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Documento BOE-A-2023-15818

Orden ETD/740/2023, de 23 de junio, de autorización administrativa de la cesión parcial de la cartera de pólizas del ramo 16 de GACM Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, a Assurances du Crédit Mutuel Iard, SA, y de la cartera de pólizas del ramo de vida de Agrupació AMCI d'Assegurances i Reassegurances, SA, a Assurances du Crédit Mutuel Vie, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 2023, páginas 96612 a 96613 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-15818

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 89.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la entidad GACM Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0708, y la entidad Assurances du Crédit Mutuel Iard, SA, entidad aseguradora domiciliada en Francia, que opera en España en régimen de libre prestación de servicios con la clave L0429, han presentado, con fecha 16 de diciembre de 2022, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión parcial de cartera en virtud de la cual GACM Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, cederá a la entidad Assurances du Crédit Mutuel Iard, SA la cartera de pólizas del ramo 16 (pérdidas pecuniarias diversas) distribuida por mediación de la entidad financiera Cofidis, cuyos derechos y obligaciones serán asumidos por Assurances du Crédit Mutuel Iard, SA.

Con la misma fecha la entidad Agrupació AMCI d’Assegurances i Reassegurances, SA inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0790, y la entidad Assurances du Crédit Mutuel Vie, SA, entidad aseguradora domiciliada en Francia, que opera en España en régimen de libre prestación de servicios con la clave L0828, han presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión parcial de cartera en virtud de la cual Agrupació AMCI d’Assegurances i Reassegurances, SA cederá a la entidad Assurances du Crédit Mutuel Vie, SA, la cartera de pólizas del ramo de vida distribuidas por mediación de la entidad financiera Cofidis, cuyos derechos y obligaciones serán asumidos por Assurances du Crédit Mutuel Vie, SA.

Teniendo en cuenta que las entidades cedentes actúan como coaseguradoras de la cartera de pólizas cedida, cuyo mediador es la entidad financiera Cofidis, y perteneciendo las entidades implicadas al mismo grupo empresarial, con fecha 25 de enero de 2022, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acordó la acumulación de ambos procedimientos de cesión parcial de cartera, en aplicación del artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 89 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 99, 100 y 101 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo las operaciones de cesión parcial de cartera.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la cesión parcial de cartera en virtud de la cual la entidad GACM Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, cederá a la entidad Assurances du Crédit Mutuel Iard, SA la cartera de pólizas del ramo 16 (pérdidas pecuniarias diversas) distribuida por mediación de la entidad financiera Cofidis.

Segundo.

Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la cesión parcial de cartera en virtud de la cual la entidad Agrupació AMCI d’Assegurances i Reassegurances, SA cederá a la entidad Assurances du Crédit Mutuel Vie, SA, la cartera de pólizas del ramo de vida distribuidas por mediación de la entidad financiera Cofidis

Tercero.

La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 23 de junio de 2023.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P. D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés.

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