de información sobre subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.

– Conocer la documentación que integra un expediente de subvenciones.

– Conocer las actividades que realiza el Área en materia de estructuración y gestión territorial de la Red de Radio Emergencia (REMER).

Unidad de coordinación contra la violencia sobre la mujer/unidad contra la violencia sobre la mujer:

– Conocer las actividades que realiza la Unidad en materia de coordinación de información y recursos destinados a la protección de las mujeres en situación de riesgo y de la posibilidad de seguimientos individualizados.

– Conocer las actividades que realiza la Unidad en materia de apoyo a la protección integral de las víctimas de violencia de género, identificando los recursos que funcionan en la Comunidad Autónoma destinados a la referida protección y los perfiles de mayor vulnerabilidad.

– Conocer las actividades que realiza la Unidad en materia de seguimiento de las situaciones de violencia de género, especialmente las calificadas de mayor riesgo, los perfiles de mayor vulnerabilidad, los que se tenga constancia de una reanudación de la convivencia o se deje sin efecto una medida cautelar y, los que sean comunicados por la Delegación de Gobierno para la Violencia de Género.

– Conocer las actividades que realiza la Unidad en materia de seguimiento de los recursos y servicios de la Administración General del Estado para la atención de las situaciones de trata de mujeres con fines de explotación sexual.

– Conocer las actividades que realiza la Unidad en relación con las víctimas mortales por violencia de género (mujer y/o hijos e hijas) así como las heridas gravemente.

Gabinete de prensa:

– Conocer las actividades que realiza el Gabinete de Prensa de la Delegación del Gobierno en materia de comunicación.

– Conocer las actividades que realiza el Gabinete de Prensa en las relaciones informativas con los medios de comunicación social y en la difusión de la información de la Delegación.

– Conocer las actividades que realiza el Gabinete de Prensa en la gestión, definición y mantenimiento de los contenidos del Portal de Internet y la coordinación con los portales de otros centros directivos y organismos del Ministerio.

– Conocer las actividades que realiza el Gabinete de prensa en relación con las redes sociales.

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