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Documento BOE-A-2023-12882

Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la aplicación del «Proyecto de creación de un corpus digitalizado de tareas de comprensión de lectura para la evaluación de la comprensión en sistemas de inteligencia artificial».

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2023, páginas 75527 a 75529 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-12882

TEXTO ORIGINAL

El Director del Instituto Cervantes y la Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica de la Universidad Nacional de Educación a Distancia han suscrito una adenda al convenio para la aplicación del «Proyecto de creación de un corpus digitalizado de tareas de comprensión de lectura para la evaluación de la comprensión en sistemas de inteligencia artificial», firmado el 25 de mayo de 2021.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 26 de mayo de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la aplicación del «Proyecto de creación de un corpus digitalizado de tareas de comprensión de lectura para la evaluación de la comprensión en sistemas de inteligencia artificial» suscrito el 25 de mayo de 2021

3 de mayo de 2023.

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda de modificación y prórroga en la calle Alcalá 49, 28014, Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Y de otra parte, doña Rosa María Martín Aranda, Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cargo para el que fue nombrada el 21 de diciembre de 2018, actúa en nombre y en representación de la Universidad conforme con lo establecido en la resolución de delegación de competencias de 15 de enero de 2019 (BOE de 19 de enero), con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Bravo Murillo, 38, 7.ª, 28015 Madrid, con NIF Q 2818016 D; en adelante, UNED.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que las partes suscribieron, el 25 de mayo de 2021, un convenio con el objeto de incentivar el desarrollo y efectuar la aplicación práctica de los resultados de un proyecto de investigación, mediante la aplicación de procedimientos de análisis de inteligencia artificial a corpus de tareas de comprensión lectora de exámenes de español que realiza el Instituto Cervantes, vigente hasta el 26 de mayo de 2023 y prorrogable en cualquier momento antes de su finalización por acuerdo de los firmantes, por un nuevo periodo de dos años, de acuerdo con lo previsto en su cláusula séptima.

II. Que tras efectuar un estudio preliminar de los materiales disponibles se evidenció que la tarea de conversión de los documentos originales a formatos manipulables por la máquina entrañaba mayor dificultad que la estimada inicialmente, motivando la necesidad de financiación adicional. Una vez subsanada esta situación, ambas partes siguen interesadas en realizar la colaboración objeto del convenio, en los mismos términos regulados en este.

III. Que en la cláusula octava del citado convenio se establece que las partes podrán modificar el convenio en cualquier momento, de mutuo acuerdo y por escrito y que cualquier modificación del mismo deberá ser tramitada conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por los servicios jurídicos de ambas partes.

V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 14 de abril de 2023.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación y prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Para la actualización de los compromisos económicos asumidos, las partes acuerdan la modificación de la cláusula cuarta del convenio de 25 de mayo de 2021, que queda redactada como sigue:

«Cuarta. Condiciones económicas.

El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación dineraria entre las partes, quedando obligada cada una a realizar y financiar a través de sus respectivos medios propios y recursos materiales y humanos las obligaciones y compromisos económicos derivados de la ejecución de las actividades que puedan llevar a cabo conforme al mismo.

La aportación estimada por parte del Instituto Cervantes en cuanto a recursos materiales y humanos para el año 2023 se cuantifica en un máximo de ocho mil doscientos euros (8.200 €) dotados en su presupuesto para el año 2023.

Por su parte, la aportación de la UNED por dedicación del equipo investigador y uso de equipos informáticos e instalaciones de trabajo, se estima en un total de doce mil cuatrocientos euros (12.400 €) para el año 2023.

Para los años siguientes en que esté vigente el presente convenio, la aportación de esos recursos estará supeditada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias de las partes, si bien la previsión se estima similar a la de 2023.

La ejecución de los compromisos asumidos mediante el presente convenio queda supeditada a la situación presupuestaria del Instituto Cervantes y de la UNED en el momento de realización de las actividades, de forma que las partes reconocen que la realización de las mismas puede quedar afectada por acuerdos u órdenes de no presupuestaria, u otras circunstancias similares, en cuyo caso, se eximen de su ejecución sin poder exigir la una a la otra el cumplimiento de los compromisos afectados.»

Segunda.

Se extiende hasta el 26 de mayo de 2025 la vigencia del resto de los compromisos y obligaciones asumidos en virtud del convenio firmado el 25 de mayo de 2021, no modificados por esta adenda.

Tercera.

La presente adenda de modificación y prórroga surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización.

Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda, en las fechas indicadas.–El Director del Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero.–La Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Rosa María Martín Aranda.

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