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Documento BOE-A-2023-14452

Resolución de 8 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Diputación Provincial de Málaga y el Ayuntamiento de Málaga, para la candidatura de Málaga como sede de la Exposición Internacional 2027.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2023, páginas 86188 a 86196 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2023-14452

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 26 de mayo de 2023 se suscribió un Convenio entre la Administración General del Estado representada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Diputación Provincial de Málaga y el Ayuntamiento de Málaga para la candidatura de Málaga como sede de la Exposición Internacional 2027.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de junio de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

ANEXO
Convenio entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Diputación Provincial de Málaga y el Ayuntamiento de Málaga para la candidatura de Málaga como sede de la Exposición Internacional 2027

REUNIDOS

De una parte, don Luis Manuel Cuesta Civís, Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, nombrado por Real Decreto 655/2021, de 27 de julio, actuando por delegación del Ministro de Asuntos Exteriores, don José Manuel Albares Bueno, en virtud de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y en el Capítulo II, apartado Tercero, punto 4, letra e), de la Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.

De otra parte, don Antonio Sanz Cabello, Consejero de la Presidencia, Interior, Dialogo Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue nombrado por Decreto del Presidente 11/2022, de 25 de julio, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía (BOJA Extraordinario núm. 25, martes 26 de julio de 2022), actúa en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, distribuye entre los miembros de Consejo de Gobierno las correspondientes funciones ejecutivas, y conforme a lo establecido el artículo 118.4 del Estatuto de Autonomía y en el Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa (BOJA número 28, de 11 de agosto de 2022).

De otra parte, doña Carolina España Reina, en calidad de Presidenta de la Agencia Pública Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (en adelante TRADE) y de Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, en tanto que la citada Agencia Pública Empresarial se adscribe a la Consejería competente en materia de promoción económica, cargos para los que fue nombrada mediante el Decreto del Presidente 11/2022, de 25 de julio, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 25, de 26 de julio de 2022) y mediante el Decreto 69/2023, de 21 de marzo de 2023, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) (BOJA núm. 57 de 24 de marzo de 2023).

De otra parte, don Francisco Salado Escaño, Presidente de la Diputación Provincial de Málaga, en virtud del nombramiento efectuado por acuerdo de Pleno en sesión ordinaria de 17 de julio de 2019 y actuando en su representación en base a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

De otra parte, don Francisco de la Torre Prados, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, en virtud del nombramiento otorgado por el Pleno Municipal celebrado el 15 de junio de 2019. Actúa en representación del Ayuntamiento de Málaga en virtud del artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Reconociéndose mutuamente, en la calidad en la que intervienen, con la competencia y la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio y, en su virtud.

EXPONEN

El Ayuntamiento de Málaga manifestó su legítima aspiración, compartida con la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Málaga, a organizar la Exposición Internacional en el año 2027 sobre el tema «La Era Urbana: hacia la ciudad sostenible», como foro para intercambiar conocimientos, experiencias y soluciones diversas para hacer de las ciudades entornos amables de residencia y convivencia; aspiración que el Gobierno de la nación se propone respaldar.

El proyecto recibió el pleno apoyo del Gobierno de la Nación, que, mediante Acuerdo de 14 de diciembre de 2021, encomendó al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación la coordinación de la preparación de la candidatura y su presentación en tiempo oportuno a la Oficina Internacional de Exposiciones (Bureau International des Expositions, BIE), con sede en París, y decidió, asimismo, la creación de una Comisión Nacional que coordinara todas las actuaciones dirigidas al logro de la candidatura de Málaga.

«La Era Urbana: hacia la ciudad sostenible» es una propuesta de reflexión en torno a uno de los principales desafíos a los que se enfrenta la sociedad contemporánea a medio y largo plazo: hacer compatibles el crecimiento demográfico y el desarrollo urbanístico con la protección del medioambiente y la adopción de soluciones innovadoras que garanticen una mejora de la calidad de vida de los residentes en las ciudades.

