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Documento BOE-A-2023-17067

Acuerdo 55/2023, de 6 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el puente sobre el río Adaja en Ávila, bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 24 de julio de 2023, páginas 107999 a 108001 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2023-17067

TEXTO ORIGINAL

El puente sobre el río Adaja ubicado al sur de la ciudad de Ávila comunicaba desde época trajana la puerta decumana de la ciudad con la ribera contraria del río Adaja. A lo largo de su historia el puente ha sido objeto de distintas reconstrucciones y reformas, y en la actualidad constituye un singular ejemplo en cuanto permite diferenciar claramente los distintos sistemas constructivos utilizados en época romana y en la Edad Media y su evolución.

La entonces Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 17 de marzo de 1983, acordó incoar procedimiento de declaración del puente romano sobre el río Adaja, en Ávila, como monumento histórico artístico.

Retomado el expediente para su resolución y elaborada una propuesta adecuada a la realidad actual del bien, procede continuar la tramitación del expediente como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento, cumplimentando los trámites necesarios para su resolución.

La IE Universidad de Segovia con fecha de 15 de abril de 2023, emite informe favorable a la declaración. Solicitado informe a la Institución Gran Duque de Alba, con fecha 18 de enero de 2023 y transcurridos tres meses sin que dicho informe haya sido emitido, se entiende favorable a la declaración de acuerdo con lo dispuesto en el art. 42.2 del Decreto 37/2007, de 19 abril por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, no se presentan alegaciones al expediente.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar el Puente sobre el río Adaja en Ávila, como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 6 de julio de 2023, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Declarar el Puente sobre el río Adaja en Ávila, Bien de Interés Cultural con categoría de monumento, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente acuerdo.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por la declaración:

Descripción literal: El punto de inicio de la delimitación del entorno de protección se encuentra en el eje de la Carretera Burgohondo, en el punto que une con la línea de prolongación del límite norte de la parcela 01 de la manzana catastral 58216. Desde este punto, en el sentido contrario a las agujas del reloj, sigue en sentido norte por el eje de la Carretera Burgohondo hasta el hito sito en el centro de la rotonda frente a la Puerta del Adaja, para a continuación girar en sentido oeste y continuar por el eje de la Avenida de Madrid hasta alcanzar el hito sito en el centro de la rotonda que sirve de encuentro con la Carretera de El Barco de Ávila.

En este punto gira en sentido sur para continuar por el eje la Carretera de El Barco de Ávila hasta alcanzar el punto con coordenadas UTM ETRS89 Huso 30 X: 355546,0; Y: 4501906,5. Desde este punto gira en sentido este para unir con el vértice noroeste de la parcela 01 de la manzana catastral 58216 para a continuación unir con el punto de inicio de la presente delimitación.

Motivación: El entorno de protección descrito, se justifica en razón de posibilitar la correcta percepción del bien objeto del expediente en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asienta, previniendo la posible degradación de los valores que aconsejan su conservación.

El entorno de protección es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

Valladolid, 6 de julio de 2023.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Gonzalo Santonja Gómez.

ANEXO I
Puente sobre el río Adaja (Ávila)

La ciudad de Ávila declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco, conserva en su trazado las grandes líneas de la ciudad romana, el cardo, el decumano, las puertas de entrada a la ciudad y el puente que en la zona sur comunicaba la puerta decumana con la ribera contraria del río Adaja reforzando el eje de la ciudad.

Atendiendo a la semejanza de técnica y diseño con otros puentes como el de Alcántara, Guarda, Mosarela y Bibey (Orense) y otros del Occidente peninsular, la construcción del puente sobre el río Adaja podría remontarse a época de Trajano y mantuvo su uso hasta la construcción en el pasado siglo del puente nuevo.

Construido sobre el lecho rocoso del río Adaja con sillares de granito gris azulado de la localidad, el puente consta de cinco arcos que arrancaban de diferentes alturas con el fin de mantener las alturas de las cervides. Uno de los arcos presenta mayor luz que los demás, y aparece enteramente descalzado y rehecho en época medieval en granito de La Colilla. Los arcos apoyaban sobre cuatro pilares, con tajamares por el lado de aguas arriba de los que solo se conservan los de contracorriente y pilas planas por el opuesto.

El lomo era, en su mitad oriental, plano, mientras la occidental vierte contra la ribera.

Durante la invasión árabe, el puente es posiblemente cortado en todos sus arcos y reconstruido en periodo románico. Su reconstrucción se llevó a cabo con materiales y técnicas análogos a los presentes en la muralla. En todos los arcos aparece claramente la rotura precedente a la reconstrucción de los repobladores. El arco mayor tuvo que ser enteramente descalzado y rehecho, así como el tajamar del lado derecho de aquel, quedando el arco más bajo que los demás y el tajamar de dimensiones más reducidas.

En esta época la construcción se realiza en piedra arenisca, como la de los edificios románicos de la repoblación, mientras que la vieja estructura se caracteriza por el uso del granito gris-azul.

En la actualidad el puente sobre el río Adaja constituye un singular ejemplo en cuanto permite diferenciar claramente los distintos sistemas constructivos utilizados en época romana y en la Edad Media y su evolución.

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