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Documento BOE-A-2023-17618

Resolución de 21 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación híbrida Capiruza I, de 58,6 MWp/49,4 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación" en Peñas de San Pedro (Albacete).

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 31 de julio de 2023, páginas 113323 a 113330 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-17618

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 14 de marzo de 2023, tiene entrada solicitud de inicio de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación Híbrida Capiruza I de 58,6 MWp/49,4 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación» en el término municipal de Peñas de San Pedro, provincia de Albacete, promovido por Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SA, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Realizado el análisis de la documentación, se constata que no reúne condiciones de calidad suficientes, para acogerse a la tramitación prevista artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, por lo que, con fecha 31 de marzo de 2023, se requieren al promotor, fichas de campo o tabla con el registro de los avistamientos de aves de un ciclo anual completo y el informe de afección al patrimonio-histórico cultural con los resultados de la prospección arqueológica y la resolución del Servicio de Cultura de Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Con fecha 17 de abril de 2023, el promotor remite la documentación requerida tras lo que se comprueba que la solicitud cumple los requisitos legales y se procede a continuar con el procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto.

El proyecto consiste en el Módulo solar fotovoltaico «Capiruza I de 49,4 MWac», y las infraestructuras necesarias para su hibridación con el módulo de generación eólica preexistente Parque Eólico Capiruza I de 50 MWac. Se proyecta junto con otra Planta Fotovoltaica, la cual se tramita de manera independiente (PSF Capiruza II 41,8 MWac), y se hibridarán con los parques eólicos del mismo nombre existentes en la zona. El conjunto comparte punto de acceso a la red.

La construcción del módulo de generación fotovoltaica implica: el módulo de generación fotovoltaica Capiruza I 49,4 MWac (con una superficie de ocupación total de 71,87 ha, un perímetro de vallado de 9.340 m). la línea soterrada de media tensión (LSMT) 20 Kv (de 4500 m) y la adecuación de la Subestación existente Capiruza 20/132 kV para la nueva conexión del módulo fotovoltaico en 20 kV.

La potencia conjunta de la instalación híbrida, tanto del módulo solar como del eólico, la potencia instalada conseguida con la hibridación será de 99,4 MW.

El Parque Eólico Capiruza I de 50 MW cuenta con declaración de impacto ambiental dictada en 2003 por el órgano ambiental autonómico.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22.3.b) del real decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

El Módulo Solar FTV Capiruza I se ubica fuera de la Red Natura 2000 y zonas periféricas de protección y de espacios naturales protegidos definidos en el artículo 28 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, así como los incluidos en la legislación autonómica de Castilla-La Mancha. Los más cercanos al módulo de generación fotovoltaica son: Reserva Natural Laguna Salada de Pétrola, a más de 35 km al noreste, Monumento Natural Laguna del Arquillo, a más de 31 km al oeste, Zona periférica de protección Laguna Salada de Pétrola, a más de 34 km al noreste, Zona periférica de protección Laguna del Arquillo, a más de 30 km al oeste, LIC/ZEC (ES4210008) y ZEPA (ES0000388) «Sierras de Alcaraz y de Segura y Cañones del Segura y del Mundo», situado a 22,26 km en dirección suroeste, y LIC/ZEC (ES4210010) «Sierra de Abenuj», situado a 21,73 km en dirección sureste.

El área de implantación del módulo se localiza fuera de teselas cartografiadas, según el Atlas de Hábitats de Interés Comunitario, si bien la línea de evacuación cruza (de forma soterrada) durante un tramo de aproximadamente 1,76 km por los varios hábitats. Dicho trazado se realizará en paralelo a los caminos existentes. Los hábitats afectados son: 9340 encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia, 4090 brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, 5210 matorrales arborescentes de Juniperus spp y 6220 * (prioritario) zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

Las infraestructuras del módulo de generación fotovoltaica Capiruza I están fuera de Montes de Utilidad Pública, situándose el más cercano a 1,02 km en dirección oeste del módulo de generación fotovoltaica, correspondiéndose con el MUP AB141 «Dehesa Boyal».

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

El EsIA señala que, consultada la base de datos de flora vascular amenazada del Inventario Español de Especies Terrestres (IEET), las cuadrículas afectadas no incluyen especies de flora amenazada.

En cuanto áreas importantes para especies de avifauna, el módulo fotovoltaico se ubica sobre zonas pertenecientes a los Planes de Recuperación de las especies aprobados en Castilla-La Mancha, dentro de la Zona de Dispersión del Águila perdicera y de la Zona de Dispersión del Águila imperial ibérica, se ubica a 8,8 km al este del área crítica del Águila perdicera, y se sitúa a 7,73 km de la IBA núm. 476 «Laguna de Ontalifa».