La creciente preocupación por el clima hace oportuna la reflexión en torno a cómo las ciudades del futuro han de trabajar para ser más sostenibles y habitables, en todos los sentidos. Ante problemas que afectan a la globalidad de los territorios, las soluciones también han de buscarse de forma conjunta y con perspectiva global.

Esta propuesta enlaza con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU para 2030, que el Gobierno de España comparte; en particular, con el de desarrollar infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación (9); conseguir que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles (11); garantizar las pautas de consumo y producción sostenibles (12); tomar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos (13); conservar y utilizar de forma sostenible océanos, mares y recursos marinos para lograr el desarrollo sostenible (14) y proteger, restaurar y promover la utilización sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar de manera sostenible los bosques, combatir la desertificación y detener y revertir la degradación de la tierra y frenar la pérdida de diversidad biológica (15).

El compromiso y apoyo del Estado a la candidatura Expo Málaga 2027 se ha coordinado a través de la Comisión Nacional creada por Real Decreto 59/2022, de 25 de enero, y constituida bajo la presidencia del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación el 8 de abril de 2022.

La Comisión Nacional tiene como finalidad la realización de cuantas actividades preparatorias sean necesarias para que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en nombre del Gobierno español, notifique la candidatura a que se refiere el artículo anterior ante la Oficina Internacional de Exposiciones, y para que se proceda a la adecuada tramitación e inscripción de la citada candidatura.

Adicionalmente, entre las funciones de la Comisión están:

a) Impulsar la campaña de Málaga como sede de la Expo Málaga 2027, a fin de lograr que España consiga que Málaga sea la ciudad elegida como sede para la Expo Internacional 2027.

b) Mantener las relaciones necesarias con la Oficina Internacional de Exposiciones.

c) Articular la participación de todas las administraciones públicas en la preparación de la Expo Málaga 2027.

d) Recabar la colaboración del sector privado, así como de otros actores cuando se estime conveniente.

e) Cualquier otra que se considere necesaria para sus fines generales.

La Comisión Nacional está presidida por el Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Está integrada por representantes de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Hacienda y Función Pública; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; Educación y Formación Profesional; Industria, Comercio y Turismo; Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; Política Territorial; Transición Ecológica y Reto Demográfico; Cultura y Deporte; Derechos Sociales y Agenda 2030; y Ciencia e Innovación; la delegación del Gobierno en Andalucía; la Junta de Andalucía; la Diputación Provincial de Málaga; y, el Ayuntamiento de Málaga.

El 26 de enero de 2022 España registró en el BIE la candidatura de Málaga para acoger la Exposición Internacional 2027 que tendría lugar entre el 5 de junio y el 5 de septiembre. El país anfitrión de la Exposición Internacional será elegido por los países miembros del BIE, en su asamblea general, mediante el principio de un país, un voto, el 21 de junio de 2023.

Mediante el Real Decreto 246/2022, de 5 de abril (BOE núm. 82, miércoles 6 de abril de 2022), el Consejo de Ministros designó Embajador en Misión Especial para la Candidatura Expo Málaga 2027 a don Juan José Escobar Stemmann.

El 7 de junio de 2022 se depositó en París en la sede del BIE el dosier de la candidatura.

En el tiempo que media hasta la designación de la ciudad sede de la Expo 2027, ha cobrado especial trascendencia la promoción de la candidatura de Expo Málaga 2027 con el objeto de poder atraer el apoyo de los países miembros del BIE de cara a la votación del 21 de junio de 2023. En este sentido, se ha diseñado un programa de trabajo conjunto entre todas las administraciones implicadas a desarrollar en esta fase de campaña.

Así pues, de conformidad con lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene como objeto establecer los términos de la colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC) en representación de la Administración General del Estado, la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Diputación Provincial de Málaga y el Ayuntamiento de Málaga para la promoción de la candidatura Expo Málaga 2027 hasta la decisión final del BIE el 21 de junio de 2023, como un acontecimiento de mutuo interés entre las partes.

