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Documento BOE-A-2022-9572

Resolución de 30 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre condiciones retributivas para los sorteos extraordinarios de los días 19 de marzo y 1 de mayo de 2022, derivado del XVI Convenio colectivo de la ONCE y su personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2022, páginas 79748 a 79749 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-9572
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/05/30/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo, de 26 de enero de 2022, sobre condiciones retributivas para los sorteos extraordinarios de la modalidad de lotería Cupón de la ONCE de los días 19 de marzo y 1 de mayo de 2022, acuerdo derivado de lo dispuesto en el artículo 55.1 del XVI Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos –ONCE– y su personal (código de convenio n.º 90003912011984), publicado en el BOE de 18 de enero de 2018, y que fue suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de dicha organización, en representación de la misma, y de otra por el sindicato UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo derivado de dicho Convenio en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de mayo de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XVI CONVENIO COLECTIVO DE LA ONCE Y SU PERSONAL

En Madrid, a 26 de enero de 2022, se reúnen las representaciones de la Empresa y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XVI Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores. La sesión se celebra mediante audioconferencia.

La Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE, en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2021, adoptó el Acuerdo CEP.20/2021-3.3, aprobando la realización de dos sorteos extraordinarios de la modalidad de lotería «Cupón de la ONCE», a celebrar los días 19 de marzo y 1 de mayo de 2022, en consonancia con lo establecido en el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE, y en las condiciones que se indican en el propio Acuerdo del Consejo General.

Es preciso pactar las condiciones retributivas de estos dos Sorteos, según lo dispuesto en el XVI Convenio Colectivo.

La ONCE y el sindicato UGT adoptan este Acuerdo, con el mismo valor de lo pactado en Convenio Colectivo:

«Condiciones retributivas para los sorteos extraordinarios de la modalidad de lotería Cupón de la ONCE de los días 19 de marzo y 1 de mayo de 2022

1. La venta para los sorteos extraordinarios de la modalidad de lotería Cupón de la ONCE de los días 19 de marzo de 2022 y 1 de mayo de 2022 se efectuará de forma anticipada por los puntos de venta autorizados, y por toda la plantilla activa de agentes vendedores y vendedoras que realicen la venta durante parte o la totalidad del intervalo de fechas en que se comercializan, simultaneando su venta con la del resto de productos. También se podrá adquirir este producto por Internet a través de la Web oficial de juego de la ONCE.

2. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para cada uno de los sorteos extraordinarios del 19 de marzo y 1 de mayo de 2022 queda establecida en el 10% (diez por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales sean inferiores a 500 euros.

3. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para cada uno de los sorteos extraordinarios del 19 de marzo y 1 de mayo de 2022 queda establecida en el 12% (doce por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales sean iguales o superiores a 500 euros e inferiores a 1.500 euros.

4. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para cada uno de los sorteos extraordinarios del 19 de marzo y 1 de mayo de 2022 queda establecida en el 13% (trece por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales sean iguales o superiores a 1.500 euros e inferiores a 3.000 euros.

5. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para cada uno de los sorteos extraordinarios del 19 de marzo y 1 de mayo de 2022 queda establecida en el 15% (quince por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales sean iguales o superiores a 3.000 euros.

6. Esta comisión se percibirá por el personal vendedor en las condiciones previstas en la Circular 4/2018, de 14 de febrero, reguladora de las retribuciones de los trabajadores y trabajadoras, o norma que la sustituya.

7. Estas normas entrarán en vigor, y comenzarán a surtir efectos, a partir de la fecha de firma de este Acuerdo.

8. Se faculta a la Dirección General de la ONCE para que dicte las instrucciones de desarrollo que considere más oportunas, para garantizar la correcta aplicación de este Acuerdo.»

Jorge Iniguez Villanueva (ONCE).–Diego Sayago Sánchez  (UGT).–Rafael Herranz Castillo (Secretario).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/05/2022
  • Fecha de publicación: 10/06/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 8 de enero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-660).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Negociación colectiva
  • Organización Nacional de Ciegos

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