Según el inventario de fauna para los proyectos Capiruza I y II en conjunto, en un periodo anual completo entre febrero de 2021 a febrero de 2022, se analizó un área de estudio de 5 km alrededor de la zona de implantación, complementado con información bibliográfica disponible del entorno del proyecto.

En relación a las aves esteparias, las parcelas de implantación se localizan sobre zonas de cultivo de secano, favorables para estas especies, siendo las afecciones por pérdida o deterioro del hábitat el principal impacto derivado de los módulos de generación fotovoltaicos. Del grupo de aves esteparias, se encuentran aguilucho pálido (Circus cyaneus), aguilucho cenizo (Circus pygargus) ambos catalogados como vulnerable en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREACLM) y según el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), la ganga ibérica (Pterocles alchata) que se encuentra catalogada como vulnerable en el CREACLM y podría verse afectada en su área de desarrollo al encontrarse individuos posados en periodo reproductor y pre-reproductor sobre las parcelas de implantación del módulo de generación fotovoltaica Capiruza I y colindantes al vallado del módulo de generación fotovoltaica Capiruza II, la avutarda común (Otis tarda) catalogada también como vulnerable por el CREA de Castilla-La Mancha, que solo se contactó una vez sobre la poligonal de implantación de Capiruza I y a 890 m al este del módulo de generación fotovoltaica Capiruza II, pero al tratarse de una hembra adulta en periodo reproductor, es probable que la especie se reproduzca en zonas cercanas al ámbito de estudio y el cernícalo primilla (Falco naumanni), vulnerable en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREACM), siendo esta su área de campeo y estando la zona de cría a 1,22 km de módulo solar de Capiruza I y a 1,48 km de módulo solar de Capiruza II, también el alcaraván común (Burhinus oedicnemus) se verá afectado en sus áreas de campeo y posiblemente de reproducción al encontrarse machos cantando en las inmediaciones de los módulos de generación fotovoltaica. En cuanto al Sisón común (Tetrax tetrax), catalogado como «en peligro de extinción» en el CEEA, no se han registrado la especie en el ámbito, pero durante el II censo nacional de la especie, si se registra en una cuadrícula cercanas a oeste y en el censo de invierno.

Respecto a las rapaces diurnas, las especies con mayor número de contactos han sido el busardo ratonero (Buteo buteo), preferentemente en la zona sur y este de la zona de estudio, el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) la especie hace un uso de las zonas de implantación, localizándose la zona más importante al sur de los módulos de generación fotovoltaica, cubriendo Capiruza I en su totalidad y los módulos del sur de Capiruza II y es posible que la especie se reproduzca en las parcelas de los módulos de generación fotovoltaica, pues se ha observado la especie en primavera en su interior, el águila calzada (Aquila pennata) con el contacto más cercano a 200 m al sur de los módulos de generación, la culebrera europea (Circaetus gallicus) a 500 m al norte del módulo de generación fotovoltaica Capiruza I y a 150 m al sur del módulo de generación fotovoltaica Capiruza II), ambas catalogadas de Vulnerable en el CREACLM.

El águila imperial ibérica (Aquila adalberti), catalogada como En Peligro en el CREACLM y en el CEEA, para la que se han registrado una a zona con mayor número de contactos a 1.000 metros de los módulos de generación de Capiruza I y a 1.600 m al sureste del módulo de generación fotovoltaica Capiruza II, debido a la gran concentración de contactos entorno al nido con 3 pollos. La zona de estudio es utilizada por la especie como zona de reproducción y zona de caza en su parte más oriental. En el estudio de fauna se indica que con la ejecución del proyecto se afectará a sus áreas de campeo y existe afección por molestias a sus zonas de cría, al detectarse un nido a 1,3 km de la zona de implantación del módulo de generación fotovoltaica Capiruza I.

El resto de especies se verán afectadas, principalmente, en su área de campeo y caza.

Otras especies de rapaces identificadas en el entorno de estudio que podrán ver afectadas sus áreas de campeo con intensidad media fueron el aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus), el águila real (Aquila chrysaetos), ambos catalogados como Vulnerable en el CREACLM y el abejero europeo (Pernis apivorus).

A pesar de estar el proyecto en la Zona de Dispersión del Águila perdicera, solo se obtuvo un contacto aislado con un individuo de águila perdicera (Aquila fasciata), catalogada como En Peligro en el CREACLM y como Vulnerable en el CEEA.