Segunda. Actuaciones en la fase de candidatura.

Una vez presentada la candidatura de la ciudad de Málaga el 26 de enero de 2022, se inició un proceso de desarrollo de la candidatura que, si es finalmente exitoso, culminará el 21 de junio de 2023 con la designación de la ciudad por el BIE como la elegida para albergar la Exposición internacional del 2027.

Desde el año 2022 se han ido desarrollando un conjunto de actuaciones, cuyo objetivo es conseguir el apoyo de los delegados del BIE, a través de la presentación y difusión de la candidatura, actos específicos y la acción diplomática. Se elaboró un dosier de candidatura, que se remitió al BIE, que incluye un capítulo destinado al apoyo a los países menos desarrollados para su participación en la Expo. Asimismo, se han hecho dos presentaciones de la candidatura en sendas sesiones de la asamblea del BIE, a la que se añadirá un tercera el 21 de junio de 2023. Y se recibió una misión de investigación del BIE en España para la supervisión de la candidatura, en septiembre de 2022.

En la fase de preparación de la Expo, que se iniciaría a partir de junio de 2023, sólo si Málaga es elegida, las actuaciones irán encaminadas a acometer todas las inversiones necesarias para construir la Expo, sus instalaciones, redes de transporte y demás actuaciones previstas en el Plan de Inversiones.

El conjunto de acciones a realizar antes y después de que la sesión de la asamblea del BIE del 21 de junio de 2023, que elija la ciudad ganadora se lista a continuación:

a) Mantener las relaciones necesarias con el BIE, a través de la Misión diplomática acreditada en París.

b) Confección del dosier de la candidatura, que debe ser presentado ante el Comité Ejecutivo del BIE y la Asamblea General, para la votación de elección del país anfitrión de la Expo.

c) Pago de la traducción al francés y al inglés del dosier de candidatura.

d) Elaboración del Capítulo de Países en Desarrollo del dosier de la candidatura, a remitir al BIE antes del 18 de julio de 2022.

e) Licitación, adjudicación y ejecución de una campaña de Comunicación, Publicidad y Comunicación institucional, en el marco de la Ley 29/2005, de 29 de diciembre de 2005.

f) Elaboración y producción de material promocional.

g) Realización de las actividades de promoción diplomáticas a través de la red de Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Oficinas consulares del Estado.

h) Organización y financiación de la Misión de investigación del BIE a la ciudad candidata que tendrá lugar la semana del 26 de septiembre de 2022.

i) Presentación de la candidatura en diferentes momentos ante el BIE:

1. Primera presentación ante el BIE el 20 de junio de 2022.

2. Segunda presentación de la candidatura a la Asamblea General del BIE, el día 28 de noviembre de 2022, junto con una recepción a los delegados del BIE en París.

3. Presentación final a la Asamblea General del BIE, 21 de junio de 2023.

j) Recepción final que tendrá lugar la tarde después del día de la elección del anfitrión (actividad sujeta a la designación de Málaga como sede de la Expo2027).

k) Presentación de la candidatura en Madrid, ante el cuerpo diplomático acreditado.

l) Realización de otros eventos de apoyo a la candidatura, como side events en el marco de NNUU, y seminarios especializados.

m) Y si Málaga es elegida, formalización y pago de los derechos de registro de la candidatura ante el BIE, debiéndose añadir el pago de los 495.000 euros restantes en el momento de designación de la sede de la Expo 2027 que el BIE demanda como gastos de candidatura. Esta actividad solo se llevaría a cabo en el caso de que Málaga fuera designada sede. En el momento de registro de la candidatura el Ayuntamiento de Málaga aportó 55.000 euros correspondientes al 10 % de los 550.000 euros totales que exige el BIE a las sedes de las Exposiciones internacionales.

