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Documento BOE-A-2023-16837

Decreto de 11 de julio de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que nombra Fiscal Decano de la Sección de ejecutorias de la Fiscalía Provincial de Málaga a don Juan Andrés Bermejo Romero de Terreros.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 2023, páginas 105720 a 105721 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2023-16837

TEXTO ORIGINAL

El día 25 de mayo de 2023, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga remitió a la Inspección Fiscal escrito en el que proponía la designación del Fiscal, Ilmo. señor don Juan Andrés Bermejo Romero de Terreros, como Decano de la Sección de Ejecutorias de la Fiscalía Provincial de Málaga, dando lugar a la incoación del Expediente Gubernativo arriba referenciado.

La Inspección Fiscal de conformidad con lo establecido en el artículo 61.3 del Reglamento de la Carrera Fiscal solicitó la práctica de determinadas diligencias que tuvieron respuesta el día 28 de junio de 2023.

Hechos

Primero. 

El Fiscal Jefe Provincial de Málaga en cumplimiento de la Instrucción 1/2010 FGE y de las recomendaciones realizadas por la Inspección Fiscal del Estado en el acta de inspección ordinaria realizada los días 20 a 22 de septiembre de 2022 ha procedido a crear una sección de ejecutorias.

Para cubrir la plaza, el Fiscal Jefe Provincial comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud acompañada de la relación de méritos. En el decreto ofertando la plaza exponía las funciones que iba a desempeñar el decano de la sección, así como los motivos por los que a su entender la coordinación de la materia debía tener la condición de decanato.

El único solicitante fue don Juan Andrés Bermejo Romero de Terreros que aportó su curriculum vitae. La propuesta ha sido elevada, con fecha 28 de junio, a la Fiscalía General del Estado, destacando los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo.

El Consejo Fiscal no formuló objeción a su designación.

Fundamentos

Primero.

El artículo 61 del Reglamento del Ministerio Fiscal dispone que cuando deba nombrarse un Fiscal decano en una fiscalía, el Fiscal Jefe procederá a realizar la correspondiente convocatoria entre los fiscales de la plantilla de la fiscalía de que se trate. En dicha convocatoria se concretará, motivadamente, el contenido funcional de la plaza que, en el caso de Fiscales decanos de secciones no territoriales, podrá ser de carácter organizativo o sobre materia especializada. Asimismo, se señalará el plazo para la presentación de las solicitudes, que no podrá ser inferior a quince días hábiles. Las solicitudes podrán ir acompañadas de la relación de méritos alegados y de su documentación acreditativa.

Segundo.

Se han cumplido todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado.

Ha habido un único peticionario y la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y el Reglamento del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

1. Nombrar al Ilmo. señor Juan Andrés Bermejo Romero de Terreros, Fiscal Decano de la Sección de ejecutorias de la Fiscalía Provincial de Málaga.

2. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (art. 12.1.b) LJCA), en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejo Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. En este último caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 11 de julio de 2023.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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