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Documento BOE-A-2023-16143

Resolución de 10 de julio de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de merluza sur (HKE/8C3411) obtenidas para 2023 por intercambio con Francia.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2023, páginas 101034 a 101039 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-16143

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes y fundamentos de Derecho

Primero. La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas con otros Estados miembros, los conocidos como swaps.

En concreto, en su punto 4.a) se establece cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks no repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que están repartidos en España. Así, las cantidades obtenidas por dichos swaps se asignarán en un 40% según los repartos entre las diferentes modalidades mientras que el 60% se distribuirá para atender a las flotas con mayores necesidades. Por otro lado, el artículo 8.4.b) de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, determina cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que también están repartidos en España.

Segundo. Con esta base, la Secretaría General de Pesca ha venido buscando la mejora de las cuotas para la flota española en el presente año 2023, en base al interés general, de una especie importante y de gran valor, como es la merluza, en concreto del stock sur. Una vez cerrados intercambios con otros Estados miembros, se considera necesario llevar a cabo la mejor distribución posible de las cuotas obtenidas de manera combinada, buscando el equilibrio necesario entre los diferentes censos con asignación de este stock, para su aprovechamiento más eficaz y eficiente, teniendo en cuenta la evolución actual del consumo de la cuota de merluza sur en 2023, con el incremento muy significativo de la misma respecto a años anteriores, y las necesidades que se vienen constatando en los últimos años.

Tercero. En el marco de la negociación habitual que se lleva a cabo con Francia, se ha acordado un intercambio en el que se ven implicados varios stocks. En este año 2023 se han obtenido de Francia 300 toneladas de merluza sur (HKE/8C3411), de las que 30 toneladas lo han sido a cambio de 30 toneladas de rape sur (ANF/8C3411), un stock que ha mostrado un consumo global bajo de la cuota asignada a España en los últimos años, prácticamente generalizado entre todos los segmentos. Las flotas que comparten ambos stocks son las flotas de arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste, la flota de arrastre de fondo en aguas de Portugal, la flota del Golfo de Cádiz y la flota de otros artes del Cantábrico y Noroeste, representada en la asignación de cuotas de rape dentro del grupo de otros artes distintos de arrastre y cerco. Por ello procede asignar la cantidad de merluza obtenida a cambio del rape, 30 toneladas, a estas cuatro modalidades, en función del porcentaje asignado a cada modalidad, y a su vez para aquellas modalidades con posibilidades de pesca individuales, esa cantidad de la modalidad, por posibilidades de pesca de cada barco. Del mismo modo procede actuar con el rape intercambiado con Francia, las 30 toneladas, en cuanto a las deducciones correspondientes.

El resto, 270 toneladas de merluza sur, se han obtenido a cambio de stocks que no tienen un reparto interno entre la flota española, como son 10 toneladas de aguja blanca del stock WHM/ATLANT, 50 toneladas de rayas del stock SRX/89-C y 200 toneladas del atún blanco, stock ALB/AN05N, que se compensan en estos dos últimos casos con las mismas toneladas conseguidas por un intercambio negociado con Portugal a cambio de pez espada del Atlántico Norte.

Cuarto. Siguiendo la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, el 40 % de las 270 toneladas de HKE/8C3411 recibidas mediante swap con Francia, 108 toneladas, se asignan a todos los buques y flotas en base a los repartos establecidos; el 60 % restante, 162 toneladas, se asignan de manera lineal a los barcos y grupos de barcos con mayores necesidades de cuota de esta especie, y también teniendo en cuenta sus consumos constatados de los últimos años. Claramente a nivel global son los censos de palangre de fondo del Cantábrico y Noroeste y volanta del Cantábrico y Noroeste los que tienen esta mayor necesidad actual de cuota de merluza sur (los que superan el 50 % en este momento a mitad del periodo de gestión 2023, en concreto 58 % y 73 % respectivamente), coincidente con su gran dependencia, económica y para su actividad habitual propia y específica de estos artes de pesca, de esta especie. Dentro de estas artes, con un reparto individual por buque y con posibilidad de una gestión conjunta de las cuotas asignadas, hay buques con necesidades mayores en base a los consumos constatados en el presente 2023, y que además, en algunos casos, reciben cuotas por transmisión temporal de otros buques para poder continuar su actividad, mientras que hay otros que incluso llevan a cabo cesiones de sus cuotas asignadas de merluza sur. Por ello, procede concentrar en los primeros, de modo lineal, el reparto de esta cantidad, estableciendo también un consumo mínimo del 50% de su cuota actual sin tener en cuenta las transmisiones temporales que hayan podido recibir.

