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Documento BOE-A-2023-18206

Resolución de 28 de julio de 2023, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Link Securities, SV, SA, don Rufino Gallego Bernal, doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez, don Enrique Zamacola Ballestero y don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 8 de agosto de 2023, páginas 118211 a 118212 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2023-18206

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose renunciado expresamente por los interesados a la interposición de recursos en vía administrativa y deviniendo en consecuencia firmes en dicha vía las sanciones impuestas a Link Securities, SV, SA, don Rufino Gallego Bernal, doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez, don Enrique Zamacola Ballestero y don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo, por la comisión de tres infracciones muy graves, dos tipificadas en el artículo 283.3 y la tercera en el artículo 283.12, ambos de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 29 de junio de 2023 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:

– Imponer a Link Securities, SV, SA, don Rufino Gallego Bernal (en su condición de Presidente), doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez (en su condición de Consejera y Directora General), don Enrique Zamacola Ballesteros (en su condición de Consejero Ejecutivo de facto y Consejero) y don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo (en su condición de Consejero ordinario de la Entidad), por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 283.3 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 182 del mismo texto legal, por haber incumplido Link Securities, SV, SA, la normativa relativa a los sistemas y procedimientos de gobierno corporativo que garantizaran su gestión eficaz y prudente, y en concreto, no haber establecido una adecuada estructura organizativa clara, adecuada y proporcionada al carácter, escala y complejidad de sus actividades y con líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes, garantizando la integridad de la información relevante, ni haberse llevado a cabo la supervisión efectiva de la alta dirección por parte del órgano de administración, las siguientes sanciones:

● A Link Securities, SV, SA: 100.000 euros (cien mil euros).

● A don Rufino Gallego Bernal: 30.000 euros (treinta mil euros).

● A doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez: 30.000 euros (treinta mil euros).

● A don Enrique Zamacola Ballestero: 50.000 euros (cincuenta mil euros).

● A don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo: 15.000 euros (quince mil euros).

– Imponer a Link Securities, SV, SA, don Rufino Gallego Bernal (en su condición de Presidente), doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez (en su condición de Consejera y Directora General), don Enrique Zamacola Ballestero (en su condición de Consejero Ejecutivo de facto y Consejero) y don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo (en su condición de Consejero ordinario de la Entidad), por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 283.3, de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 193 del mismo texto legal, por haber incumplido Link Securities, SV, SA, la normativa relativa a los requisitos de organización interna en relación con los registros internos de órdenes; funciones de auditoría, control interno y cumplimiento; información suministrada que sirve como base de cálculo de las aportaciones al FOGAIN; supervisión de las actividades realizadas por sus agentes; medidas de garantía de los derechos de propiedad de clientes (transitoriedad de los saldos acreedores y separación absoluta entre fondos de los clientes y fondos de la Entidad); y evaluación de idoneidad y conveniencia, las siguientes sanciones.

● A Link Securities, SV, SA: 100.000 euros (cien mil euros).

● A don Rufino Gallego Bernal: 30.000 euros (treinta mil euros).

● A doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez: 30.000 euros (treinta mil euros).

● A don Enrique Zamacola Ballestero: 50.000 euros (cincuenta mil euros).

● A don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo: 15.000 euros (quince mil euros).

– Imponer a Link Securities, SV, SA, don Rufino Gallego Bernal (en su condición de Presidente), doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez (en su condición de Consejera y Directora General), don Enrique Zamacola Ballestero (en su condición de Consejero Ejecutivo de facto y Consejero) y don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo (en su condición de Consejero ordinario de la Entidad), por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 283.12 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 208 bis del mismo texto legal, por haber incumplido Link Securities, SV, SA, la normativa relativa a las medidas de prevención de conflicto de intereses en relación con la gestión de la cuenta propia de la Entidad y la gestión de las carteras de clientes, las siguientes sanciones:

● A Link Securities, SV, SA: 50.000 euros (cincuenta mil euros).

● A don Rufino Gallego Bernal: 20.000 euros (veinte mil euros).

● A doña Macarena Fernández-Figares Rodríguez: 20.000 euros (veinte mil euros).

● A don Enrique Zamacola Ballestero: 20.000 euros (veinte mil euros).

● A don Gonzalo Zamacola García-Rodulfo: 10.000 euros (diez mil euros).

Habiéndose renunciado expresamente por los interesados a la interposición de recursos en vía administrativa, la Resolución que impone las sanciones, antes citadas, ha devenido firme en dicha vía, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 28 de julio de 2023.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.

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