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Documento BOE-A-2023-1571

Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial y las tablas salariales para el año 2022, del Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2023, páginas 7566 a 7568 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-1571
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/01/09/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en el que se contiene el acuerdo relativo a la revisión salarial y las tablas salariales para el año 2022, del Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA (código de convenio n.º 90005532011989), que fue suscrito con fecha 7 de diciembre de 2022, de una parte, por los designados por la Dirección de dicha entidad pública, en representación de la misma y, de otra, por el presidente del Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y al que se acompaña informe favorable de la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de enero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

CLÁUSULA DE REVISIÓN DE LA RETRIBUCIÓN PARA EL AÑO 2022 PREVISTA EN EL X CONVENIO COLECTIVO ENTRE CETARSA Y SU PERSONAL
Primero.

En cumplimiento del artículo 39 del X Convenio Colectivo (Código de Convenio n.º 90005532011989) y con vigencia desde el 1 de enero de 2022, se incrementarán los conceptos salariales del año 2022, conforme a los acuerdos que a continuación se recogen.

Segundo.

Se aprueba la tabla salarial para el año 2022 con efectos desde el día 1 de enero de 2022, quedando como sigue:

Tabla salarial (efectos 1 de enero de 2022)

Categorías Euros
Anual Mensual
Técnico de Compra. 35.963,62 2.568,83
Supervisor Producción Agrícola.    
Supervisor de Turno.    
Técnico de Administración.    
Analista Programador. 32.966,36 2.354,74
Responsable Zona Prod. Agrícola.    
Supervisor de Mantenimiento. 30.718,80 2.194,20
Clasificador Industrial.    
Técnico Producción Agrícola. 28.471,10 2.033,65
Operador de Batido.    
Oficial de Mantenimiento.    
Administrativo de 1.ª    
Operador de Informática.    
Responsable Almacenes. 23.975,14 1.712,51
Operador de Resecado. 22.477,42 1.605,53
Responsable de Área.    
Responsable Control Calidad. 21.443,38 1.531,67
Administrativo de 2.ª    
Auxiliar Técnico Agrícola de I+D.    
Oficial de Mantenimiento de 2.ª 20.979,00 1.498,50
Auxiliar Administrativo.    
Ayudante Mantenimiento.    
Auxiliar Laboratorio Químico.    
Operador Calderas.    
Operador Cámara de Vacío.    
Operador Equipos Móviles. 18.730,74 1.337,91
Ayudante Control Calidad.    
Portero.    
Mensajero. 16.483,18 1.177,37
Limpiador. 15.840,44 1.131,46
Operario. 15.419,18 1.101,37
Tercero.

Los Trienios que figuran en el artículo 38 del X Convenio Colectivo de Cetarsa quedan fijados en 38,97 euros, con efectos del día 1 de enero de 2022.

Cuarto.

El Plus de Asistencia y Puntualidad que figura en el artículo 41 del X Convenio Colectivo de Cetarsa, quedando fijado en 4,16 euros, con efectos del día 1 de enero de 2022.

Quinto.

El Plus de Actividad que figura en el artículo 42 del X Convenio Colectivo de Cetarsa, quedando fijado en 1,51 euros, con efectos del día 1 de enero de 2022.

Con este acuerdo se cierran los efectos económicos de la negociación colectiva del año 2022.

La validez del presente acuerdo queda supeditada a las preceptivas autorizaciones de los órganos estatales correspondientes.

En representación de la Comisión Paritaria del X Convenio Colectivo de Cetarsa, firman en las Oficinas Centrales de la Compañía, sita en Avda. de las Angustias, n.º 20, de Navalmoral de la Mata, a 7 de diciembre de 2022.–Por la empresa, Francisco Machado Fernández.–Por la parte social, el Presidente del Comité Intercentros, José Serrano Guijarro.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/01/2023
  • Fecha de publicación: 19/01/2023
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 16 de enero de 2012 (Ref. BOE-A-2012-1441).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria del tabaco

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