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Documento BOE-A-2023-14995

Resolución de 20 de junio de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural del año 2023, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 26 de junio de 2023, páginas 89787 a 89788 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-14995

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, modificado por la disposición final tercera, del Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre,

Esta Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2023 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Emisión

Fecha

subasta

Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado (%)
Bonos del Estado a 3 años al 2,80 %, vto. 31.05.2026. 15.06.2023 3,246
Obligaciones del Estado al 5,15 %, vto. 31.10.2028(*). 15.06.2023 3,184
Obligaciones del Estado a 10 años al 3,15 %, vto. 30.04.2033. 20.04.2023 3,509
Obligaciones del Estado a 15 años al 3,90 %, vto. 30.07.2039. 15.06.2023 3,842
Obligaciones del Estado a 30 años al 1,90 %, vto. 31.10.2052. 01.06.2023 3,978

(*) Emisión asimilable en función de su plazo de vida residual a Bonos del Estado a cinco años.

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 63 y 91 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2023 son el 2,597 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 2,547 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 2,807 por 100 para el plazo de diez años, el 3,074 por 100 para el plazo de quince años y el 3,182 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

3. No obstante lo anterior, si se trata de deuda pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2023 son el 1,298 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 1,274 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 1,404 por 100 para el plazo de diez años, el 1,537 por 100 para el plazo de quince años y el 1,591 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

Madrid, 20 de junio de 2023.–El Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P. S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Director General del Tesoro y Política Financiera, Álvaro López Barceló.

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