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Documento BOE-A-2022-9425

Resolución de 2 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica Adenda de modificación del Convenio con las Comunidades Autónomas de País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valenciana, Canarias y Madrid, y la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2022, páginas 78714 a 78717 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2022-9425

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 26 de mayo de 2022, adenda de modificación de la cláusula segunda del convenio suscrito con fecha 19 de octubre de 2021 entre, por una parte, el Ministerio de Sanidad y las Consejerías competentes en materia de Salud de las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valenciana, Canarias y Madrid y, por otra parte, la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 2 de junio de 2022.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón Fernández.

ANEXO
Adenda de modificación de la cláusula segunda del convenio suscrito con fecha 19 de octubre de 2021, entre, por una parte, el Ministerio de Sanidad y las Consejerías competentes en materia de salud de las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valenciana, Canarias y Madrid y, por otra parte, la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud

REUNIDOS

De una parte, la señora Ministra de Sanidad, doña Carolina Darias San Sebastián, nombrada por Real Decreto 56/2021, de 26 de enero, en nombre y representación legal del Ministerio de Sanidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.2 y 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La excelentísima señora doña Gotzone Sagardui Goikoetxea, en su condición de Presidenta del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud (en adelante, Osakidetza), que actúa en representación del ente público, en virtud de las facultades atribuidas en el artículo 7 de los Estatutos sociales del ente público Osakidetza, previsto en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre.

El honorable señor Josep Maria Argimon i Pallàs, Consejero de Salud, nombrado por Decreto 22/2021, de 26 de mayo, del Presidente de la Generalitat de Catalunya, en nombre y representación de la Administración de la Generalitat de Cataluña a través de su Departamento de Salud, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.

El excelentísimo señor don Julio García Comesaña, Conselleiro de Sanidad y Presidente del Servicio Gallego de Salud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y de conformidad con los Decretos 136/2019 y 137/2019, de 10 de octubre, por los que se establecen las estructuras orgánicas de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, respectivamente, así como lo establecido en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El excelentísimo señor don Jesús Ramón Aguirre Muñoz, Consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, nombrado por Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de enero, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía (BOJA número 14, del 22, y corrección de errores en BOJA extraordinario número 1, del 22), y en virtud de las atribuciones reguladas en los artículos 9, 26.1 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, así como lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.

La excelentísima señora doña Ana Barceló Chico, Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública en representación de la Administración de la Generalitat, nombrada por Decreto 6/2019, de 17 de junio, del President de la Generalitat (DOGV número 8572, de 17 de junio de 2019), conforme a lo dispuesto en los artículo 17.f) y 28.g) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, en el artículo 6.3 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell por el que se regula los convenios que suscriba la Generalitat y su registro.

El excelentísimo señor don Blas Gabriel Trujillo Oramas, Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias (BOC número 215 de 19 de octubre de 2021), nombrado para el cargo en virtud del Decreto 53/2020, del Presidente, de 19 de junio (BOC número 123 de 20 de junio de 2020), quien actúa en nombre de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en su calidad de Presidente del Consejo de Dirección del Servicio Canario de la Salud, en nombre y representación de este, y en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 56.1.a) de la Ley Territorial 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, en relación con el artículo 51.2.b) de la misma Ley, y el artículo 7 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud.

El excelentísimo señor don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación efectuada mediante Decreto 82/2021, de 18 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se delega en el Consejero de Sanidad la firma del presente convenio.

De otra parte, doña Flora Pérez Marcote, en nombre y representación de la Fundación Amancio Ortega Gaona, inscrita en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, al amparo del derecho reconocido en el artículo 34.1 de la Constitución Española y de acuerdo con el artículo 27-26 del Estatuto de Autonomía para Galicia, constituida en escritura pública otorgada el 10 de julio de 2001, clasificada como fundación mixta por Orden de 3 de septiembre de 2001 (DOG número 176, de 11 de septiembre) y declarada de interés gallego por Orden de 12 de septiembre de 2001 (DOG número 186, de 25 de octubre), en su calidad de Vicepresidenta Primera de dicha entidad y haciendo uso de la delegación de facultades otorgada por acuerdo de su Patronato adoptado en su reunión de 23 de junio de 2021, elevado a público por medio de escritura autorizada por el Notario de La Coruña, don Francisco Manuel Ordóñez Armán, el 13 de octubre de 2021, con el número 2.661 de su protocolo.

Todas las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente, en función de la representación que ostentan, para suscribir la presente adenda y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Con fecha 19 de octubre de 2021, se suscribió un convenio entre, por una parte, el Ministerio de Sanidad y las Consejerías competentes en materia de salud de las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valenciana, Canarias y Madrid y, por otra parte, la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.