Sobre las aves acuáticas, el resumen ejecutivo afirma que podría producirse afección por molestias a las aves que habitan y nidifican en la EDAR de Peñas de San Pedro, a 500 metros de la zona de implantación de los módulos de generación fotovoltaica Capiruza I y II. Destaca en la zona la presencia de especies como el martinete común (Nycticorax nycticorax), el tarro blanco (Tadorna tadorna) o el morito común (Plegadis falcinellus) catalogados como Vulnerables por el CREA de Castilla-La Mancha y especialmente el porrón pardo (Aythya nyroca) que está catalogado como En Peligro por este mismo catálogo.

Otras aves de interés detectadas son el cuervo grande, el cual se verá afectado en sus áreas de campeo y la chova piquirroja y la pagaza piconegra, esa última catalogada como Vulnerable por el CREA de Castilla-La Mancha, las cuales podrían verse afectadas en sus áreas de alimentación.

Las especies más relevantes de aves nocturnas detectadas en el área de estudio son el búho real (Bubo bubo), seguido del mochuelo europeo (Athene noctua) y autillo europeo (Otus scops), distribuyéndose en su mayoría al sureste de los módulos de generación fotovoltaica.

Las poblaciones de quirópteros que se pueden ver afectadas son dos especies catalogadas como Vulnerables por el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha, el rinolofo pequeño (Rhinolophus hipposideros) y el murciélago montañero (Hypsugo savii).

La comunidad de mesomamíferos no cuenta con especies catalogadas. En cuanto al censo de especies presa, la abundancia de conejo en la zona es muy alta, lo que favorece la presencia de grandes rapaces.

En el grupo de anfibios y reptiles, se han detectado 5 especies catalogadas como de Interés Especial por el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

El proyecto se sitúa en una zona que pertenece a la demarcación hidrográfica del Júcar. La red hidrológica superficial está representada principalmente por la Rambla de la Hoz y la Rambla de la Cruz del Portichuelo, que se sitúan a 1.930 m al sur y al norte, respectivamente, de módulo de generación fotovoltaica y el Canal del Trasvase Tajo-Segura, está situado a 960 m al oeste del módulo de generación. La LSMT 20 KV cruza tres cauces: dos cauces sin nominar y Rambla de la Cruz del Portichuelo.

La implantación respeta la zona de servidumbre de los cauces (5 metros a ambos lados de la zona de máxima crecida ordinaria).

Según el Sistema nacional de Cartografía de Zonas inundables (SNCZI), el proyecto se sitúa fuera de zonas inundables asociadas a los cuatro periodos de retorno (10, 50, 100 y 500 años) y que quedaría exento de pertenecer a las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI). A esto se añade que teniendo en cuenta la probabilidad de inundación según la Cartografía de Zonas Inundables, y riesgo de inundación de los términos municipales estudiados en el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla-La Mancha (PRICAM), y la peligrosidad de inundación integrada obtenida del Mapa elaborado por el IGME, se establece una probabilidad de inundación media, en la zona de proyecto.

En cuanto a las masas de agua subterráneas se encuentran sobre la Masa de Agua Subterránea (MAS) ES040MSBT000080137, denominada «Arco de Alcaraz», perteneciente a la Demarcación Hidrográfica del Júcar.

La afección sobre la calidad de las aguas relacionadas puede producirse por el arrastre accidental de material derivado de los movimientos de tierras hacia los cauces estacionales, por vertidos accidentales, principalmente de aceites, que induce la presencia de maquinaria, en el Resumen ejecutivo, se señala que se realizará la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas para la protección de este factor, disminuyendo la probabilidad de afección, así como el control de su implementación a través del Programa de Vigilancia Ambiental del proyecto.

4. Afección por generación de residuos

Los residuos generados por este tipo de proyectos son principalmente de naturaleza no peligrosa, procedentes fundamentalmente de los trabajos de obra civil, como excedentes de tierras de excavaciones y zanjas, limpieza de cubetas de hormigón, restos de ferralla, etc. Los residuos generados por el montaje e instalaciones son reciclables en su mayoría y consisten en cartones, plásticos de embalaje y palés generados por el suministro de equipos, remanentes y mermas de cableados y estructura metálica.

Durante la fase de explotación, no se generarán cantidades relevantes de residuos, siendo la mayoría de ellos a consecuencia de las labores de operación y mantenimiento.

