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Documento BOE-A-2023-18401

Resolución de 3 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Coral Solar, de 150 MW de potencia instalada y 125 MW de capacidad de acceso".

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 14 de agosto de 2023, páginas 119006 a 119012 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-18401

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 16 de mayo de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Coral Solar, de 150 MW de potencia instalada y 125 MW de capacidad de acceso», en los términos municipales de Medina del Campo y Villaverde de Medina, provincia de Valladolid, promovido por Metka EGN Solar 1, SLU, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras su análisis, se verifica que el expediente no incluye un estudio de fauna completo, por lo que se procede a requerir subsanación de documentación con fecha 22 de mayo de 2023, la cual es remitida por el promotor el 8 de junio de 2023. Completado el expediente, se constata el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, por lo que se procede a suspender el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en tanto se resuelve el presente procedimiento de determinación de afección ambiental.

Instalación Solar Fotovoltaica Coral Solar (ISF) consiste en la construcción, montaje, operación y mantenimiento de un módulo de generación fotovoltaica de 188,41 MWp/150,17 MWn. Dicha potencia se limitará para alcanzar una producción máxima instantánea de energía eléctrica de 125 MWn. La implantación del campo solar se llevará a cabo en tres núcleos zonales definidos, denominados de oeste a este como Zona A, Zona B y Zona C. A través de líneas eléctricas subterráneas de media tensión (LSMT) de 30 kV de 4.000,02 m de longitud, se conectarán los distintos núcleos zonales con la SET Coral Solar de 220/30 kV. Posteriormente, esta subestación elevará la tensión a 220 kV y se acoplará con un centro de seccionamiento (CS) por medio de una línea de conexión subterránea «LSAT Coral Solar-Centro de Seccionamiento/Medida», de 4.358,72 m. La conexión entre la SET Medina del Campo de REE y el CS se hará por medio de una línea de enlace subterránea «Centro de Seccionamiento/Medida-SET Medina del Campo 220» de 79,66 m.

El cerramiento perimetral total será 31.180,66 m, que suman una superficie de 367,67 ha para alojar todos los elementos que constituyen la planta. La superficie de las parcelas ocupadas es de 570,35 ha.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3 b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

No existe coincidencia territorial de la planta solar o su línea de evacuación con la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Castilla y León ni ningún otro tipo de figura de interés en la zona de localización del proyecto y tampoco se encuentra incluida en ningún espacio perteneciente a la Red Natura 2000, según consta en el resumen ejecutivo. El espacio protegido más cercano se corresponde con la Reserva Natural «Riberas de Castronuño» situada a más de 13 km de cualquier elemento del proyecto.

La localización de la plantase sitúa a 1,4 km aproximadamente de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «La Nava - Rueda» (ES0000362) y la ZEPA «Tierra de Campiñas» (ES0000204), que se sitúa a 2,2 km de la línea de evacuación. La Zona de Especial Conservación (ZEC) «Humedales de los Arenales» (ES4180147) se encuentra 3,3 Km de la línea de evacuación.

La zona proyectada de la planta ocupa un total de 26,76 ha, catalogadas como hábitat de interés comunitario no prioritarios: 17,90 ha pertenecientes al HIC 3150 (Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition) y 8,86 ha del HIC 1410 (Pastizales salinos mediterráneos-Juncetalia maritimi). De estas, el área de implantación considerada para la planta (interior de la superficie vallada) ocuparía un total de 16,64 ha: 10,23 ha del HIC 3150 y 6,41 ha del HIC 1410. Por otra parte, la LSMT de interconexión discurre sobre estas dos formaciones de HIC (3150: 336,63 m y 1410: 333,95 m). Sin embargo, tras las visitas a campo realizadas se confirma no existen este tipo de formaciones ya que han sido ocupado esos terrenos por tierras de cultivo no permitiendo el establecimiento de las comunidades vegetales ligadas a este tipo de HICs.