Segundo.

Que con fecha 14 de enero de 2022 la Comunidad Autónoma del País Vasco presenta una propuesta para destinar la unidad de protonterapia que le corresponde, a la provincia de Gipuzkoa, en vez de la provincia de Bizkaia como se recoge en el convenio y solicita la modificación del citado convenio en tal sentido.

La petición se justifica, por la citada Comunidad Autónoma, en base a la especialización oncológica que se viene desarrollando en Gipuzkoa en los últimos años, dentro de la línea estratégica de Osakidetza de crear una organización sanitaria monográfica en oncología orientada hacia un modelo de integración asistencial en cáncer, ubicada en el Complejo Hospitalario Donostia, llegando a constituir hoy en día un servicio de referencia para toda la población de Euskadi.

Por todo ello se considera que la ubicación en el Hospital Universitario Donostia cumple con todos los requisitos de excelencia asistencial que Osakidetza –Servicio Vasco de salud– debe proporcionar a sus pacientes.

Así mismo, dicha propuesta fue presentada el día 24 de enero de 2022 en la Comisión de gestión del proyecto de implantación de la protonterapia, recogida en la cláusula tercera del convenio, donde están representadas todas las Comunidades Autónomas, emitiendo dicha comisión informe favorable a dicho cambio.

Tercero.

Con fecha 1 de febrero de 2022, la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula novena del convenio acordó aprobar la petición realizada por el País Vasco y la propuesta de modificación del mismo, presentada por el Ministerio de Sanidad, mediante adenda de modificación, en el sentido solicitado por dicha Comunidad Autónoma, que modificaría el cuarto párrafo de la cláusula segunda del mismo para ser sometida a las partes firmantes del convenio, para su firma.

Cuarto.

Con fecha 23 de febrero de 2022 el Ministerio de Sanidad solicitó informe sobre la presente adenda de modificación del convenio a su servicio jurídico, el cual ha sido emitido con dictamen favorable con fecha 24 de febrero de 2022.

Quinto.

Con fecha 1 de marzo de 2022 el Ministerio de Sanidad solicitó informe sobre la presente adenda de modificación del convenio al Ministerio de Política Territorial, que ha mostrado su parecer favorable con fecha 11 de marzo de 2022.

Sexto.

Con fecha 22 de marzo de 2022 el Ministerio de Sanidad solicitó autorización para la firma de la presente adenda de modificación del convenio al Ministerio de Hacienda y Función Pública, habiendo obtenido la misma con fecha 8 de abril de 2022.

En base a lo expuesto las partes,

ACUERDAN

Primero.

Modificar el párrafo cuarto de la cláusula segunda del convenio suscrito, con fecha 19 de octubre de 2021, entre, por una parte, el Ministerio de Sanidad y las Consejerías competentes en materia de salud de las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valenciana, Canarias y Madrid y, por otra parte, la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud, que quedara redactado de la siguiente forma:

«La distribución de dichas unidades por Comunidad Autónoma y provincia e isla, en el caso de las Islas Canarias, será:

– Una unidad en la Comunidad Autónoma del País Vasco: Gipuzkoa.

– Dos unidades en la Comunidad Autónoma de Cataluña: Barcelona.

– Una unidad en la Comunidad Autónoma de Galicia: A Coruña.

– Dos unidades en la Comunidad Autónoma de Andalucía: Sevilla y Málaga.

– Una unidad en la Comunidad Autónoma Valenciana: Valencia.

– Una unidad en la Comunidad Autónoma de Canarias: Gran Canaria.

– Dos unidades en la Comunidad Autónoma de Madrid: Madrid.»

Segundo.

La presente modificación tendrá eficacia una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, sin perjuicio de ser publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de lo acordado, las partes suscriben la presente adenda de modificación del convenio, mediante firma electrónica.–Por el Ministerio de Sanidad, Carolina Darias San Sebastián.–Por la Fundación Amancio Ortega Gaona, Flora Pérez Marcote.–Por la Consejería de Sanidad del País Vasco, Gotzone Sagardui Goikoetxea.–Por la Consejería de Salud de la Comunidad de Cataluña, Josep Maria Argimon i Pallàs.–Por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Galicia, Julio García Comesaña.–Por la Consejería de Salud y Familias de la Comunidad de Andalucía, Jesús Ramón Aguirre Muñoz.–Por la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana, Ana Barceló Chico.–Por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Canarias, Gabriel Trujillo Oramas.–Por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero.

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