Por tanto, mediante la presente resolución se distribuyen las cantidades adicionales obtenidas de merluza sur por intercambios con otros Estados miembros, aplicando los porcentajes del 40 % y 60 % señalados en el punto 4.a) del artículo 8 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, de tal manera que resulta en el necesario equilibrio entre las necesidades actuales de las distintas flotas que explotan estos stocks.

Por todo lo señalado, la Secretaria General de Pesca, una vez consultado el sector pesquero afectado, resuelve:

Primero.

Detraer 30 toneladas de cuota de rape sur (ANF/8C3411) aportadas a Francia por los segmentos y flotas en ellas incluidas que cuentan con una asignación de este stock y, a la vez, pueden recibir cuota de merluza sur, según los repartos establecidos, por la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y la Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, tal como figura en el anexo I de la presente resolución.

Dichas cantidades se deducirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.

Segundo.

Repartir 30 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) a los segmentos y flotas del punto primero que han aportado rape sur (ANF/8C3411) con el ratio establecido de una 1 tonelada de merluza por cada tonelada de rape (el ratio proveniente de 30 toneladas de merluza y 30 toneladas de rape). En caso de segmentos donde hay varias flotas que aportan rape, la asignación de merluza se lleva a cabo según sus proporciones relativas de reparto de merluza sur.

Dicho reparto es el que figura en el anexo II de la presente resolución.

Dichas cantidades se distribuirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.

Tercero.

Repartir 270 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) obtenidas en intercambio con Francia a todas las flotas con asignación de merluza sur, del siguiente modo:

– Un 40 %, 108 toneladas, a todas las segmentos y flotas según los repartos establecidos por la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, recogidos en el anexo III. Después, a las modalidades con reparto individual de posibilidades de pesca, el reparto se lleva de acuerdo a sus posibilidades individuales.

– Un 60 %, 162 toneladas, de la manera que se recoge en el anexo IV.

Cuarto.

La asignación de estas cantidades adicionales de merluza sur obtenidas, así como las cantidades aportadas de rape sur y los criterios utilizados sólo tienen efectos para el presente año 2023.

Quinto.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 10 de julio de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

ANEXO I
Modalidades y caladeros Kg de cuota de ANF/8C3411 aportados
Arrastre de fondo en aguas de Portugal. 2.895
Arrastre de fondo en CNW. 16.379
Otros artes del CNW. 9.751
Golfo de Cádiz. 975
ANEXO II
Modalidades y caladeros Kg de cuota de HKE/8C3411 recibidos
Arrastre de fondo en aguas de Portugal. 2.895
Arrastre de fondo en CNW. 16.379
Golfo de Cádiz. 975
Palangre de fondo CNW. 2.181
Volanta CNW. 4.411
Artes menores CNW. 3.159
ANEXO III
Modalidades y caladeros Kg de cuota de HKE/8C3411 recibidos (Tramo 40 %-108 t)
Arrastre de fondo en aguas de Portugal. 3.035
Arrastre de fondo en CNW. 52.812
Golfo de Cádiz. 6.739
Palangre de fondo CNW. 9.914
Volanta CNW. 20.056
Artes menores CNW. 14.364
Pincho - Caña. 1.080
ANEXO IV
Censo CFO Buque Tipo de gestión Entidad de gestión

Kg de cuota de HKE/8C3411 recibido

(Tramo 60 %-162 t)