n) Las propias actuaciones del Embajador en Misión Especial don Juan José Escobar Stemmann, designado mediante el Real Decreto 246/2022, de 5 de abril (BOE núm. 82, miércoles 6 de abril de 2022) para la realización de las tareas de promoción de la candidatura Expo Málaga 2027.

o) Desarrollar la actividad de la Comisión Nacional.

p) Respaldar institucionalmente las actividades que se realicen en ejecución del presente convenio.

q) Recabar la colaboración del sector privado, así como de otros actores cuando se estime conveniente.

r) Cualquier otra que se considere necesaria para el impulso de la candidatura de la Expo Málaga 2027.

Tercera. Compromisos de las administraciones.

a) Las administraciones implicadas se comprometen a contribuir económicamente a la realización de la actividad objeto del convenio en los siguientes términos:

El presupuesto de la fase de campaña se estima en 3.260.000,00 euros y se desglosa en el siguiente cuadro.

Compromisos financieros de las Administraciones en la promoción candidatura Expo 2027 Málaga

Euros

Administración General del Estado

Transferencia corriente al Ayuntamiento de Málaga por los gastos de promoción de la candidatura Expo 2027 Málaga. 1.300.000,00
Indemnizaciones por razón de servicio. 180.000,00
Gastos diversos (recepciones, simposios). 150.000,00

Junta de Andalucía

Transferencia corriente al Ayuntamiento de Málaga para la candidatura de Málaga Exposición Internacional 2027. 815.000,00

Diputación Provincial de Málaga

Transferencia corriente al Ayuntamiento de Málaga por gastos de promoción Candidatura Expo 27 Málaga. 326.000,00

Ayuntamiento de Málaga

Transferencia corriente a Promálaga. 489.000,00
 Total. 3.260.000,00

La Administración General del Estado, a través del MAEUEC, se compromete a contribuir a la financiación de las actividades de promoción de la candidatura Expo 2027 Málaga campaña por un importe de hasta un total máximo de 1.630.000,00 euros, correspondientes al ejercicio presupuestario 2023.

La Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Málaga y la Diputación Provincial de Málaga aportarán otros 1.630.000,00 euros de los que la Junta aportará el 50%, el Ayuntamiento un 30 % y la Diputación un 20 %.

El MAEUEC financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en el presente convenio con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

– 1.300.000,00 euros en la aplicación presupuestaria 12.01.142A.461 «Al Ayuntamiento de Málaga, Candidatura Expo 2027», correspondientes al ejercicio 2023. Dicha cantidad irá destinada a financiar las actuaciones de promoción de la candidatura Expo 2027 Málaga gestionadas por el Ayuntamiento de Málaga directamente o a través de la Empresa Municipal de Iniciativas y Actuaciones Empresariales de Málaga SA (Promálaga), en cuyo caso, las actuaciones realizadas por esta empresa, serán auditadas por el Interventor Municipal», desde el registro de la candidatura en el BIE el 26 de enero de 2022. La cantidad anterior se desembolsará en cuanto el Ayuntamiento justifique el cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención nominativa «Al Ayuntamiento de Málaga, Candidatura Expo 2027».

De acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo III de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento de concesión directa de la subvención, a la que se alude en el párrafo anterior, estará a las condiciones y compromisos que se establezcan en el presente convenio y en la resolución de concesión.

– 150.000,00 euros en el capítulo 2 gastos corrientes, en la aplicación presupuestaria 12.01.142A.226.99 «Gastos diversos. Otros», para recepciones y otras actuaciones, correspondientes a los Presupuestos Generales 2022 y correspondientes al ejercicio 2023, mediante reasignación interna de créditos. Dicha cantidad será gestionada de modo directo por el MAEUEC.

– 180.000,00 euros en la aplicación 12.01.142 A 23. «Indemnizaciones por razón de servicio» de los Presupuestos Generales 2022 y correspondientes al ejercicio 2023, mediante reasignación interna de créditos. 2023. Dicha cantidad será gestionada de modo directo por el MAEUEC.

