El 25 de mayo de 2023 el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga remitió a la Inspección Fiscal Decreto de 23 de mayo de 2023 dictado en el E.G. 1/2023 de dicha Fiscalía proponiendo el nombramiento del Ilmo. Sr. don José Antonio Nieblas Perujo, como nuevo Fiscal Delegado de Cooperación Internacional en esa Fiscalía Provincial.
Hechos
El Fiscal Delegado de Cooperación Internacional en la Fiscalía Provincial de Málaga presentó escrito renunciando a continuar desempeñando dicho cargo, tramitándose E.G. 378/23 en la Inspección Fiscal, que concluyó mediante Decreto de 26 de junio de 2023 del Fiscal General del Estado acordando el cese por renuncia del mismo.
Para cubrir mencionado puesto, el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga comunicó a todas/os los miembros de la plantilla la convocatoria para solicitud de la mencionada delegación de la especialidad, conforme a lo establecido en el artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo.
Durante el plazo concedido para solicitar la oportuna designación, presentaron sendos escritos optando a mencionada delegación la Ilma. Sra. Fiscal doña Belén Romero Rodríguez, y el Ilmo. Sr. don José Antonio Nieblas Perujo cuyo nombramiento propone el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga, al estimar su idoneidad en atención a la experiencia especializada, los C.V. y memorias de actividades alegados por ambos.
Dado traslado del decreto remitido por el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe Provincial al Excmo. Sr. Fiscal de Sala de Cooperación Internacional, este con fecha 19 de junio de 2023 remitió nota interior, fechada el 17 de junio, en el sentido de informar favorablemente la propuesta de nombramiento del Ilmo. Sr. don José Antonio Nieblas Perujo, como Delegado de la citada especialidad en la Fiscalía Provincial.
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegada/o especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrada/os y, en su caso, relevada/os, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre la/os Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de toda/os la/os fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar Fiscal Delegado de Cooperación Internacional de la Fiscalía Provincial de Málaga al Ilmo. Sr. don José Antonio Nieblas Perujo.
2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Sra. Fiscal Jefa Inspectora, a la Excma. Sra. Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga, que trasladará copia del presente decreto al Fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todas/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 13 de julio de 2023.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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