Palangre de Fondo CNW. 22321 ABRA DE MUXIA. Conjunta. A. PALANGREROS CNW. 49.846
Palangre de Fondo CNW. 24492 BENYJOR. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 24418 CRUZ Y CRISTO. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 25065 EL DAVID. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 24869 FARELO II. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 25426 HNOS RAIÑA. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 25490 ITOITZ. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 23995 LAURA MAR. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 23014 MAPEI. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 25762 MARES DEL SEÑOR. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 26367 NUEVO CARMEN. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 27417 NUEVO FRANCES. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 24496 NUEVO HERMANOS SUAREZ. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 27141 NUEVO MADRE DOLORES. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 27421 NUEVO NAUTILUS. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 23376 NUEVO PADRE. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 25766 OS CASTRO. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 11364 SIEMPRE RUFO. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 27730 SIEMPRE SAN PABLO. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 22700 VALENCIA FILGUEIRA. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 26985 MAR DE PEDRO. Conjunta. ARMASTUR. 12.462
Palangre de Fondo CNW. 23790 NOVAS TERAN. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 26008 NUEVO MAR AZUL. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 27291 SIEMPRE MARIA. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 25528 SIEMPRE VULCANO. Conjunta.
Palangre de Fondo CNW. 25023 ATAIN. Individual. A. PALANGREROS CNW. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 22525 BETI MAURIXIO. Individual. A. PALANGREROS CNW. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 27802 CARMINCHIN. Individual. A. PALANGREROS CNW. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 23747 CU CA. Individual. A. PALANGREROS CNW. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 23517 MADRE PILAR. Individual. A. PALANGREROS CNW. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 25055 NUBERU. Individual. A. PALANGREROS CNW. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 22461 VIENTO Y CALMA. Individual. A. PALANGREROS CNW. 2.492
  25858 NUEVA CARLA. Individual. C.P. CUDILLERO. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 24514 ARLANPI. Individual. OPESCAYA. 2.492
Palangre de Fondo CNW. 21880 SANTA RITA. Individual.   2.492
Volanta CNW. 23487 NUEVO VIRGEN GUADALUPANA. Conjunta. A.A. ARTES FIJOS CNW. 4.985
Volanta CNW. 23570 ARADON BERRIA. Conjunta.
Volanta CNW. 27435 BRISAS DE ALBA. Conjunta. AVOCANO-GRUPO 2. 7.477
Volanta CNW. 24831 PEIXIÑO PRIMERO. Conjunta.
Volanta CNW. 24835 BRISAS DE CEDEIRA. Conjunta.
Volanta CNW. 26823 HERMANOS MASCATO DOS. Conjunta. AVOCANO-GRUPO 3. 4.985
Volanta CNW. 26648 MASCATO TRES. Conjunta.
Volanta CNW. 23938 BEDIA. Conjunta. C.P. CEDEIRA. 14.954
Volanta CNW. 21940 BRUAL. Conjunta.
Volanta CNW. 21655 FRESAN. Conjunta.
Volanta CNW. 24632 NUEVO RICHARD. Conjunta.
Volanta CNW. 24137 SAN ROMAN. Conjunta.
Volanta CNW. 14737 SARRIDAL. Conjunta.
Volanta CNW. 22720 BORRASCA PRIMERO. Conjunta. C.P. SANTOÑA. 4.985
Volanta CNW. 23579 MOISES DANIEL. Conjunta.
Volanta CNW. 23020 HERMANOS ISTILLARTY. Individual. A.A. ARTES FIJOS CNW. 2.492
Volanta CNW. 21686 HERMANOS SILVA. Individual. A.A. ARTES FIJOS CNW. 2.492
Volanta CNW. 23576 MADRE RAFAELA. Individual. A.A. ARTES FIJOS CNW. 2.492
Volanta CNW. 23025 PLAYA DE LUARCA. Individual. A.A. ARTES FIJOS CNW. 2.492
Volanta CNW. 23046 REGINO JESUS. Individual. A.A. ARTES FIJOS CNW. 2.492
Volanta CNW. 25792 BEREZMAR. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 22303 CARABEL. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 26107 EL CAÑAVERA. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 27262 NUEVO BOSCO. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 25388 NUEVO LIBERTAD. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 27457 NUEVO MAPEI. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 24816 PLAYA DE BARES. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 24853 SIEMPRE ANGELA. Individual. AVOCANO. 2.492
Volanta CNW. 26670 BETI LAGUN BI. Individual. OPESCAYA. 2.492
Volanta CNW. 100273 DAMAR. Individual.   2.492

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