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Documento BOE-A-2023-12396

Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, por la que se publica la Adenda para prorrogar el Convenio urbanístico de gestión con el Ayuntamiento de Dos Hermanas, para el desarrollo de la unidad de ejecución UE-2 de la actuación de ordenación AO-36 "Viviendas autovía" del Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2023, páginas 72795 a 72797 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2023-12396

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrita el pasado 23 de marzo de 2023, previa tramitación pertinente, la adenda para prorrogar el convenio urbanístico de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas y SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para el desarrollo de la unidad de ejecución UE-2 de la actuación de ordenación AO-36 «Viviendas autovía» del Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas, de 12 de marzo de 2019, y, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 31 de marzo de 2023.–El Director General de SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, Fidel Vázquez Alarcón.

ANEXO
Adenda para prorrogar el Convenio urbanístico de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas y SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para el desarrollo de la unidad de ejecución UE-2 de la actuación de ordenación AO-36 «Viviendas autovía» del Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas, de 12 de marzo de 2019

Dos Hermanas, 23 de marzo de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Fidel Vázquez Alarcón, Director General de SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 33/2022, de 11 de enero, en representación de la citada entidad, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 7 y 18 del Real Decreto 1525/1999 por el que se aprueba el Estatuto de SEPES.

Y, de otra parte, doña Ana María Conde Huelva, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas, al amparo de las facultades conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Se encuentra especialmente facultada para este acto en virtud del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 10 de marzo de 2023.

Ambas partes, declaran tener capacidad legal suficiente para suscribir la presente Adenda al convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

I. El 12 de marzo de 2019 fue suscrito convenio urbanístico de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas y SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para el desarrollo de la unidad de ejecución UE-2 de la actuación de ordenación AO-36 «Viviendas autovía» del Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas.

El convenio se firmó ante la necesidad sobrevenida de anticipar las actuaciones encaminadas al desarrollo de la unidad de ejecución UE-2 de la actuación de ordenación AO-36 «Viviendas autovía» como consecuencia del desplome de techumbres en los «Pisos del Quintillo», y recogía compromisos y acciones a realizar por las partes. A día de la fecha, las partes reconocen que aún quedan compromisos pendientes de cumplirse en su totalidad.

II. La estipulación quinta del convenio establece su vigencia:

El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años conforme a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a contar desde su entrada en vigor.

No obstante, podrá ser objeto de prórroga, si fuera necesario para dar cumplimiento a los objetivos perseguidos, siempre que esta se formalice entre las partes mediante la firma de la correspondiente adenda en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior y su duración no se extienda hasta más allá de cuatro años adicionales, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.h).2.º de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La entrada en vigor del convenio se determina en su estipulación octava.

El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio entrará en vigor desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Habiéndose publicado el convenio en el BOE de 4 de abril de 2019, esta es la fecha de su entrada en vigor, finalizando por tanto su vigencia el 4 de abril de 2023.

Por lo tanto, se dan las circunstancias y requisitos para acordar una prórroga del convenio por cuatro años más, a contar desde el 4 de abril de 2023, por lo que las partes acuerdan otorgar la presente adenda al convenio conforme a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la adenda es prorrogar el convenio urbanístico de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas y SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para el desarrollo de la unidad de ejecución UE-2 de la actuación de ordenación AO-36 «Viviendas autovía» del Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas, de 12 de marzo de 2019.

Segunda. Prórroga de la vigencia del convenio.

Se prorroga la vigencia del convenio por cuatro años más, hasta el 4 de abril de 2027.

Tercera. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla». Todo ello sin perjuicio de la vigencia de las determinaciones del convenio en todo aquello que no modifique la presente adenda.

Cuarta. Naturaleza jurídica.

La presente adenda y el convenio al que complementa tienen naturaleza jurídico-administrativa, rigiéndose, además de por la normativa urbanística autonómica, por lo dispuesto al respecto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las cuestiones litigiosas que se susciten en relación con la interpretación y ejecución de la presente adenda serán resueltas por los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo.

No obstante, con anterioridad a dirimir el conflicto en el ámbito jurisdiccional, las partes se comprometen a realizar el requerimiento regulado en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y para que conste, y en prueba de conformidad y aceptación de todas y cada una de las cláusulas, ambas partes intervinientes firman el presente documento por duplicado, en la fecha de la firma digital.–Por el Ayuntamiento de Dos Hermanas, la Teniente de Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio, Ana Conde Huelva.–Por SEPES, el Director General, Fidel Vázquez Alarcón.

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