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Documento BOE-A-2023-16015

Resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el listado de normas del Anexo V del Reglamento de equipos a presión, aprobado por el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 10 de julio de 2023, páginas 100108 a 100109 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2023-16015
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/06/29/(2)

TEXTO ORIGINAL

Considerando que el apartado 2 de la disposición final sexta, sobre medidas de aplicación, del Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, faculta a esta Dirección General a modificar, mediante resolución, la referencia a normas que se contienen en el Reglamento de equipos a presión, cuando varíe el año de edición de alguna de las normas, o se editen modificaciones posteriores a las mismas.

Considerando que el apartado 11 del artículo 6 de dicho reglamento establece que en el anexo V del Reglamento de equipos a presión se recoge el listado de las normas UNE, identificadas por su título, numeración y año de edición, que establecen los procedimientos para realizar las inspecciones periódicas de los equipos a presión incluidos en el reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias, que las ediciones concretas de las normas UNE que figuran en el anexo seguirán siendo válidas para la correcta aplicación de este reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias, incluso aunque hayan sido aprobadas y publicadas ediciones posteriores de las normas, en tanto no se publique en el «Boletín Oficial del Estado», por esta Dirección General, la resolución que actualice estas normas, y que dicha resolución indicará las nuevas referencias y la fecha a partir de la cual serán de aplicación las nuevas ediciones, así como la fecha en que las antiguas ediciones dejarán de serlo.

Considerando que la Asociación Española de Normalización (UNE) ha aprobado la norma UNE 192011-0:2018/1M:2023, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 0: Requisitos generales», que modifica la norma UNE 192011-0:2018, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 0: Requisitos generales», así como la norma UNE 192011-1:2023, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 1: Requisitos específicos para calderas», que sustituye al PNE 192011-1, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 1: Requisitos específicos para calderas», ambas referenciadas en el Anexo V del Reglamento de equipos a presión.

Considerando que la disposición transitoria undécima, sobre el procedimiento de inspección de calderas de la ITC EP-1, del Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, establecía que las inspecciones periódicas indicadas en el anexo I de la ITC EP-1 debían realizarse de acuerdo a la norma UNE 9103:1985, «Calderas. Revisiones periódicas», hasta la aprobación de la norma UNE 192011-1 y la actualización de la edición de dicha norma en el Anexo V del Reglamento de equipos a presión, aprobado por el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, mediante la publicación de la correspondiente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta Dirección General, ha resuelto:

Primero. Actualización.

Actualizar el listado de normas en el Anexo V del Reglamento de equipos a presión, aprobado por el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, cuyo texto se incluye a continuación:

ANEXO V
Normas UNE

UNE 192011-0:2018, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 0: Requisitos generales.

UNE 192011-0:2018/1M:2023, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 0: Requisitos generales.

UNE 192011-1:2023, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 1: Requisitos específicos para calderas.

UNE 192011-3:2019, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 3: Requisitos específicos para refinerías y plantas petroquímicas.

UNE 192011-4:2018, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 4: Requisitos específicos para depósitos criogénicos.

UNE 192011-5:2018, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 5: Requisitos específicos para botellas de equipos respiratorios autónomos.

UNE 192011-6:2018, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 6: Requisitos específicos para recipientes a presión transportables. Centros de recarga de gases.

UNE 192011-7:2022, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 7: Requisitos específicos para terminales de gas natural licuado (GNL).

Segundo. Eficacia.

La norma UNE 192011-0:2018/1M:2023, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 0: Requisitos generales», será de aplicación a la entrada en vigor de la presente resolución.

La norma UNE 192011-1:2023, «Procedimiento para la inspección reglamentaria. Equipos a presión. Parte 1: Requisitos específicos para calderas» será de aplicación a la entrada en vigor de la presente resolución, estableciéndose un periodo transitorio de 12 meses en el que se podrá seguir aplicando la UNE 9103:1985, «Calderas. Revisiones periódicas».

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para interponer recurso de alzada deberá accederse al siguiente enlace: https://sede.minetur.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos/Paginas/detalle-procedimientos.aspx?IdProcedimiento=157

Madrid, 29 de junio de 2023.–La Directora General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, M.ª José Muñoz Martínez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/06/2023
  • Fecha de publicación: 10/07/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 11/07/2023
Referencias anteriores
  • ACTUALIZA el anexo V del Reglamento aprobado por Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-16407).
Materias
  • Actividades subacuáticas
  • Aparatos y recipientes a presión
  • Calefacción
  • Control de calidad
  • Frío industrial
  • Gas
  • Normalización
  • Refinerías de petróleo

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