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Documento BOE-A-2023-19158

Resolución de 5 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Acuerdo del Consejo por el que se aprueba la rotación de Consejeros entre Salas.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 9 de septiembre de 2023, páginas 123917 a 123918 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-A-2023-19158

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia tiene la competencia para acordar la rotación de los consejeros entre salas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18.2 de la Ley 3/2013, de 3 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia; en el artículo 13 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia aprobado por Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto; en el artículo 5 del Reglamento de Funcionamiento Interno de la CNMC y en las Reglas generales de rotación de los consejeros entre salas, aprobadas por Acuerdo del Pleno de 20 de diciembre de 2021.

Como regla general, la rotación de los consejeros se rige por el mecanismo de rotación establecido en la Regla Segunda de las Reglas Generales de Rotación.

Sin embargo, el artículo 18.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, establece que el Consejo, «cuando concurran circunstancias excepcionales que lo justifiquen, podrá adoptar otras medidas tendentes a garantizar el adecuado funcionamiento de las salas». Asimismo, la Regla Tercera de las Reglas Generales de Rotación prevé que «el Consejo, en cualquier momento, podrá adoptar otras medidas excepcionales, que se harán públicas, tendentes a garantizar el cumplimiento de los criterios generales de rotación».

Tras el fallecimiento del Vicepresidente de la CNMC el pasado 19 de agosto y los ceses por expiración del mandato de las consejeras Ortiz y Canedo los días 23 de agosto y el 26 de julio, respectivamente, a la fecha de este acuerdo la Sala de Supervisión Regulatoria está formada únicamente por dos miembros. Esta circunstancia impide la válida constitución de la sala a los efectos de los artículos 18.4 de Ley 3/2013, de 4 de junio, y 6 del Reglamento de Funcionamiento Interno de la CNMC.

En esta situación, resulta imprescindible acordar como medida excepcional la rotación de un miembro de la Sala de Competencia, actualmente formada por cinco miembros, a la Sala de Supervisión Regulatoria. En la línea de lo previsto en el mecanismo general de rotación, el Pleno considera adecuado que rote el consejero con mayor antigüedad en la Sala de Competencia que manifieste su disposición para ello y, en su defecto, o en caso de coincidencia, el que resulte por sorteo.

Atendido lo anterior y una vez efectuado el sorteo, el Pleno del Consejo de la CNMC en su sesión de 5 de septiembre de 2023

ACUERDA

Primero.

La rotación del consejero don Josep María Salas Prat a la Sala de Supervisión Regulatoria.

Segundo.

Ordenar la publicación de esta medida excepcional y de la nueva composición de las salas del Consejo en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la CNMC.

Por ello, la composición de las salas será la siguiente:

– Sala de Competencia: don Carlos Aguilar Paredes, doña María Jesús Martín Martínez y don Bernardo Lorenzo Almendros. La presidencia corresponderá a doña Cani Fernández Vicién, Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.

– Sala de Supervisión Regulatoria: don Xabier Ormaetxea Garai, doña Pilar Sánchez Núñez y don Josep Maria Salas Prat. La presidencia corresponderá transitoriamente al consejero con mayor antigüedad en la sala, que a la fecha del presente acuerdo es don Xabier Ormaetxea Garai.

Madrid, 5 de septiembre de 2023.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.

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