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Documento BOE-A-2022-9459

Orden PRE/53/2022, de 1 de junio, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2022, páginas 78972 a 78975 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2022-9459

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre), nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 1 de junio de 2022, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Los funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino u órgano competente de la Comunidad Autónoma, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Gerencia Territorial que corresponda u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Segundo.

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.

Tercero.

En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios/as del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa u órgano competente de la Comunidad Autónoma, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Esto días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que el/la funcionario/a proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Auxilio Judicial, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto.

En cualquier caso una vez diligenciada la toma de posesión, el responsable del órgano judicial o fiscal de destino remitirá dos ejemplares del documento F1R a la Gerencia Territorial correspondiente u órgano competente de la Comunidad Autónoma, para que por la misma se proceda a las oportunas variaciones en nómina, uno de los cuales será enviado por dicha Gerencia u órgano competente al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios personales al servicio de la Administración de Justicia, otro ejemplar será entregado al interesado y el cuarto para constancia en el órgano judicial.

Quinto.

Los/las funcionarios/as interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios/as de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Séptimo.

Los/las funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no obstante, el haber sido destinados/as con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Octavo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Orden PRE/38/2022, de 1 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santander, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación y, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la Orden, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 149 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Santander, 1 de junio de 2022.–La Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernandez Viaña.

ANEXO I
Cuerpo: Auxilio Judicial, turno libre
N.º Orden NIF Apellidos y nombre Destino adjudicado Localidad Comunidad Autónoma Función
1 ***6641** MARTINEZ GUTIERREZ, M.ª EUGENIA. JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N.º 2. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
2 ***4658** YAÑEZ GARCIA, FERNANDO. AGRUPACIÓN DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ DE SANTILLANA DEL MAR. SANTILLANA DEL MAR. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
3 ***4555** BENAVIDES GARCIA, MARIA JOSEFA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5. TORRELAVEGA. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
4 ***3450** RABINAL MINGUEZ, CRISTINA. JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
5 ***2284** MENDEZ MACIAS, MONTSERRAT. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
6 ***0337** LEMA MAGAN, MARIA FERNANDA. JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
7 ***1745** PEREZ MUÑOZ, TOMAS SEBASTIAN. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
8 ***7373** TEJIDO COLLADO, MARIA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
9 ***8013** TRUEBA MANTILLA, TERESA MARIA DEL PILAR. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6. TORRELAVEGA. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
10 ***4615** HUERGA MORAN, REBECA DE LA. JUZGADO DE LO PENAL N.º 3. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
11 ***7147** FERNANDEZ-MONGE GUTIERREZ, EDUARDO. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3. CASTRO URDIALES. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
12 ***3831** ALVARO SAIZ,NURIA. JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 6. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
13 ***8679** IGLESIAS DIAZ, JENARO ENRIQUE. AGRUPACIÓN DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ DE VILLACARRIEDO. VILLACARRIEDO. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
14 ***1776** MARTINEZ PEREZ, BORJA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2. LAREDO. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
15 ***8222** OBESO BURIEL, RAUL. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
16 ***9697** BELLIDO BOTUBOL, LETICIA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 12. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
17 ***7286** URBANO MORGADO, ALBERTO. AGRUPACIÓN DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ DE RIONANSA. PUENTENANSA. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
18 ***3997** PEREZ RAMOS, SARA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
19 ***3634** GARCIA ZARRABEITIA, MARIA INMACULADA. JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
20 ***8858** SAN MARTIN FERNANDEZ, MARIA JOSEFA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
21 ***9371** CLERIGO ROCHA, NICOLE. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 11. SANTANDER. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
22 ***2170** TOMAS LOZANO, DAVID JESUS. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1. TORRELAVEGA. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.
23 ***3593** COLIO FERNANDEZ, SONIA. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7. TORRELAVEGA. CANTABRIA. AUXILIO JUDICIAL.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/06/2022
  • Fecha de publicación: 09/06/2022
  • Resolución. Destinos.

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