El Monte de Utilidad Pública MUP n.º 100 «Dehesa de Arriba y de Abajo» limita con la isla C de la planta y se queda a 16+ m y 615 m de la LSMT de interconexión y la LSAT.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

Tras el muestreo sobre el terreno, el proyecto afectaría principalmente a una zona de terreno cultivable cuyo uso conforma una superficie parcelaria categorizada principalmente como terrenos de secanos, regadíos y viñedos, donde las especies arbóreas apenas están presentes. Estos datos se corroboran tanto por el mapa forestal de España, así como por la base de datos del Corine Land Cover sobre la ocupación de los suelos (2018) y por la base de datos del SIGPAC (Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas). La línea eléctrica de evacuación (LSAT) discurre por caminos que atraviesan zonas de cultivo.

Según la información de la base de datos del Inventario Español de Especies Terrestres (IEET), en la zona de la planta y la línea de evacuación no existen inventariadas especies protegidas de flora (vascular y no vascular). De igual modo, consultada la información cartográfica del Plan de Monitorización del Estado de Conservación de la Biodiversidad en Castilla y León, elaborado por la Junta de Castilla y León en consonancia con el Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla y León, entre otros, señalando que ninguno de los elementos proyectados afecta a áreas de distribución de especies de flora amenazada.

Se han llevado a cabo prospecciones sobre el terreno para recabar datos para la elaboración de estudios de avifauna y quirópteros, desde julio de 2022 a junio de 2023. Para cubrir el área de influencia del proyecto, se estableció de forma previa al trabajo de campo, un buffer de 5 km en torno a las infraestructuras proyectadas tanto de línea como de planta. Como resultado, se obtiene un total de 129 especies y 38.054 individuos.

Según la cartografía de zonas de sensibilidad ambiental para las aves esteparias elaborada por la Junta de Castilla y León, más del 90 % de las infraestructuras planteadas en el proyecto y su entorno inmediato, aparece sobre zonas con sensibilidad media, el resto alta y ninguna aparece sobre zonas con sensibilidad muy alta.

Entre las especies con mayor grado de amenaza, se comprueba que en el ámbito del proyecto se localizan el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), milano real (Milvus milvus), ganga ibérica (Pterocles alchata), buitre negro (Aegypius manachus) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus), catalogados como «En peligro de extinción», las dos primeras, y «Vulnerable» las siguientes, en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA). Asimismo, se detectan especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) entre las que figuran la avutarda común (Otis tarda), con alta presencia en la zona durante todo el ciclo anual, pero especialmente en invernada.

Las visitas confirman que el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), con 18 registros, además de criar, utiliza la mitad norte del área de estudio como área de campeo o alimentación. Además, se comprueba la presencia de esta especie, durante la época de reproducción, en un nido ubicado en el MUP «Dehesa de Arriba y de Abajo» y colindante con la isla C de la planta, a unos 20 m del vallado.

El milano real (Milvus milvus) con 914 ejemplares observados utiliza la zona como área de alimentación y campeo, confirmándose la presencia de seis pequeños dormideros (alrededor de 10-20 individuos) asociados en su mayoría al cauce del río Zapardiel. No se tiene constancia de la presencia de esta especie durante la época de reproducción.

La ganga ibérica (Pterocles alchata), con 11 registros durante el censo, se ha observado únicamente en dos ocasiones, en bandos de 3 y 8 ejemplares, desplazándose dentro del entorno inmediato de las parcelas de implantación más ubicadas al oeste.

Dentro del área de estudio, en relación al buitre negro (Aegypius monachus), las observaciones han sido muy escasas, con un máximo de 2 ejemplares por observación, en vuelo de prospección por la zona a elevada altura y solamente durante el periodo de reproducción.

El aguilucho cenizo (Circus pygargus), con 19 observaciones es una especie estival, confirmando su presencia en la zona entre los meses de marzo y agosto. Durante los trabajos de campo se detecta la presencia de una zona segura de reproducción localizada 700 m al norte de las parcelas de implantación.

La avutarda (Otis tarda), con 1.103 registros durante el censo, es una especie residente en el área de influencia del proyecto. Está presente durante todo el ciclo anual, destacando la existencia de un lek o área de exhibición y cortejo al oeste de las parcelas de implantación a una distancia aproximada de entre 500 m y 1 km. Las zonas con mayor intensidad de uso del territorio para la avutarda se localizan en las dos ZEPAs localizadas al sur y oeste del ámbito de estudio.

Entre las aves nocturnas, destaca la presencia de un nido de búho real (Bubo bubo) con dos pollos en zona arbolada localizada 500 m al oeste de la parcela y a 50 m al norte del camino por el que discurrirá la LSMT.