Todas las tierras sobrantes no contaminadas serán entregadas a gestor autorizado situado próximo a la localización de la obra y se almacenarán separadamente estos residuos hasta su entrega al «gestor de residuos» correspondiente.

El resumen ejecutivo señala que la estimación de los residuos generados durante el desmantelamiento se recogerá en el futuro Proyecto y Plan de desmantelamiento.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Se produce ocupación de suelo para la implantación de las instalaciones en detrimento del uso y aprovechamiento actual del mismo, se realizará sobre una superficie de 71,87 ha. Las superficies de ocupación temporal serán restauradas, una vez finalizadas las obras e integradas en el medio, incorporadas a las actuaciones contempladas en el Plan de Integración Ambiental del proyecto.

En relación al consumo de agua, se corresponde con el consumo necesario para las instalaciones temporales de higiene, agua potable para bebida y el uso de agua industrial durante las diferentes fases del proyecto. Para el uso de las instalaciones temporales de higiene durante las obras se ha estimado un consumo de 5 m³/día de agua, a partir de un consumo promedio considerado de 62 litros/persona/día, para una media de 200 trabajadores al mes. Durante el funcionamiento, serán destinados a un número de usuarios de 10 personas de forma habitual.

El uso de agua industrial será destinado preferentemente para humectar los materiales que puedan producir material particulado, previo a su transporte. El abastecimiento de agua industrial se realizará mediante camiones aljibes que lo suministrarán desde el exterior, por lo que no será necesario ningún tipo de instalación auxiliar, considerándose un consumo estimado de 0,5 m³/día de este recurso.

La eliminación de la cubierta vegetal de origen agrícola para la preparación del terreno, producirá una pérdida de suelo fértil que podrá ser temporal en aquellas zonas afectadas únicamente durante las obras y posteriormente restauradas, o permanente en las áreas ocupadas por las instalaciones que requieran de cimentación.

6. Afección al patrimonio cultural

Tras el trámite de valoración de impacto al patrimonio por el Servicio de Patrimonio de Albacete de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la prospección arqueológica, se dicta informe de afección al patrimonio-histórico cultural, que adjunta el «Proyecto de Solicitud de Autorización de Trabajos Arqueológicos de la FV Instalación Híbrida Capiruza I e infraestructuras de evacuación». El proyecto indica que la instalación no afectaría a ninguno de los ámbitos de protección patrimonial establecidos en el municipio de Peñas de San Pedro ni a ningún elemento patrimonial catalogado. El ámbito patrimonial más cercano se sitúa a más de 2.200 m de distancia hacia el oeste, tratándose de la A.P.2 Castillo de Peñas.

El elemento patrimonial denominado Cuco de la Asomada o de Pozo Hondo (060-021) se localiza a unos 220 m al sureste del vallado de la PSF y a unos 900 m al suroeste del recorrido de la LSMT se encuentra el Molino de Viento (060-038).

En cuanto a las vías pecuarias, no existen en las proximidades del proyecto, siendo la más cercana la «Cañada Real de La Mancha a Murcia» situada a 3,23 km al este del módulo de generación fotovoltaica.

El proyecto dispone de resolución autorizadora con condiciones del Servicio de Cultura de Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, señalando una serie de actuaciones a cumplir durante la ejecución de las obras o previo a estas que se incluyen en el condicionado de la presente propuesta sobre: el Elemento 01 Haza Elemento 02 El Conejar, 2 elementos etnográficos y el «Cuco de Haza Patricia».

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

El núcleo poblacional de Peñas de San Pedro, situado a 1,84 km en dirección oeste del módulo de generación fotovoltaica, cuenta con 1.410 habitantes (INE, 2022) y pertenece a la comarca de la Sierra de Alcaraz. Linda con los términos municipales de Albacete, Pozohondo, Alcadozo, Casas de Lázaro, Pozuelo y San Pedro, todos ellos de la provincia de Albacete.

La ubicación del proyecto en una zona eminentemente agrícola, de terrenos de labor en secano mientras que las zonas de hábitats se corresponden a terrenos con vegetación natural ubicados fuera del módulo de generación fotovoltaico.

El resumen ejecutivo recoge impactos positivos sobre el territorio en relación a la generación de empleo en fase de obras y de funcionamiento y el beneficio económico durante el periodo de vida útil del módulo solar para los propietarios de los terrenos afectados y para los ayuntamientos afectados, en forma de tasas asociadas (licencias de obra, impuestos de actividad, etc.), que implican en último término una mejora en los servicios de la población.

