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Documento BOE-A-2023-1078

Resolución de 9 de enero de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Entrimo y la Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común de Lantemil e Reloeira, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de sendero y zona de baño en Lantemil. Entrimo (Ourense).

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 16 de enero de 2023, páginas 5975 a 5978 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-1078

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., el Ayuntamiento de Entrimo y la Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común de Lantemil e Reloeira para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de sendero y zona de baño en Lantemil. Ayuntamiento de Entrimo (Ourense). PdM Miño-Sil ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, otorgada el 3 de enero de 2023, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 9 de enero de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., el Ayuntamiento de Entrimo y la Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común de Lantemil e Reloeira para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de sendero y zona de baño en Lantemil. Ayuntamiento de Entrimo (Ourense). PdM Miño-Sil ES010_3_CHCH0XCET29WP2537

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Por otra parte, don Ramón Alonso López, Alcalde del Ayuntamiento de Entrimo, nombrado por el Pleno de la Corporación el día 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Y por otra parte, doña Beatriz Pereira Rodríguez, Presidenta de la Junta Rectora de la Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común (en adelante CMVMC) de Lantemil e Reloeira, nombrada en la Asamblea General celebrada en fecha 21 de mayo de 2022, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 15 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de Montes Vecinales en Mano Común.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 26 de septiembre de 2022 (BOE núm. 242 de 8 de octubre) se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., el Ayuntamiento de Entrimo y la Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común de Lantemil e Reloeira para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de sendero y zona de baño en Lantemil. Ayuntamiento de Entrimo (Ourense). PdM Miño-Sil ES010_3_CHCH0XCET29WP2537 con un importe previsto de 525.000 euros y una previsión de ejecución en las anualidades 2022 y 2023.

II. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

III. Que, no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del texto convencional.

IV. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar una modificación de las anualidades inicialmente establecidas, así como modificar las obligaciones asumidas por el ayuntamiento de Entrimo y las competencias de la Comisión de Seguimiento para la buena marcha y ejecución del mismo.

V. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

El objeto de esta adenda es modificar la cláusula quinta, reajustar las anualidades establecidas en el anexo, incluir una nueva obligación de la Entidad local en la Cláusula Novena y modificar la cláusula Undécima del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., el Ayuntamiento de Entrimo y la Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común de Lantemil e Reloeira para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de sendero y zona de baño en Lantemil. Ayuntamiento de Entrimo (Ourense). PdM Miño-Sil ES010_3_CHCH0XCET29WP2537

Segunda. Modificación de la cláusula quinta, Anualidades y aportaciones.

Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta del siguiente modo:

«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo I al presente documento.

No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente Convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda.»

Tercera. Modificación de la cláusula novena, Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Entrimo.

Se introduce un nuevo apartado 9) en la cláusula novena relativa a las obligaciones que asume la Entidad local:

«9) El Ayuntamiento de Entrimo deberá solicitar la oportuna concesión administrativa ante la Comisaria de Aguas de la CHMS, OA por la ocupación del dominio público hidráulico del pantalán incluido en el proyecto de obras así como responsabilizarse del mantenimiento y uso adecuado del mismo durante su explotación. En todo caso el ayuntamiento deberá impedir su uso y explotación mientras no sea otorgada la citada concesión administrativa.»

Cuarta. Modificación de la cláusula duodécima, Comisión de Seguimiento.

Se modifica el segundo párrafo de la cláusula duodécima, que queda redactado del siguiente modo:

«Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución.

Le corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta.»

Quinta. Modificación del anexo Anualidades previstas.

Se modifica el anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:

«Administración 2022 2023 2024 Total
CHMS, O.A. 11.466,22 328.533,78 80.000,00 420.000,00
Ayunt. Entrimo. 716,64 20.533,36 5.000,00 26.250,00
CMVMC Lantemil. 2.149,92 61.600,08 15.000,00 78.750,00
 Total. 14.332,78 410.667,22 100.000,00 525.000,00»
Sexta. Eficacia.

La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la Disposición adicional séptima de la citada Ley. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Entrimo, Ramón Alonso López.–La Presidenta de la C.M.V.M.C. de Lantemil e Reloeira, Beatriz Pereira Rodríguez.

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