De conformidad con lo establecido en los artículos 6, letra f), y 7, apartado 1, del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, formarán parte del mismo un número determinado de Consejeros y Consejeras, nombrados por la Ministra de Educación y Formación Profesional, a propuesta de las organizaciones sindicales que, de acuerdo con la vigente legislación laboral, ostenten el carácter de más representativas.
Asimismo, según dispone el artículo 9, apartado 1, letra d), del referido Real Decreto, los Consejeros y Consejeras perderán su condición de miembros del Consejo Escolar del Estado por revocación del mandato conferido por las organizaciones respectivas que los designaron.
De acuerdo con lo regulado en la norma indicada, a propuesta de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO), dispongo:
El cese como Consejera sustituta del Consejero titular, don Carlos Bravo Fernández, por el grupo de organizaciones sindicales, de la siguiente representante:
Doña M.ª Ángeles González Martín.
El nombramiento como Consejero sustituto del Consejero titular, don Carlos Bravo Fernández, por el grupo de organizaciones sindicales, del siguiente representante:
Don Manuel Llorente Palomares.
El mandato del Consejero nombrado por la presente orden finalizará en la fecha de renovación bienal en la que habría de cesar la Consejera en cuyo lugar se le nombra, de acuerdo con lo previsto en los artículos 7.2 y 10.1 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio.
Madrid, 24 de abril de 2023.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, María del Pilar Alegría Continente
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