La zona de implantación de las placas fotovoltaicas Y gran parte de la línea de evacuación se encuentran en la IBA 61 «Tierra de Campiñas», que coinciden con especies de interés mencionadas anteriormente como la ganga ibérica, la avutarda, el aguilucho cenizo, el milano real y el cernícalo primilla. También, incluye a otras especies de interés de zonas esteparias no registrada en el censo anual de fauna, como la ganga ortega (Pterocles orientalis), el sisón (Tetrax tetrax) o el alcaraván (Burhinus oedicnemus).

En relación a los quirópteros, se identifican hasta 16 especies diferentes, algunas no registradas previamente en bibliografía. En cómputo global, el murciélago común o murciélago enano (Pipistrellus pipistrellus) ha tenido una mayor representatividad, con 18.041 registros. Le siguen el murciélago de Cabrera (Pipistrellus pygmaeus) con 1.715, y el murciélago de borde claro (Pipistrellus kuhlii) con 305. Las especies del género Rhinolophus, Nyctalus, Plecotus, Hypsugo, Eptesicus, Barbastella y Tadarida se han registrado de manera muy puntual.

Los quirópteros de los que se han obtenido registros y con categoría de «Vulnerable» han sido el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) con 24 registros, el nóctulo común (Nyctalus noctula) con 53 y nóctulo grande (Nyctalus lasiopterus) con 4 registros.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

El proyecto de planta solar fotovoltaica no contempla la ejecución de vertidos a cauces públicos, salvo derrames accidentales de aceite o gasoil procedente de los vehículos de mantenimiento y vigilancia de la planta solar, con ocurrencia rara, imprevista y deslocalizada.

Según la cartografía de la Confederación Hidrográfica del Duero, el río Zapardiel se encuentra a 55 m de la ISF Coral Solar en el caso más desfavorable, por lo que se actuará en la zona de policía del Dominio Público Hidráulico (DHP), para lo cual deberá contar con autorización previa por el órgano de cuenca. Algunos cauces atraviesan el parcelario donde se ubica la ISF, como son el arroyo de la Cañadilla, el barranco de la Jimena y otros cauces de menor entidad como el barranco del Romanero, barranco de San Isidro y cuatro arroyos innominados.

El vallado diseñado para la ISF Coral Solar se ve afectado por el arroyo de la Cañadilla (se adentra 587 en la superficie vallada), barranco del Romanero (hasta 80 m hacia el interior del vallado), barranco de la Jimena (350 en el interior del vallado) y un arroyo innominado (664 m dentro del vallado). No obstante, según el estudio de impacto ambiental, la disposición de módulos respeta la zona de servidumbre de todos estos cauces.

La línea de evacuación (LSAT), no realiza cruzamientos con ningún cauce, así como tampoco sucede con la línea eléctrica de enlace. No obstante, la LSMT de interconexión cruza el río Zapardiel sobre un puente o plataforma ya existente, el barranco de la Jimena y dos arroyos innominados.

Según el estudio de impacto ambiental, el diseño final de la planta se ha tenido en cuenta la existencia de los citados cauces, así como sus zonas de afección, limitando la implantación de todos sus elementos e infraestructura necesaria fuera de las zonas de protección, además carece de un estudio hidrológico que permita verificar que no se verían afectado estas zonas.

El promotor estima un vertido de aguas residuales de 903 m3 en durante la fase de obra y 25 m3 en fase de funcionamiento. Las aguas sanitarias generadas, tanto en la fase de obra como en la fase de funcionamiento, serán recogidas en un depósito estanco, realizándose retiradas periódicas por gestor autorizado para este tipo de residuos.

Se ha consultado el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (INUNcyl). Según la información cartográfica proporcionada por esta fuente, el término municipal de Medina del Campo presenta un riesgo potencial poblacional por inundación de tipo medio. Por su parte, el término de Villaverde de Medina queda exento de este tipo de riesgos.

4. Afección por generación de residuos.

Los residuos generados por este tipo de proyectos se derivan fundamentalmente de la obra civil. Cada residuo será almacenado en la obra según su naturaleza, y serán gestionados mediante gestor autorizado y su gestión cumplirá con toda la normativa de aplicación.