La Junta de Andalucía financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en el presente Convenio, conforme a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

– 815.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1051010000 G/72B/46000/00 01 «A Ayuntamiento para la Candidatura de Málaga Exposición Internacional 2027» mediante transferencia corriente. Dicha cantidad irá destinada a financiar gastos corrientes correspondientes a las actuaciones de promoción de la candidatura Expo 2027 Málaga.

La Diputación Provincial de Málaga financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en el presente Convenio, conforme al siguiente detalle:

– 326.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 0101-9421-46200 «Transferencias a Ayuntamientos» mediante transferencia al Ayuntamiento de Málaga. Dicha cantidad irá destinada a financiar gastos corrientes correspondientes a las actuaciones de promoción de la candidatura Expo 2027 Málaga gestionadas por el Ayuntamiento de Málaga. El abono se materializará previa justificación de los gastos realizados.

El Ayuntamiento de Málaga financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en el presente Convenio, conforme al siguiente detalle:

– 489.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 00.1728.44900.9504 correspondiente al ejercicio presupuestario 2022, mediante transferencia corriente a la Empresa Municipal de Iniciativas y Actuaciones Empresariales de Málaga SA (Promálaga), para el programa 1728 Expo 2027 Málaga.

b) En el caso de que Málaga sea elegida como sede de la Expo 2027, el MAEUEC hará efectivo los 495.000,00 restantes de los gastos de inscripción de la candidatura, de acuerdo con la normativa de la OIE. El pago de los derechos de inscripción de la candidatura, en forma de una contribución voluntaria por el importe de 495.000,00 euros, cuyo crédito está previsto en la «Aplicación presupuestaria: Participación en organismos internacionales. Contribuciones voluntarias. 12.01.499», de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2023, esta cantidad será detraída del porcentaje que tenga que aportar la Administración General del Estado en la fase de financiación de la Expo 2027 Málaga.

De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta, de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, de Contribuciones o aportaciones que realice la Administración General del Estado así como los organismos públicos dependientes de ella no previstas en Tratados y Acuerdos Internacionales, lo dispuesto en el párrafo primero de esta letra, deberá ser autorizado por el Consejo de Ministros, a propuesta del MAEUEC, acompañado de informe sobre su adecuación a los fines, directrices y objetivos de la política exterior y sobre su naturaleza, procedimiento y más adecuada instrumentación jurídica. El expediente que se eleve al Consejo de Ministros, deberá ir acompañado necesariamente del informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

c) Las administraciones implicadas se comprometen a trabajar conjuntamente para desarrollar las actuaciones listadas en la cláusula segunda durante la fase de campaña. Las partes pueden decidir en cada momento si algunas de las actuaciones previstas se asignan específicamente a una administración concreta, a excepción de las actuaciones que corresponden competencialmente a la Administración General del Estado [letras a), d), g), h), k) y n) de la cláusula 2].

d) Las transferencias que se realicen en favor del Ayuntamiento podrán destinarse a la ejecución de gastos directos del propio Ayuntamiento o a los realizados por la Empresa Municipal de Iniciativas y Actuaciones Empresariales de Málaga SA (Promálaga), ente instrumental, con un capital social 100 % municipal y con competencia reflejada en sus estatutos de promoción de la ciudad.

e) La ejecución de los compromisos económicos previstos estará sujeta en todo caso a la disponibilidad presupuestaria de las Partes.

f) Las administraciones implicadas se comprometen a respetar los porcentajes de financiación establecidos en la letra a) de la cláusula tercera. Una vez finalizada la vigencia del Convenio, si se constata por la Comisión mixta de seguimiento la existencia de un desequilibrio de las aportaciones de cada administración respecto a los porcentajes de financiación acordados, las administraciones deudoras se comprometen a llevar a cabo las correspondientes transferencias corrientes hasta equilibrar los porcentajes de financiación establecidos en la letra a).