El proyecto se enmarca sobre una zona de frecuencia baja-media, fuera de Zonas de Alto Riesgo de Incendio (ZAR) según el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha (INFOCAM), y que la tipología de las actuaciones y actividades asociadas al mismo no requieren de medidas especiales de protección contra incendios, no se considera que el proyecto pueda ejercer influencia sobre el riesgo de incendio forestal actualmente existente.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

Establecido un buffer de 5 km alrededor de sus infraestructuras para detectar otros proyectos y sus afecciones sinérgicas, se tienen en cuenta 11 proyectos existentes, de los cuales 7 son eólicos: Parque Eólico Atalaya de la Solana (a 6.773 metros al noroeste), los módulos de generación eólica Capiruza I (a 5.420 m al noroeste) y II, PE Fuensanta (2.180 m al noroeste), PE Molar del Molinar (6.841 m al suroeste), PE Sabina (7.339 m al sureste) y PE Sierra Quemada (1.582 m al sureste) y 4 proyectos son solares: Huerto Solar Pozohondo 1 (6.036 m al sureste), Huerto Solar Pozohondo 2 (a 6.494 m al este), Huerto Solar Pozohondo 3 (a 7.285 m al noreste Existente ), Huerto Solar Peñas de San Pedro (2.833 m al suroeste), y 4 proyectos en tramitación: FV Los Villares (2.147 m al sureste), FV Aconcagua (2.147 m al sureste), PSFV Azalea (7.426 m al noreste) y Módulo de generación fotovoltaica Capiruza II Colindante al oeste.

Los principales impactos ocasionados son sobre el suelo, ocupación y pérdida de suelo para actividades agropecuarias, la compactación y la posible contaminación durante la fase de obras y sobre la fauna, al producirse un impacto sinérgico con el resto de proyectos llevados a cabo en el área de estudio. Con respecto al efecto sinérgico por pérdida de conectividad o efecto barrera derivado de la acumulación de instalaciones, el estudio de impacto ambiental propone crear un corredor de 100 m entre los módulos fotovoltaicos Capiruza I y II, suponiendo un total de 10 ha, para el fomento de la conectividad.

Esta dirección general, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación Híbrida Capiruza I de 58,6 MWp/49,4 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación» continuase con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente, y siempre que se cumpliesen una serie de medidas y condiciones indicadas.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y a Dirección General Economía Circular ambas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 30 de mayo de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

La Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha remite respuesta el 22 de junio de 2023, indicando que se basa en el informe del Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible en Albacete de 9 de junio de 2023, que adjunta, y concluye que el proyecto continúe el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria de la Ley de evaluación ambiental.

Así, el citado Servicio de Medio Ambiente señala que, el proyecto se ubica, de acuerdo al Visor Cartográfico de la Viceconsejería de Medio Ambiente para la instalación de proyectos prioritarios en Castilla-La Mancha, en una zona potencialmente apta, pero con limitaciones ambientales. Además, manifiesta que las reducciones en la superficie de la planta de la propuesta de informe de determinación de afecciones ambientales, para salvaguardar a especies catalogadas como vulnerables o en peligro, sus nidos y determinadas colonias, así como las medidas concretas planteadas exigirían una reubicación de la zona de los módulos afectados del proyecto redefiniendo su ubicación exacta, que no puede resolverse sin realizar un procedimiento reglado de evaluación ambiental y su sometimiento a información pública. Finalmente, considera insuficiente la documentación aportada en el presente procedimiento para evaluar adecuadamente la incidencia del proyecto al régimen de corrientes, así como la afección al patrimonio natural e infraestructuras.

Por su parte, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha concluye que la zona presenta un alto valor ecológico, tanto por los recursos naturales que alberga como por la función de conectividad que ejerce, ya que constituye un hábitat propicio para la avifauna, representando estas áreas de campeo, alimentación y cría para especies de rapaces, aves esteparias y aves acuáticas, con alto grado de protección («vulnerables» y «en peligro de extinción»), incluidas en los catálogos nacional y regional de especies amenazadas, por lo que la ejecución del proyecto puede generar un importante efecto barrera para las comunidades de fauna presentes en este territorio, con un efecto ambiental negativo.

Asimismo, señala que existen numerosos elementos del paisaje que han de ser preservados y señala la importancia de tener en cuenta el efecto sinérgico que pueden producir las instalaciones con otras de estas características, comprometiendo un territorio con un alto valor ambiental.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta dirección general, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación Híbrida Capiruza I de 58,6 MWp/49,4 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación» en el término municipal de Peñas de San Pedro, provincia de Albacete, continúe con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 21 de julio de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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