Según el proyecto técnico, durante la fase de obra, se estiman 5.891,79 t de residuos no peligros, siendo la mayor cantidad correspondientes a residuos vegetales provenientes de la limpieza del solar, poda y tala de árboles, con un peso de 3.309,04 t. En relación a los residuos inertes procedente de la excavación, se ha estimado una cantidad de 2.400,14 t de peso y una fracción de residuos de carácter pétreo procedentes de restos de construcción (tejas, ladrillos, materiales cerámicos), con un peso aproximado de 182,61 t. En relación a la fracción de los residuos de carácter peligroso, se han calculado una cantidad de 10 t.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

La ocupación del suelo es la principal afección significativa del proyecto, mayoritariamente constituido por terrenos agrícolas. Durante la vida útil de la instalación, la superficie afectada total de suelo se estima en 93,13 ha. Según el proyecto técnico, será necesario realizar movimientos de tierra de unos 20.000 m2. Tras la finalización de la fase de obra, se recuperará 2 ha de terreno que ha sido ocupado de manera temporal durante el desarrollo de las mismas.

El resumen ejecutivo recoge que, en fase de obra y de funcionamiento, habrá un consumo significativo ligada al uso de combustibles por la maquinaria de obra y aquella empleada en tareas de limpieza y mantenimiento. Así, para la fase de construcción, se estima un consumo de combustible de 39,6 m3, mientras que, para la fase de mantenimiento, se calcula una horquilla entre los 0,35-0,7 m3.

Respecto al consumo de agua para la construcción, será necesaria para la ejecución de hincados y para el riego de caminos (medida preventiva para evitar la generación de polvo), estimándose un consumo de 1.500 m3 para el riego de caminos y 50 m3 para tareas de construcción.

En fase de funcionamiento, la limpieza de los paneles se realizará con agua una o dos veces al año (según necesidades de la planta), mediante un vehículo dotado de una cuba de 10.000 litros (o similar) y un grupo motobomba. El agua de limpieza empleada no tendrá detergentes, por lo que no se precisa la realización de sistemas de recogida y tratamiento, dado que no se consideran como aguas residuales. Se estima un consumo de 60 m3/año.

6. Afección al patrimonio cultural.

En el expediente, no consta estudio arqueológico de prospección previa o solicitud realizada al Servicio Territorial de Valladolid, si bien el resumen ejecutivo cita un proyecto técnico de prospección arqueológica, para llevar a cabo inspecciones arqueológicas previas que aseguren la no afección a estos elementos de interés.

Se ha analizado la presencia de yacimientos arqueológicos en la zona de estudio. En la isla A, aparece un yacimiento denominado «Carrión», donde se diferencian dos ocupaciones, una prehistórica y otra histórica. Otro yacimiento arqueológico afectado es el yacimiento de «Valdechiva», situado a unos 200 m del río Zapardiel y una parte del yacimiento «La cuesta del aire», ubicado en la margen derecha del Zapardiel situada unos 2.000 m al norte del río.

Según el resumen ejecutivo, el diseño del trazado del vallado diseñado, respeta todos los yacimientos catalogados en la zona, incluidos los descritos anteriormente. La distancia mínima entre el vallado perimetral y los distintos yacimientos arqueológicos es de 3 m. En cuanto a las líneas eléctricas analizadas, únicamente la LSMT de interconexión afecta ligeramente al yacimiento arqueológico «Carrioncillo».

El vallado coincide con el trazado de vías pecuarias presentes en la zona como la «Colada de Torrecilla del Valle», la «Colada de Carrión y Rueda» y el «Cordel de la Golosa o del Duque de Tamames». La LSMT de interconexión cruza la «Colada de Carrión y Rueda». La LSAT atraviesa el «Cordel de la Golosa o del Duque de Tamames», «Cordel de Madrid a La Coruña» y «Cordel de la Seca».

En relación con los caminos existentes en la zona de estudio, cabe mencionar la presencia del Camino de Santiago, el cual se extiende por ciertas zonas, según la información vectorial proporcionada por el Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG). Se trata del «Camino de Santiago del Sureste» y «Camino de Santiago del Este o de Levante».