Cuarta. Mecanismos de seguimiento.

Las partes se comprometen a resolver, de mutuo acuerdo, todas las incidencias que puedan surgir a lo largo del desarrollo del presente Convenio relativas a la interpretación, resolución y efectos del mismo, a través de una Comisión Mixta de Seguimiento compuesta por ocho miembros:

– Por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la persona titular de la Dirección General de Diplomacia Económica, la persona titular de la Subdirección General de Relaciones Económicas Multilaterales, la persona titular de la Subdirección General de Relaciones Económicas Bilaterales, un representante del Gabinete del titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

– Por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social, y Simplificación Administrativa, y la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

– Por parte de la Diputación Provincial de Málaga, la persona titular de la Vicepresidencia de la Diputación Provincial.

– Por parte del Ayuntamiento de Málaga, la persona titular del puesto de Director General para la Expo Málaga 2027.

La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario y, al menos, una vez al año. Todas las decisiones se tomarán por unanimidad.

En particular, corresponde a la Comisión, las siguientes facultades, siempre que no impliquen una modificación del convenio:

– Realizar el seguimiento, vigilancia y control de la debida ejecución del convenio conforme a los fines que le son propios;

– La interpretación de las discrepancias que puedan surgir en la ejecución del presente convenio;

– La facultad de concretar todos aquellos aspectos del presente convenio que no afecten a su contenido mínimo y esencial. En particular, la Comisión estará facultada para determinar o seleccionar las actuaciones concretas que se desarrollen en ejecución del convenio, estableciendo, en su caso, un programa de actividades anual.

Quinta. Consecuencias del incumplimiento.

En caso de que una de las partes detecte un incumplimiento de las obligaciones y compromisos de la otra parte, notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Si, transcurrido el mencionado plazo, persistiera el incumplimiento a juicio de la parte requirente, notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta causa no conllevará indemnización entre las partes, si bien cada una de ellas será responsable individualmente de las obligaciones firmes de carácter financiero contraídas con terceros en ejecución del presente convenio.

Sexta. Eficacia y vigencia.

El presente Convenio, suscrito por las partes, comenzará a surtir efectos el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 y se prorrogará por periodos de un año, hasta un máximo de cuatro adicionales.

Para ejercitar la prórroga, los firmantes del convenio deberán acordar unánimemente de forma expresa y escrita, antes de la finalización del término inicial, o de los siguientes períodos, bien su prórroga que se formalizará mediante adenda, de conformidad con los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o bien su extinción.

Séptima. Régimen de modificación del convenio.

Cualquier modificación del contenido de este convenio requerirá acuerdo unánime de las partes que se formalizará mediante adenda, de conformidad con los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Causas de extinción.

El presente convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas (art. 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre):

1. Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.

2. Por incurrir en causa de resolución, como:

a) Transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga;

b) Acuerdo unánime de todos los firmantes;

c) Incumplimiento grave de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, en los términos establecidos en la cláusula cuarta;

d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad de convenio;

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Novena. Naturaleza jurídica.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por las estipulaciones contenidas en el mismo, si bien en lo no previsto en las mismas, así como para la resolución de las dudas y lagunas que pudieran presentarse, se estará a los principios y criterios de las previsiones del Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Las controversias que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de la ejecución del convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo de las mismas en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en cuatro ejemplares originales, igualmente válidos, en Madrid, a 24 de mayo de 2023.–Por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Luis Manuel Cuesta Civís, 25 de mayo de 2023.–Por la Junta de Andalucía, Antonio Sanz Cabello, 26 de mayo de 2023, y Carolina España Reina, 26 de mayo de 2023.–Por la Diputación Provincial de Málaga, Francisco Salado Escaño, 26 de mayo de 2023.–Por el Ayuntamiento de Málaga, Francisco de la Torre Prados, 26 de mayo de 2023.

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