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

La población de Villaverde de Medina es de 518 habitantes a fecha de 2021, muy a diferencia de la de Medina del Campo, la cual es de 20.271 habitantes. El sector económico que prima en Villaverde de Medina es el sector primario, pues se trata de un pueblo agrario dedicado al cultivo de la vid, actividad de especial relevancia en el valle del Duero. El número total de empresas en este municipio es 22. Por su parte, en Medina del Campo el sector de mayor importancia es el terciario, donde el comercio, transporte y hostelería suponen el 45,4 %.

El resumen ejecutivo resalta como efecto positivo fundamental la creación de puestos de trabajo tanto directos como indirectos que el conjunto del proyecto generará, debido a la demanda de los servicios. Así, el desarrollo de la construcción del proyecto generará un impacto positivo que puede conllevar modificaciones de toda índole sobre el medio económico y social. El desarrollo de la obra hará que se consuman productos, materiales y servicios de la zona, afectando de forma positiva a la economía, suponiendo un aumento de las oportunidades de trabajo y mejora económica general de la zona.

Analizada la cartografía del Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), se observa que los términos municipales de Medina del Campo y Villaverde de Medina presentan una peligrosidad baja. Se ha corroborado que la planta no se encuentra dentro de ninguna Zonas de Alto Riesgo de Incendios Forestales (ZARI). De hecho, la más cercana es la que engloba al término municipal de Pozal de Gallinas, situado a 7 km al E de la instalación.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

Varios proyectos están siendo tramitados en el Nudo de «Medina del Campo 220 kV», diez instalaciones solares fotovoltaicas con un total de 524,53 MW, localizadas principalmente en el término municipal de Medina del Campo, junto a los TT. MM. de Villaverde de Medina y Rueda (provincia de Valladolid), de los cuales 6 están emitidos sus informes/declaraciones ambientales, 3 en tramitación y uno ejecutado, y un parque eólico compuesto por 6 aerogeneradores y de 9,9 MW con resolución ambiental favorable en enero de 2006.

Se plantea una evacuación conjunta por grupos, de manera que se aprovechan sinergias en los proyectos que evacúan su energía en la subestación de Iberdrola de Medina del Campo, y en los proyectos que la evacúan en la SE «Medina del Campo 220 kV». Con el objeto de evitar la afección sobre la avifauna presente en el ámbito de estudio y la afección sobre el paisaje de la zona, la evacuación se llevaría a cabo mediante líneas eléctricas subterráneas.

Sobre un área de estudio de 10 km, solo el 26 % es visible desde la planta. La visibilidad de la ISF Coral Solar es prácticamente nula desde los núcleos de población más cercanos, mientras que desde la principal vía de comunicación (A-6) la visibilidad es nula. La visibilidad de la actuación será eminentemente baja a distancias superiores a 1,5 km. A distancias inferiores, como la carretera CL-602 y línea FFCC «Medina del Campo-Zamora», tendrá impactos moderados, aunque el número de observadores potenciales sea escaso.

La expansión de las plantas fotovoltaicas en zonas anteriormente ocupadas por de cultivos de cereal puede suponer una importante pérdida de hábitat y fragmentación para numerosas especies si no se lleva a cabo una adecuada gestión de las mismas, eliminando no solo la comunidad vegetal donde habitan, sino también sus zonas de campeo, alimentación, reproducción o cortejo.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Parque solar fotovoltaico Coral Solar, de 150 MW de potencia instalada y 125 MW de capacidad de acceso» continuase con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León, el 27 de julio de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

El informe de respuesta recibido el 28 de julio de 2023 ha sido remitido a través de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León.

El informe recoge que no es posible determinar la ausencia de afecciones al medio natural derivadas del proyecto, ya sea de forma directa o indirecta. En consecuencia, comparte la propuesta de esta Dirección General de que el proyecto continúe con la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por apreciarse posibles efectos adversos sobre diferentes valores del medio natural. Asimismo, subraya que el proceso de evaluación ambiental permitirá identificar todos los efectos ambientales del proyecto, sus efectos sinérgicos y acumulativos con el resto de los proyectos concurrentes en el área de estudio, así como en su caso, establecer todas las medidas ambientales, incluidas las medidas compensatorias para habilitar ambientalmente el proyecto.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Parque solar fotovoltaico Coral Solar, de 150 MW de potencia instalada y 125 MW de capacidad de acceso», continúe con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 3 de agosto de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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